Sociedad Servicios Habitacionales De La Araucanía Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$6.000.000
法定代理(1)
公報所載公司沿革
- 其他行為· 2010年9月8日
Se relata la escritura de liquidación y disolución de la sociedad.
SOCIEDAD SERVICIOS HABITACIONALES DE LA ARAUCANÍA LIMITADA
摘要官方正文
Héctor Efraín Basualto Bustamante, Abogado, Notario Público Temuco, Varas Nº854, Certifica: Por escritura hoy ante mí: PATRICIA SOLANGE ADAM MAURER, Vicuña Mackenna número 610, oficina A tres, Temuco; rectifica y sanea SOCIEDAD SERVICIOS HABITACIONALES DE LA ARAUCANÍA LIMITADA , siguiente sentido: En la CLÁUSULA PRIMERA, se incurrió en un error absolutamente involuntario, al no indicar el número de rol único tributario de la sociedad, siendo éste los 76.447.213-6 y a continuación no haber indicado el monto del Capital Social, que asciende a los $6.000.000.- En todos los demás aspectos que no sean materia de la presente aclaración regirán en plenitud las normas estatutarias correspondientes, establecidas en la escritura de constitución ya singularizada en la cláusula primera de este instrumento. SANEAMIENTO. Las escrituras, antes mencionadas adolecen del vicio formal de no haber sido inscritas en el respectivo Registro de Comercio, dentro del plazo establecidos en el artículo 3° de la ley 3.918 en relación con el artículo 354 del Código de Comercio. Que de acuerdo a lo expuesto y lo dispuesto en la Ley número 19.499, la compareciente, debidamente facultada, viene en sanear el vicio formal descrito en la cláusula precedente, esto es la no correcta inscripción, dentro de los plazos legales, de la escritura de liquidación y disolución de sociedad Repertorio numero mil cuatrocientos setenta y nueve del quinto bimestre del año dos mil diez y seis, de fecha ocho de septiembre de dos mil diez y seis ante Notario Público de Nueva Imperial don Luis Alfonso Mendoza Camus y escritura de rectificación Repertorio siete mil cincuenta y uno guion dos mil diez y seis, de fecha nueve de noviembre de dos mil diez y seis ante Notario Público de Temuco don Héctor Efraín Basualto Bustamante del extracto de la escritura pública.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 30 Noviembre 2016.
公司資料
公報所載公司沿革
- 其他行為· 2016年9月8日
Se otorga escritura de disolución y liquidación de la sociedad, con error posterior en la fecha de disolución rectificado a 30 de septiembre de 2016.
- 其他行為· 2016年11月9日
Se rectifica la cláusula segunda de la escritura de disolución y liquidación, corrigiendo la fecha de disolución al 30 de septiembre de 2016.
摘要官方正文
JAVIER GONZÁLEZ CASTRO, Abogado, Notario Público Temuco, Varas Nº854, suplente del titular HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Certifica: Por escritura Pública de fecha 09 Noviembre 2016, ante Notario titular, PATRICIA SOLANGE ADAM MAURER, Vicuña Mackenna N°610, of. A 3, Temuco; rectificó cláusula segunda, de escritura de disolución y liquidación de SOCIEDAD SERVICIOS HABITACIONALES DE LA ARAUCANÍA LIMITADA, Repertorio N°1.479 2016, de fecha 08 de septiembre de 2016 ante Notario Público de Nueva Imperial don Luis Alfonso Mendoza Camus, en el siguiente sentido: En la CLÁUSULA SEGUNDA, se incurrió en un error absolutamente involuntario, se indica que viene en declararla disuelta en forma anticipada a la fecha de término del tercer periodo, por lo que a contar del “día 30 de septiembre de 2017”. Debiendo indicarse como fecha correcta de 30 de septiembre de 2016. En todos los demás aspectos que no sean materia de la presente aclaración regirán en plenitud las normas estatutarias correspondientes, establecidas en la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 17 de Noviembre de 2016.
公司資料
公司目的
A) el estudio, diseño, promoción, participación, ejecución, desarrollo y explotación, por cuenta propia o ajena, de proyectos habitacionales y/o inmobiliarios, en todas y cada de da sus fases y formas. B) la construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza. C) la consultoría, capacitación asistencia técnica, investigación, elaboración, presentación, evaluación y ejecución de proyectos en áreas de arquitectura, ingeniería, social, legal y otros. D) la subdivisión, fusión, cambio de uso de suelo, evaluación, loteamiento, urbanización, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de predios urbanos o rústicos, sitios o lotes, con fines habitacionales y/o comerciales. E) la inspección técnica de obras nuevas, ampliaciones, mejoramiento y otras. F) la asesoría en la adquisición de inmuebles nuevos o usados, prestando apoyo técnico y/o jurídico en cada una de sus fases, la sociedad podrá ejecutar el objeto antes descrito ante instituciones públicas y/o privadas, otras negociaciones que acuerden los socios, relacionados o no con estas actividades.
資本
總資本
6.000.000.-
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
CLAUDIO VICENTE TRONCOSO HUENCHULLAN Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | - | - |
FERMINA EMILEPTA SALAZAR SALAZAR Socio 3.xxx.xxx-7 | 3.xxx.xxx-7 | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2007年7月13日
Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada SERVI ARAUCANÍA LTDA.
CLAUDIO VICENTE TRONCOSO HUENCHULLAN · FERMINA EMILEPTA SALAZAR SALAZAR
摘要官方正文
LUÍS ALFONSO MENDOZA CAMUS, Notario Público Titular, Ernesto Riquelme 349, certifico: con fecha 08 de Septiembre de 2016, ante mí, por escritura publica, Repertorio N° 1479, don CLAUDIO VICENTE TRONCOSO HUENCHULLAN, soltero, arquitecto, cedula nacional de identidad número diez millones seiscientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y siete guion seis, con domicilio en Vicuña Mackenna numero seiscientos diez, oficina D guion tres, de la comuna y ciudad de Temuco; y, de paso en esta y doña FERMINA EMILEPTA SALAZAR SALAZAR, labores de casa, viuda, cedula nacional de identidad número tres millones quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos siete guion siete, domiciliada en calle Sotomayor número quinientos setenta y nueve, de la comuna de Nueva Imperial; disuelven sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD SERVICIOS HABITACIONALES DE LA ARAUCANÍA LIMITADA, Nombre de fantasía SERVI ARAUCANÍA LTDA., constituida por escritura pública de trece de julio de dos mil siete, ante Notario de Temuco, don Jorge Elías Tadres Hales, publicada en el Diario Oficial en su edición número treinta y ocho mil ochocientos veintiuno, de fecha veinticinco de julio de dos mil siete, inscrito a fojas seiscientos noventa y seis, numero seiscientos cuarenta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil siete; Rol único tributario setenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos trece guion seis, capital: 6.000.000.-Duracion: cinco años renovable por iguales períodos contados desde el día trece de julio de dos mil siete.- GIRO U OBJETO: A) el estudio, diseño, promoción, participación, ejecución, desarrollo y explotación, por cuenta propia o ajena, de proyectos habitacionales y/o inmobiliarios, en todas y cada de da sus fases y formas. B) la construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza. C) la consultoría, capacitación asistencia técnica, investigación, elaboración, presentación, evaluación y ejecución de proyectos en áreas de arquitectura, ingeniería, social, legal y otros. D) la subdivisión, fusión, cambio de uso de suelo, evaluación, loteamiento, urbanización, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de predios urbanos o rústicos, sitios o lotes, con fines habitacionales y/o comerciales. E) la inspección técnica de obras nuevas, ampliaciones, mejoramiento y otras. F) la asesoría en la adquisición de inmuebles nuevos o usados, prestando apoyo técnico y/o jurídico en cada una de sus fases, la sociedad podrá ejecutar el objeto antes descrito ante instituciones públicas y/o privadas, otras negociaciones que acuerden los socios, relacionados o no con estas actividades. Don CLAUDIO VICENTE TRONCOSO HUENCHULLAN, y doña FERMINA EMILEPTA SALZAR SALAZAR, vienen en declarar disuelta en forma anticipada a la fecha de término del tercer periodo, por lo que a contar del día treinta de septiembre de dos mil diez y siete, deja de existir la citada sociedad.- Los socios declaran que la sociedad que se disuelve no tiene patrimonio, ni bienes que adjudicar, con lo que dan por liquidada la sociedad, otorgándose en forma recíproca, total y absoluto finiquito de las obligaciones que pudieren haber existido entre ellos por el hecho del pacto social. Los aportes que realizaron cada uno de los socios fueron restituidos con anterioridad a la celebración del presente instrumento.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Nueva Imperial, 08 de Septiembre de 20l6.-
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