Inmobiliaria N&a Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$629.809.787
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA Socio | - | 36.05% | - |
MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA Socio | - | 17.05% | - |
ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA Socio | - | 35.95% | - |
ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA Socio | - | 10.95% | - |
管理人(3)
公報所載公司沿革
- 設立· 2013年9月3日
Se constituye INMOBILIARIA N&A LIMITADA.
- 資本變更· 2020年12月4日
En una modificación social anterior se indicó erróneamente el capital social en $629.804.787, debiendo ser $629.809.787.
- 資本變更· 2020年12月29日
En otra modificación social anterior se reiteró el error en el capital social, debiendo ser $629.809.787.
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 30/11/2022, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 32.463-2022, las sociedades ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA, MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA, ASESORÍAS EMPRESARIALES ARAYA & DOMINGUEZ LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA, y ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA, todos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 1090, oficina 301, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “INMOBILIARIA N&A LIMITADA” (la “Sociedad”), constituida por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2013, otorgada en la Notaria de Santiago de don José Musalem Saffie, cuyo extracto se inscribió a fojas 69.059 N° 45.503 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013. En escritura extractada se dejó constancia que actualmente el capital social asciende a la suma de $629.809.787 en moneda corriente de fecha 4/12/2020, y que en modificaciones sociales anteriores (esto es, en modificaciones sociales acordadas en escritura pública de fecha 04/12/2020 otorgada en la Notaria de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, bajo el Repertorio número 24.495-2020, cuyo extracto se inscribió a fojas 3.428 N° 1.505 del año 2021 del Registro de Comercio de Santiago, y en escritura pública de fecha 29/12/2020 otorgada en la Notaria de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, bajo el Repertorio número 26.735- 2020, cuyo extracto se inscribió a fojas 4.377 N° número 1.787 del año 2021 del Registro de Comercio de Santiago), se incurrió en el error al señalar el capital social de $629.804.787, en circunstancias que la suma de todos los aportes enterados y por enterar suman la cantidad de $629.809.787. Cesión de derechos sociales: (i) ASESORÍAS EMPRESARIALES ARAYA & DOMINGUEZ LIMITADA, vende, cede y transfiere a las sociedades ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA, ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA y MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA, ingresando esta última a la Sociedad con la autorización expresa de todas las socias, quienes aceptan y adquieren para sí en la proporción de un 10,6% cada una las primeras tres, y un 68,2% la última, todos derechos que la primera posee en la Sociedad, equivalentes al 25% de los derechos sociales, por el precio de 4.427,5 Unidades de Fomento, que las cesionarias pagan y se obligaron a pagar de la siguiente forma: a) MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA, pagar y pagará el equivalente en pesos a 4.427,33 Unidades de Fomento, de las cuales pagó en la fecha de la escritura extractada la suma de $50.000.000 equivalentes a la fecha indicada a 436,3 Unidades de Fomento, y el saldo de precio, ascendente a 2.991,3 Unidades de Fomento se pagará, por su equivalente en pesos del día del pago efectivo, dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de la escritura extractada; b) ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA pagó en la fecha de la escritura extractada la suma de $2.320; c) ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA pagó en la fecha de la escritura extractada la suma de $2.320; d) ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA, pagó en la fecha de la escritura extractada la suma de $2.320. (ii) Consecuente con la cesión de derechos convenida precedentemente, quedan como únicas socias de la Sociedad: la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA, con un 36,05% de los derechos sociales, de los cuales un 33,4% se encuentran íntegramente pagados, y 2,65% por pagar; la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA, con un 35,95% de los derechos sociales, de los cuales un 33,3% se encuentran íntegramente pagados, y 2,65% por pagar; la sociedad ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA, con un 10,95% de los derechos sociales, de los cuales un 8,3% se encuentran íntegramente pagados, y 2,65% por pagar; y la sociedad MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA, con un 17,05% de los derechos sociales, íntegramente pagados. Modificaciones Pacto Social: En virtud de la cesión de derechos las partes acordaron modificar el Pacto Social de la Sociedad, y acordaron sustituir los siguientes artículos: A) El Artículo Sexto del Título Segundo del Pacto Social, relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de $629.809.787, en moneda corriente de fecha cuatro de diciembre de dos mil veinte, que los socios aportaron y aportarán en las siguiente proporciones: a) ASESORÍAS E INVERSIONES DAGAZ LIMITADA posee un 36,05% de los derechos sociales, de los cuales un 33,4% se encuentran íntegramente pagados y 2,65% por pagar, equivalentes estos últimos a 687,69 Unidades de Fomento. b) MATIAS NOVOA Y COMPAÑÍA II SpA posee un 17,05 % de los derechos sociales, íntegramente pagados; c) ASESORÍAS E INVERSIONES LAS LILAS LIMITADA posee un 35,95% de los derechos sociales, de los cuales un 33,3 % se encuentran íntegramente pagados y 2,65% por pagar, equivalentes estos últimos a 687,69 Unidades de Fomento; y d) ASESORÍA E INVERSIONES CALFUCO LIMITADA posee un 10,95% de los derechos sociales, de los cuales un 8,3% se encuentran íntegramente pagados y 2,65% por pagar, equivalentes estos últimos a 687,69 Unidades de Fomento. Los saldos por pagar deberán ser enterados en dinero efectivo, y reajustado según la variación de la Unidad de Fomento, dentro del plazo de ocho años, contado desde el cuatro de diciembre de dos mil veinte.”. B) El Artículo Octavo sobre la administración, acordando que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a todas las socias quienes conforme indica la escritura extractada, la delegaron en los señores CRISTIAN MATIAS NOVOA AVARIA, don MATIAS NOVOA MENDIZÁBAL y don CRISTIAN ANDRES SAEZ ROJIC, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán judicial y extrajudicial a la sociedad, en Chile o en el extranjero, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las facultades de los Artículos Séptimo ambos incisos y Octavo del Código de Procedimiento Civil, y con las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de Diciembre de 2022.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA N&A LIMITADA
CVE 2237409
