有限責任公司76.419.165-K

Servicios Gastronómicos BCG Ltda.

MODIFICACIÓN — 2018年12月7日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2018-12-07查看 PDF(CVE 1507627)

公司資料

Ltda
管理方式: Conjunta o separada, indistintamente por los socios

資本

總資本

$15.000.000

股東(2)

姓名持股比例

SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA

Socio

15.xxx.xxx-6

50%

MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN

Socio

15.xxx.xxx-2

50%

管理人(2)

SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA

15.xxx.xxx-6Administrador

MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN

15.xxx.xxx-2Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2015年1月9日

    Constitución original de la sociedad Servicios Gastronómicos BCG Ltda.

  2. 權益轉讓

    Christopher Gubbins Stansfield cede la totalidad de sus derechos sociales a Sebastián Ignacio Cárcamo Dávila y Mateo Ballivián Wiechmann.

    CHRISTOPHER GUBBINS STANSFIELD · SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA · MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN

  3. 股東退出

    Sale de la sociedad Christopher Gubbins Stansfield.

    CHRISTOPHER GUBBINS STANSFIELD

摘要官方正文

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, abogada, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de este territorio jurisdiccional, con Oficio en Avenida Apoquindo número 4.490, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2018, ante mí, SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, C.I. N° 15.244.207-6, domiciliado en Los Estudiantes N° 02320, departamento 302, comuna y ciudad de Temuco, y de paso por esta; MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 15.639.717-2, domiciliado en camino Punta de Águila Norte N° 9.300 casa 26, Lo Barnechea; y CHRISTOPHER GUBBINS STANSFIELD, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero civil, C.I. N° 15.385.354-1, domiciliado en AV Kennedy N° 7.426, departamento 404 Las Condes, , todos mayores de edad, y exponen: don CHRISTOPHER GUBBINS STANSFIELD vende cede y trasfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad "Servicios Gastronómicos BCG Ltda.", Rut 76.419.165-K, Capital social $15.000.000, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 120 número 78 del Registro de Comercio del año 2015 y publicado con fecha 9 de enero del año 2015, en la edición número 41.052 del diario oficial, saneada por medio de escritura pública de fecha 6 de octubre de 2015, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1.830 bajo el número 1.203 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2015 y publicado con fecha 12 de noviembre del año 2015, en la edición número 41.305 del diario oficial, y que corresponden al 33,3 % de los derechos sociales, a los socios don SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA y don MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN ambos ya individualizados precedentemente, quienes los compran y aceptan, en un 16,6 % el primero y en un 16,7 % el segundo. El precio de la cesión y venta es de $15.000.000, que los compradores y cesionarios pagarán a mas tardar el día 23 de noviembre del presente año, en dinero efectivo, en partes iguales, comprometiéndose la vendedora a otorgar la correspondiente escritura de cancelación de precio una vez efectuado el pago. En virtud de lo anterior, sale a la sociedad don CHRISTOPHER GUBBINS STANSFIELD. Los socios vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: A) Se modifica la clausula CUARTA, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios don SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA y don MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada, indistintamente y, anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán y obligarán con las facultades señaladas en la escritura de constitución; B) la cláusula QUINTA, en el sentido de señalar que el capital social de quince millones de pesos, se distribuye de la siguiente forma: a) don SEBASTIAN IGNACIO CARCAMO DÁVILA, con un aporte de siete millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta porciento de los derechos sociales; y don MATEO BALLIVIÁN WIECHMANN, con un aporte de siete millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta porciento de los derechos sociales; y C) la cláusula SEXTA, en el sentido de señalar que las utilidades o perdidas se distribuirán en un cincuenta porciento para cada uno de los socios. En todo lo demás, conservan su vigencia las cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 16 de noviembre de 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    Servicios Gastronómicos BCG Ltda.

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公司關係

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