Inmobiliaria E Inversiones Iprosam Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$40.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | 55% | - |
MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA Socio 17.xxx.xxx-0 | 17.xxx.xxx-0 | 45% | - |
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MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA
公報所載公司沿革
- 設立· 2015年2月17日
Diógenes Sanhueza Fuentealba y Carlos Humberto Muñoz Venegas constituyen la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Iprosam Limitada.
DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA · CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS
- 權益轉讓· 2019年7月5日
Carlos Humberto Muñoz Venegas cede un 5% de su participación a Diógenes Sanhueza Fuentealba, quedando con 45% y 55% respectivamente.
CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS · DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha dieciséis de Diciembre de dos mil veinticuatro, ante mí, don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA, chileno, contratista, soltero, cédula nacional de identidad número diez millones ciento ochenta y cinco mil veintitrés guión cuatro, domiciliado en calle Galvarino número ochocientos, localidad de Cajón comuna de Vilcún, y de paso en ésta; don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, según se acredita al final, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco guión cuatro, domiciliado en Temuco, calle Bahía Erasmo número cero mil seiscientos veintiuno, Parque Estadio; y don MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA, chileno, empleado, casado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos treinta y siete guión cero, domiciliado en Arica, calle Oscar Quina número mil doscientos cincuenta y tres, y de paso en ésta, expusieron: que por escritura pública suscrita el diecisiete de Febrero del año dos mil quince, en esta Notaría, don Diógenes Sanhueza Fuentealba y don Carlos Humberto Muñoz Venegas constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, que se denominó “INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA", Rol único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y nueve guión uno. El extracto del contrato social se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, el día veintitrés de Febrero del año dos mil quince, en su edición número cuarenta y un mil noventa y se inscribió a fojas trescientos treinta y uno vuelta número doscientos quince en el Registro de Comercio del año dos mil quince a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. De acuerdo con lo estipulado en el contrato social, el capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, que se aportaba por iguales partes entre los socios. Además, se estipuló que las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se distribuían entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, un cincuenta por ciento para cada uno de los socios. Declaran también los comparecientes que por escritura pública suscrita en esta Notaria, con fecha cinco de Julio de dos mil diecinueve, se modificó la sociedad indicada precedentemente, por la cual, don Carlos Humberto Muñoz Venegas cedió a don Diógenes Sanhueza Fuentealba un cinco por ciento del capital social de la sociedad, quedado como únicos socios don Diógenes Sanhueza Fuentealba, con una participación en el capital y haber social de un cincuenta y cinco por ciento; y don Carlos Humberto Muñoz Venegas, con una participación en el capital y haber social de un cuarenta y cinco por ciento. Además, por medio de dicha escritura modificaron el pacto social en el sentido de señalar que la utilidades o pérdidas que produzca la sociedad se repartían en proporción a sus respectivas participaciones en el haber social, esto es, un cincuenta y cinco por ciento para don Diógenes Sanhueza Fuentealba y un cuarenta y cinco por ciento para don Carlos Humberto Muñoz Venegas; y finalmente se modificó el objeto de la sociedad en la forma señalada en dicha escritura. El extracto de la escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, el día doce de Julio del año dos mil diecinueve, en su edición número cuarenta y dos mil cuatrocientos dos, y se inscribió a fojas ochocientos veintiséis con el número quinientos diecisiete en el Registro de Comercio del año dos mil diecinueve del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. PRESENTE MODIFICACION: Por medio del presente instrumento, los comparecientes vienen en modificar la sociedad del modo que se expresa: Se retira de la sociedad, don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS, quien este acto vende, cede y transfiere la totalidad de su interés social, consistente en un cuarenta y cinco por ciento del capital social de la sociedad precedentemente individualizada a don MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA, quien lo compra y acepta para sí. En esta cesión quedan comprendidos todos los haberes y derechos que al cedente corresponde en la sociedad a cualquier título, pasando a ocupar el cesionario el lugar que el cedente tenía en la sociedad, y surtirá efectos entre los socios a contar de esta fecha. El precio de esta cesión es la suma total de dieciocho millones de pesos, que se encuentran ya pagados, y que el cedente declara haber recibido con anterioridad a esta fecha, de manos del cesionario y a su entera satisfacción. En virtud de la cesión señalada precedentemente, quedan como socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA", don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA, con una participación en el capital y haber social de un cincuenta y cinco por ciento; y don MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA, con una participación en el capital y haber social de un cuarenta y cinco por ciento. UTILIDADES Y PERDIDAS: Se modifica también el estatuto social, en el sentido de señalar que las utilidades o pérdidas que produzca la sociedad, se repartían en proporción a sus respectivas participaciones en el haber social, esto es, un cincuenta y cinco por ciento para don Diógenes Sanhueza Fuentealba y un cuarenta y cinco por ciento para don Carlos Humberto Muñoz Venegas. ADMINISTRACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Finalmente, se modifica el estatuto social de la sociedad, en el sentido de señalar que la administración y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios, don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA y don MICHAEL JONATHAN FUENTES SANHUEZA, quienes podrán actuar conjunta o separadamente por la sociedad, sin ninguna limitación. En lo no modificado en esta escritura, quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 27 de Diciembre de 2024.
公司資料
公司目的
A) efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria; pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y en general, efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden; B) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y de construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles menores, tales como casas, edificios, caminos, puentes, galpones, túneles, puertos aéreos o marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, y la compra, venta, distribución y comercialización de materiales de construcción. La realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción menores.
資本
總資本
$40.000.000
實繳資本
$40.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 1.xxx.xxx-4 | 1.xxx.xxx-4 | 55% | $22.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 45% | $18.000.000 |
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cinco de Julio de dos mil diecinueve, ante mí, don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA, chileno, contratista, soltero, cédula nacional de identidad número diez millones ciento ochenta y cinco mil veintitrés guión cuatro; domiciliado en Cajón calle Galvarino número ochocientos, comuna de Vilcún, y de paso en ésta; y don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, según se acredita al final, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco guión cuatro, domiciliado en Temuco, calle Bahía Erasmo número cero mil seiscientos veintiuno, Parque Estadio, expusieron: que por escritura pública suscrita el diecisiete de Febrero del año dos mil quince, en esta Notaria, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, que se denominó “INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA", Rol Unico Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y nueve guión uno. El extracto del contrato social se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, el día veintitrés de Febrero del año dos mil quince, en su edición número cuarenta y un mil noventa y se inscribió a fojas trescientos treinta y uno vuelta número doscientos quince en el Registro de Comercio del año dos mil quince a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. De acuerdo con lo estipulado en el contrato social, el capital de la sociedad es la suma de suma de $40.000.000.- que se aportaba por iguales partes entre los socios, de los cuales cada uno de los socios entero al momento de constituirse la sociedad, la suma de diez millones de pesos; y el saldo de veinte millones de pesos, se enteraría por iguales dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, a medida que las necesidades sociales lo requieran. Los socios dejan constancia que el capital de la sociedad se encuentra actualmente íntegramente enterado. Además, se estipuló que las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se distribuían entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, un cincuenta por ciento para cada uno de los socios. PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado, los comparecientes modificaron la sociedad del modo que se expresa: Por acto escritura, don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS, vende, cede y transfiere a don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA, quien compra, acepta y adquiere para sí, un cinco por ciento de los derechos en la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA". El precio de esta cesión, es la suma de dos millones de pesos, que se pagan en este acto, al contado, y que el cedente declara recibir de manos del cesionario, a su entera satisfacción. En esta cesión quedan comprendidos todos los haberes y derechos que al cedente corresponde en la sociedad a cualquier título. En virtud de la cesión señalada precedentemente, quedan como socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA", don DIOGENES SANHUEZA FUENTEALBA, con una participación en el capital y haber social de un cincuenta y cinco por ciento; y don CARLOS HUMBERTO MUÑOZ VENEGAS, con una participación en el capital y haber social de un cuarenta y cinco por ciento.- Se modifica también el estatuto social, en el sentido de señalar que la utilidades o pérdidas que produzca la sociedad, se repartirán en proporción a sus respectivas participaciones en el haber social, esto es, un cincuenta y cinco por ciento para don Diógenes Sanhueza Fuentealba y un cuarenta y cinco por ciento para don Carlos Humberto Muñoz Venegas.- Finalmente, se modifica la cláusula segunda del estatuto social de la sociedad, en el sentido de señalar que el objeto de la sociedad será: A) efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria; pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y en general, efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden; B) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y de construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles menores, tales como casas, edificios, caminos, puentes, galpones, túneles, puertos aéreos o marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, y la compra, venta, distribución y comercialización de materiales de construcción. La realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción menores.- En lo no modificado, quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social y sus modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 10 de Julio de 2019.-
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- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA
CVE 2592923
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES IPROSAM LIMITADA
CVE 1620964
