Asesorias Y Servicios Alsap SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 66.7% | - |
FELIPE ANDRES NIBALDO LUARTE GODOY Accionista | - | 33.3% | - |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2014年11月25日
Se constituyó la sociedad ASESORIAS Y SERVICIOS ALSAP SpA por escritura pública.
- 權益轉讓· 2021年11月23日
Pablo Ignacio Stange Pooley vendió 333 acciones a Elena Andrea Salas Nuñez, equivalente al 33,3% del capital social.
- 股東退出· 2021年12月6日
Pablo Stange Pooley renunció al cargo de Presidente del Directorio y dejó de ser socio.
- 管理人變更
Se modificó la administración, quedando Elena Andrea Salas Nuñez como única administradora y representante de la sociedad.
摘要官方正文
GINO BENEVENTI ALFARO, Notario Público Interino de la 45ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 979, piso 7º, certifica: Por escritura pública de fecha 15.12.2021, Repertorio 38.431-2021, ante mí, don GUSTAVO ADOLFO DÍAZ GARCÍA, abogado, declara que debidamente facultado, reduce a escritura pública, Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de ASESORIAS Y SERVICIOS ALSAP SpA, celebrada con fecha 13 de diciembre del año 2021, en la cual se acordó someter a aprobación de los accionistas las siguientes materias: UNO) Renuncia a su cargo del Presidente del Directorio, don Pablo Stange Pooley. La Gerente General informa que con fecha lunes seis de diciembre del año en curso, don Pablo Stange Pooley renunció al cargo de Presidente del Directorio de ALSAP, según se informa en la carta firmada ante Notario, y que se exhibe en esta Sala para constancia. En consecuencia, la señora Gerente General expone la necesidad de designar a un nuevo Presidente del Directorio, y que lo será también de la compañía. DOS) Venta y traspaso de todas las acciones de parte de don Pablo Stange Pooley a la accionista Elena Salas Nuñez. La señora Gerente General doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ expone que con fecha 23 de noviembre de 2021, compró a don Pablo Ignacio Stange Pooley 333 acciones de la sociedad, y por lo tanto adquirió el 33,3% del capital social de ALSAP. La citada compraventa de acciones se hizo mediante instrumento privado de fecha 23 de noviembre de 2021, protocolizado en la Notaría de Santiago de don Francisco Rojas Arriagada, y que se exhibe en este acto para constancia. En virtud de lo anterior, don Pablo Stange Pooley dejó de ser socio y se retira de la compañía. Con este traspaso de acciones, doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ pasó a ser accionista mayoritaria, es decir, representa la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas de la sociedad, por ser actualmente dueña de 667 acciones, lo que equivale al 66,7% del capital social. TRES) Nombramiento y composición de nuevo Directorio. La señora Gerente General expone que, dada la renuncia del Presidente del Directorio, indica que es urgente proceder con la renovación total del Directorio. Lo anterior, explica, se hará en virtud de una Reforma a los Estatutos de la sociedad, de la cual se detalla en el punto siguiente. En consecuencia, en la reforma a los Estatutos sociales que siguen a continuación, se determinará la nueva composición del Directorio de la compañía. CUATRO) Reforma de los Estatutos de la sociedad. CUATRO. A) Objetivo de la reforma de los Estatutos. La señora Gerente General expone: que dadas las modificaciones que se han producido en el capital social producto de la venta de acciones recién informada; que atendidas las exigencias actuales de los negocios que desarrolla la compañía; y que teniendo presente los objetivos y metas a cumplir hacia el futuro, se hace necesario reformar y modificar algunos aspectos o materias sociales contenidas en sus Estatutos, de manera de hacer más eficiente y transparente la gestión, administración y gerencia de la sociedad. Los Estatutos de la sociedad constan en la escritura pública de constitución social fecha 25 de noviembre de 2014 otorgada en la Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González, Repertorio N° 17.005-14, la cual fue inscrita a fojas 90.812 N° 55.393 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Es por tal motivo que, en este acto, la señora Gerente General expone la necesidad de modificar los Estatutos sociales en los siguientes aspectos: Administración de la sociedad, poderes y facultades para representarla. CUATRO. B) Cumplimiento de los requisitos legales para proceder con la reforma de los Estatutos. La señora Gerente General expone que, en la presente reforma de Estatutos, se han cumplido con todas las exigencias legales, a saber: a) El artículo 57 N° 2 de la ley N° 18.046 sobre sociedades anónimas dispone que son materias de la Junta Extraordinaria de Accionistas la transformación, fusión o división de la sociedad y la reforma de sus Estatutos. b) El artículo 10° de los Estatutos sociales establece que la sociedad tendrá Junta de Accionistas para los casos y en las formas previstas por el artículo 427 del Código de Comercio y demás disposiciones aplicables de dicho cuerpo legal. Y agrega que “Los acuerdos de las Juntas de Accionistas se tomarán por la mayoría absoluta de los accionistas”. c) El artículo 427 del Código de Comercio prescribe que: “Las disposiciones del Estatuto social serán modificadas por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un Acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. Sin embargo, no se requerirá la celebración de la Junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscribieren una escritura pública o un instrumento privado protocolizado en que conste tal modificación. Un extracto del documento de modificación o del acta respectiva, según sea el caso, será inscrito y publicado en la misma forma establecida en el artículo precedente. El extracto deberá hacer referencia al contenido de la reforma sólo cuando se haya modificado alguna de las materias señaladas en dicho artículo”. d) Finalmente, el inciso final del artículo 57 de la ley N° 18.046, prescribe que la reforma o modificación a los Estatutos deberá tratarse en Junta en la cual debe estar presente un Notario Público. CUATRO. C) Modificación de la administración de la sociedad, de sus apoderados y facultades para representarla. La señora Gerente General propone la siguiente modificación al artículo sexto de los Estatutos sociales contenidos en la escritura pública de constitución social fecha 25 de noviembre de 2014 otorgada en la Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González, Repertorio N° 17.005-14, en el siguiente sentido: reemplazar íntegramente el artículo sexto por el siguiente: “Artículo Sexto: La administración de la sociedad y la representación judicial y extrajudicial, corresponderá única y exclusivamente a la accionista doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ, la que tendrá las más amplias facultades de administración, disposición y gestión de bienes que el artículo 40 de la ley 18.046 otorga al Directorio de una sociedad anónima. Doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ ejercerá directamente la administración y la representación legal de la compañía, sin limitación alguna y sin necesidad de la existencia de un Directorio ni de ningún otro cuerpo colegiado. En consecuencia, a partir de esta fecha, quedan revocados todos los poderes otorgados con anterioridad, a cualquier apoderado. A mayor abundamiento, en este acto se otorgan a doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ todas las facultades y poderes contenidos en el numeral Cinco de la escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2015 otorgada en la Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González, Repertorio N° 8.868-15, facultades y poderes que se dan entera y expresamente por reproducidos, para todos los efectos legales”. En consecuencia, a partir de esta fecha, doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ será la única persona con facultades para representar a la sociedad ASESORIAS Y SERVICIOS ALSAP SpA, quedando en este acto revocados los poderes otorgados a don Pablo Stange Pooley y a don Felipe Luarte Godoy, y a cualquier otra persona”. CINCO) ACUERDOS: Luego de analizar la propuesta y los antecedentes señalados, los accionistas votaron de la siguiente manera: 1) Accionista doña ELENA ANDREA SALAS NUÑEZ (representa el 66,7% de acciones) votó a favor de la propuesta. 2) Accionista don FELIPE ANDRES NIBALDO LUARTE GODOY (representa el 33,3% de acciones) se abstuvo. En consecuencia, los accionistas acordaron y votaron por mayoría absoluta (esto es por el 66,7% de las acciones de la sociedad con derecho a voto), lo siguiente: Aprobar a partir de esta fecha, la reforma de los Estatutos sociales y en reemplazar íntegramente el artículo Sexto de los Estatutos por el artículo señalado en el número Cuatro. C anterior CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS: Por el acuerdo de la mayoría absoluta de los accionistas con derecho a voto, se conviene en llevar a efecto de inmediato todos los acuerdos tomados en la presente Junta, a partir del momento mismo en que sea firmada el Acta por todos sus representantes Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 17 de diciembre de 2021. G. Beneventi A. N.I.
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