有限責任公司76.307.398-K

Comercializadora De Carnes La Flor Limitada

MODIFICACIÓN — 2017年7月17日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2017-07-17查看 PDF(CVE 1242880)

公司資料

Ltda
Temuco, Araucanía
管理方式: Indistinta por cualquiera de los socios

資本

總資本

$150.000.000

實繳資本

$85.000.000

待繳資本

$65.000.000

股東(2)

姓名持股比例

MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA

Socio

50%

ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA

Socio

50%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2012年12月5日

    Se constituyó la sociedad Comercializadora de Carnes La Flor Limitada.

    MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA · ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA

  2. 資本變更· 2017年7月3日

    Se sanea la cláusula de capital, fijándolo en $150.000.000, con aportes y enteros según se indica.

    MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA · ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA

  3. 名稱變更· 2017年7月3日

    Se modifica la razón social y se mantiene el nombre de fantasía CARNES LA FLOR LTDA.

    MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA · ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA

  4. 管理人變更· 2017年7月3日

    Se establece administración y uso de la razón social en forma indistinta por ambos socios.

    MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA · ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA

摘要官方正文

HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA, y ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA, ambos domiciliados en calle David Perry número mil setecientos noventa y nueve de la ciudad y comuna de Temuco y exponen: TITULO PRIMERO: DEL SANEAMIENTO: Mediante escritura pública, cinco de diciembre del año dos mil doce, ante Notario Público de Temuco, Marcelo Cevas Fuentes, Suplente del Titular Carlos Alarcón Ramírez, domiciliado en Andrés Bello número novecientos once de Temuco, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuya razón social es “COMERCIALIZADORA DE CARNES LA FLOR LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “CARNES LA FLOR LTDA.”. Extracto inscrito a fojas ciento diecisiete número noventa y uno Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial siete de enero del año dos mil trece. Por error, en cláusula quinta, no se da cumplimiento a artículo trescientos cincuenta y dos número 4 del Código de Comercio, con el fin de sanear el vicio se reemplaza la cláusula quinto del pacto social, en cuanto a su capital, cláusula que deberá quedar como sigue: “El capital social será la suma de ciento cincuenta millones de pesos, que se entera y se paga por los socios, en el porcentaje y forma que se pasa a estipular: A) La socia doña MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA, aporta la suma de setenta y cinco millones de pesos, que equivalen al cincuenta por ciento de la sociedad. Este aporte se hizo entregando a la caja social, en el acto constitutivo de la sociedad, un aporte, en dinero efectivo, equivalente a la suma de setenta y cinco millones de pesos, por lo que se encuentra enterado totalmente su aporte; B) El socio don ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA aporta la suma de setenta y cinco millones de pesos, que equivalen al cincuenta por ciento de la sociedad. Este aporte se hizo entregando a la caja social, al día treinta y uno de diciembre del año dos mil trece, un aporte, en dinero efectivo, equivalente a la suma de diez millones de pesos y prometiendo enterar el saldo restante de sesenta y cinco millones de pesos en el plazo de cinco años a la caja social, de la siguiente forma: (a) la suma de veintidós millones de pesos, que fue enterada en la caja social, el día veintiocho de diciembre del año dos mil quince. (b) la suma de veintidós millones de pesos, que fue enterada el día veintiocho de diciembre del año dos mil dieciséis. y (c) la suma de veintiún millones de pesos, que deberá enterar el día veintiocho de diciembre del año dos mil diecisiete.” TITULO SEGUNDO: DE LAS MODIFICACIONES SOCIALES: Por este instrumento, los socios, modifican la sociedad individualizada en las siguientes condiciones: Se modifica cláusula tercera del pacto social, la que deberá quedar como sigue: “La razón social o nombre de la sociedad será "COMERCIALIZADORA DE CARNES LA FLOR LIMITADA", y que girará bajo ese nombre, sin perjuicio de que también podrá operar y girar bajo el nombre de fantasía “CARNES LA FLOR LTDA.”, incluso ante los bancos e instituciones financieras o de crédito. Su domicilio será la ciudad y comuna de Temuco, sin perjuicio de que puedan establecer sucursales o agencias en el resto del país o en el extranjero”. Se modifica cláusula cuarta del pacto social, la que deberá quedar como sigue: “El uso de la razón social, nombre de fantasía y administración de la sociedad, corresponderá a los socios doña MARIA LETICIA BARRERA ESPINOZA y don ORLANDO ANTONIO QUIÑONES BARRERA, quienes, indistintamente, representarán a la sociedad, pudiendo actuar, cada uno de ellos, en forma separada, solo anteponiendo la razón social a su firma, ejecutando al efecto todos los actos, contratos y convenciones inherentes al objeto social, en la forma más amplia, con facultades señaladas en escritura. Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 03 de Julio de 2017.

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  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA DE CARNES LA FLOR LIMITADA

    CVE 1242880

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