Restaurante Oikos Limitada
Diario Oficial
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARIBEL DEL CARMEN QUEZADA GONZÁLEZ Socio 11.xxx.xxx-6 | 11.xxx.xxx-6 | 50% | - |
Socio 19.xxx.xxx-5 | 19.xxx.xxx-5 | 50% | - |
管理人(1)
MARIBEL DEL CARMEN QUEZADA GONZÁLEZ
公報所載公司沿革
- 設立· 2013年11月5日
Se constituye RESTAURANTE OIKOS LIMITADA.
- 其他行為· 2016年1月19日
La sociedad es modificada por escritura pública.
- 權益轉讓· 2023年1月17日
Jorge Esteban Herrera Quezada cede el 100% de sus derechos sociales, equivalente al 50% del capital, a Javier Elías Herrera Quezada.
JORGE ESTEBAN HERRERA QUEZADA · JAVIER ELÍAS HERRERA QUEZADA
- 股東加入· 2023年1月17日
Se incorpora Javier Elías Herrera Quezada como socio.
- 管理人變更· 2023年1月17日
La administración y uso de la razón social queda a cargo de Maribel del Carmen Quezada González.
摘要官方正文
Bernard Debeuf Ponce de León, Notario Titular de Molina, con domicilio en su oficio, calle Independencia 2001, Molina, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de enero de 2023, Repertorio Nº53-2023, otorgada ante mí, don JORGE ESTEBAN HERRERA QUEZADA, chileno, soltero, profesor de Educación Física, cédula de identidad número 17.980.564-2, domiciliado en Avenida Luis Cruz Martínez número mil ciento veintidós, Molina, doña MARIBEL DEL CARMEN QUEZADA GONZÁLEZ, chilena, comerciante, divorciada, cédula de identidad número 11.787.028-6, domiciliada en Villa Parque Inglés, pasaje Los Maquis número 2120, Molina, y don JAVIER ELÍAS HERRERA QUEZADA, chileno, soltero, músico, domiciliado en Villa Parque Inglés, pasaje Los Maquis 2120, Molina, cédula de identidad número 19.768.282-5, acordaron cesión de derechos y modificación social en los siguientes términos: Don Jorge Esteban Herrera Quezada y doña Maribel del Carmen Quezada González, tienen la calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad “RESTAURANTE OIKOS LIMITADA.” , la cual fuera constituida mediante escritura pública de fecha cinco de noviembre de año dos mil trece, repertorio número mil ochenta y dos del dos mil trece, otorgada ante Notario Público Titular de la Notaría de Molina don Miguel Aburto Contardo, la que fuera debidamente inscrita a fojas ciento nueve número setenta y tres en el Registro de Comercio de dos mil trece a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Molina. La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha diecinueve de enero de dos mil dieciséis, repertorio número ciento cuatro de dos mil dieciséis, ante el Notario de Curicó don Eduardo del Campo Vial, la cual fuera inscrita a fojas diez número siete en el Registro de Comercio de dos mil dieciséis a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Molina. Doña Maribel del Carmen Quezada González y don Jorge Esteban Herrera Quezada acuerdan modificar la sociedad “RESTAURANTE OIKOS LIMITADA” en los términos que siguen. Por el presente instrumento don JORGE ESTABAN HERRERA QUEZADA, viene en vender, ceder y transferir el cien por ciento de sus derechos sociales o participación social, equivalente al cincuenta por ciento del capital social de la sociedad “RESTAURANTE OIKOS LIMITADA”, a don JAVIER ELÍAS HERRERA QUEZADA adquiere a título personal, comprando y aceptando dicha participación social. El precio de la cesión de derechos y acciones que se enajenan en cláusula precedente es la suma de tres millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente don Jorge Esteban Herrera Quezada recibir a su entera satisfacción, otorgando el más amplio y completo finiquito. El compareciente don Jorge Esteban Herrera Quezada, en su calidad de cedente, deja expresa constancia que el precio pactado y recibido por la cesión de la totalidad de sus derechos sociales se determinó&# 769; en consideración a las eventuales utilidades y pérdidas que pudiere percibir de la sociedad por ejercicios o negocios que se encontraren pendientes a la fecha de la venta y/o cesión de los derechos de la misma, por lo que nada se adeudan las partes cedente y cesionario con respecto a la misma y se otorgan total y completo finiquito entre ellos. Doña Maribel del Carmen Quezada González acepta expresamente la cesión de derechos sociales descrita precedentemente, así como la incorporación como socio de don Javier Elías Herrera Quezada. Por medio de este instrumento, y como consecuencia de la cesión de derechos a que se refieren las cláusulas anteriores, doña MARIBEL DEL CARMEN QUEZADA GONZÁLEZ y don JAVIER ELÍAS HERRERA QUEZADA quedan como únicos socios de la sociedad, procedentes, pudiendo solicitar copias y retirar documentos. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña MARIBEL DEL CARMEN QUEZADA GONZÁLEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social la obligará en todos los actos y negocios que celebre por ella, teniendo las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social mencionado en el pacto social y con todas las facultades de administración societaria expresadas en éste. Los socios declaran que en lo demás se mantiene inalterable el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Molina, 18 de enero 2023.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
RESTAURANTE OIKOS LIMITADA
CVE 2257119
