Giro Producciones Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Se amplía objeto social, agregando como última letra el texto: “Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”
資本
總資本
$10.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 70% | - |
Socio | - | 30% | - |
管理人(1)
摘要官方正文
JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de 30 de noviembre de 2019, bajo el Rep.N°8597 ante mi suplente JUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE, MARÍA SOLEDAD POBLETE CORONA; RAFAEL AGUSTÍN LÓPEZ FAÚNDEZ, HÉCTOR ÁLVARO RUIZ ARIAS y MARIANA ANDREA LÓPEZ POBLETE, todos domiciliados en Lincoyán 26 oficina 42 Concepción, modificaron sociedad GIRO PRODUCCIONES LIMITADA, RUT 76.382.764-K, CAPITAL $10.000.000, extracto se inscribió fojas 1038 N° 965 Registro Comercio 2014 Conservador Bienes Raíces de Concepción y publicó Diario Oficial N° CV770230, fecha 13/05/2014 manera siguiente: HÉCTOR ÁLVARO RUIZ ARIAS vende, cede y transfiere 80% de su participación social equivalente 20% capital social total a MARÍA SOLEDAD POBLETE CORONA y el 20% de su participación social, equivalente al 5% capital total a doña MARIANA ANDREA LÓPEZ POBLETE. Por su parte, RAFAEL LÓPEZ FAÚNDEZ vende 100% de su participación social, equivalente al 25% del capital social, a MARIANA ANDREA LÓPEZ POBLETE. Quedan MARÍA POBLETE CORONA con 70% participación social MARIANA ANDREA LÓPEZ POBLETE con 30% participación social. Se amplía objeto social, agregando como última letra en el objeto social de la misma el siguiente texto; “Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”. De igual forma, agregan a como último inciso a la cláusula de la administración de la sociedad el siguiente texto: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la Sociedad”. La administración de la sociedad corresponderá a MARÍA SOLEDAD POBLETE CORONA EXCLUSIVAMENTE.- Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción 18 de Diciembre de 2019.
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GIRO PRODUCCIONES LIMITADA
CVE 1700938
