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Vitalsalud Limitada

MODIFICACIÓN — 2021年11月27日

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公司資料

Ltda
期限: indefinida
管理方式: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Orestes Ortega Castropalomino.

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摘要官方正文

RENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, Notario Público Titular 23° Notaría Santiago, Catedral 1265,Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 12 de noviembre 2021, Rep. 2.930-2021 ante mí, don ORESTES ORTEGA CASTROPALOMINO, doña WANDA ELIZABETH FLORES ESCUDERO, ambos domiciliados en calle Residencial seminario N° 941 departamento A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, don WILFREDO EDIBERTO GARCÍA FERNÁNDEZ, domiciliado en calle teatinos N° 666 departamento N° 34, comuna de Santiago Región Metropolitana y don ALEXIS LINARES COLLAZO, domiciliado en calle moneda N° 1.530, departamento N° 34, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “VITALSALUD LIMITADA ", inscrita a fojas a fs.77738 N°47288 del Registro de Comercio de Santiago año 2014.- Modificaciones consisten: Orestes Ortega Castropalomino, dueño del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a) el 6,5% de su haber social a don Alexis Linares Collazo, precio $65.000.-; b) un 3,5% de su haber social a don Wilfredo Ediberto García Fernández, precio $35.000.- A su vez, doña Wanda Elizabeth Flores Escudero, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a) 6,5% de su haber social a don Alexis Linares Collazo, precio $65.000.- b) 3,5% de su haber social a don Wilfredo Ediberto García Fernández, precio $35.000.- En consecuencia, quedan cómo únicos y actuales socios don Orestes Ortega Castropalomino, con el 40% de los derechos sociales; doña Wanda Elizabeth Flores Escudero, con el 40% de los derechos sociales, don Wilfredo Ediberto García Fernández, con el 7% de los derechos sociales y don Alexis Linares Collazo con el 13% de los derechos sociales. Los actuales y únicos socios, modifican la cláusula sexta y acuerdan que la administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente, desde hoy en adelante, a don Orestes Ortega Castropalomino, quien actuará con las amplias facultades y formalidades allí señaladas en la cláusula Sexta del pacto social. Se modifica la cláusula Décima del pacto social, en el sentido que su vigencia será indefinida, en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del fallecido quienes harán representar por un mandatario común, quien no podrá hacer uso de la razón social, a menos que le esté concedida por el estatuto social o sus posteriores modificaciones. En lo no modificado continúa vigente pacto social. Santiago, 16 noviembre 2021.

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