Jose Aladino Hermosilla Soto Industria Textil E.I.R.L..
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros la siguiente actividad: la industria de Textiles, la creación, diseño, inversión, comercialización, adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento de cualquier tipo de bienes e insumos textiles, enfocados principalmente al estampado de telas, géneros y materiales de cualquier tipo y naturaleza, esto es, ropa de todo tamaño, todo tipo de bienes y materiales que pueda estampar algún logotipo, marca o firma, a toda persona ya sea natural o jurídica; y demás actividades relacionadas con la producción y la industria textil, la formalización y participación en inversiones de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales de toda clase; e importación y/o explotación de materias primas, insumos, maquinarias, equipos y materiales para la industria, y toda actividad afín a dichos giros.
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Titular 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | - | - |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2014年2月26日
Se constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada JOSE ALADINO HERMOSILLA SOTO INDUSTRIA TEXTIL E.I.R.L.
摘要官方正文
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Titular 19° Notaría Santiago Bandera N° 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2023, Rep. 71.425 – 2023, ante Suplente don Javier Ignacio Hormazabal Collao: don JOSE ALADINO HERMOSILLA SOTO, con domicilio en Pasaje Cucao número 5329 comuna de Renca, cedula deidentidad número ocho millones dieciséis mil sesenta guion siete,: sanea la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada JOSE ALADINO HERMOSILLA SOTO INDUSTRIA TEXTIL E.I.R.L., por haberse incurrido un error en el objeto señalado en la escritura de constitución social, ya que el objeto de dicha empresa fue desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros la siguiente actividad: la industria de Textiles, la creación, diseño, inversión, comercialización, adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento de cualquier tipo de bienes e insumos textiles, enfocados principalmente al estampado de telas, géneros y materiales de cualquier tipo y naturaleza, esto es, ropa de todo tamaño, madera, vidrios, metal, concreto, cerámica, en general todo tipo de bienes y materiales que pueda estampar algún logotipo, marca o firma, a toda persona ya sea natural o jurídica, realizar la prestación de servicios y de asesoría profesional o técnica a personas naturales, empresas o entidades de diversa índole, y en general todas aquellas actividades relacionadas con la producción y la industria textil, la formalización y participación en inversiones de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales de toda clase; y cualquier otra actividad relacionada con la industria textil del estampado y actividades conexas; e importación y/o explotación de materias primas, insumos, maquinarias, equipos y materiales para la industria y, en general, toda actividad a fin con dichos giros, también podrá formar e integrar empresas y asociaciones de carácter comercial, y avalar y constituirse en codeudora solidaria de otras personas naturales o jurídicas, y de todas aquellas otras actividades relacionadas o no con este objeto, que el constituyente determine en el futuro, dicho saneamiento es conforme a la ley N° 19.499 y a la ley N° 19.857.- ANTECEDENTES. Por escritura pública de fecha veintiséis de Febrero del año dos mil catorce, celebrada ante Notario Público de Santiago don Fernando Celis Urrutia, titular de la segunda Notaría de Providencia, se constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada JOSE ALADINO HERMOSILLA SOTO INDUSTRIA TEXTIL E.I.R.L., e inscrita a fojas 19769, numero 12313 en el Registro de comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, debidamente publicada en el Diario oficial, con fecha 06 de Marzo del año 2014, con el numero 40.800.- Por el presente acto el compareciente como constituyente de la empresa antes mencionada viene en corregir vicio que afecta a la constitución social, en lo referente al objeto, debiendo así mismo reemplazar íntegramente, parte del pacto de constitución, en lo referente a lo señalado en; ARTICULO TERCERO, por el que sigue; la empresa tendrá por objeto: desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros la siguiente actividad: la industria de Textiles, la creación, diseño, inversión, comercialización, adquisición, enajenación, arrendamiento, arrendamiento, subarrendamiento de cualquier tipo de bienes e insumos textiles, enfocados principalmente al estampado de telas, géneros y materiales de cualquier tipo y naturaleza, esto es, ropa de todo tamaño, todo tipo de bienes y materiales que pueda estampar algún logotipo, marca o firma, a toda persona ya sea natural o jurídica; demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 07 de Diciembre de 2023.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
JOSE ALADINO HERMOSILLA SOTO INDUSTRIA TEXTIL E.I.R.L.
CVE 2421472
