Agrícola Noni Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: (i) la explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración y arrendamiento de tales predios y la comercialización de su producción, como la forestación y reforestación de dicha especie de predios, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas; y (ii) la inversión de toda clase de recursos en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. Con todo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad lícita que los socios de común acuerdo determinen y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(15)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 7.375% | $73.750 |
Socio | - | 0.85% | $8.500 |
Amelia Gloría María Fernández Galilea Socio | - | 9.75% | $97.500 |
Eduardo Santiago José Fernández Galilea Socio | - | 9.75% | $97.500 |
Sara Sofía María Fernández Galilea Socio | - | 9.75% | $97.500 |
Juan de Dios Estanislao Fernández Galilea Socio | - | 9.75% | $97.500 |
Socio | - | 0.85% | $8.500 |
Socio | - | 0.3% | $3.000 |
管理人(1)
Administraciones Edval Limitada
摘要官方正文
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de 5 de noviembre de 2024, ante mí, María José Fernández Cruzat, María Gracia Fernández Cruzat, Tomás Fernández Cruzat, Aníbal Fernández Cruzat, Alicia Fernández Cruzat, Domingo Fernández Cruzat, León Fernández Cruzat, Lucas Fernández Cruzat, María José Cruzat Ochagavía, Amelia Gloría María Fernández Galilea, Eduardo Santiago José Fernández Galilea, Sara Sofía María Fernández Galilea, Juan de Dios Estanislao Fernández Galilea, María Gloria Galilea Vial y FL Investments Limited; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.642, piso 7, Las Condes, acordaron: (A) Las siguientes cesiones de derechos sociales de AGRÍCOLA NONI LIMITADA: (i) María José Cruzat Ochagavía vendió, cedió y transfirió derechos sociales equivalentes al 0,15% del capital social a FL Investments Limited, en precio y condiciones que se señalan en escritura que se extracta. (ii) María Gloria Galilea Vial vendió, cedió y transfirió derechos sociales equivalentes al 0,15% del capital social a FL Investments Limited, en precio y condiciones que se señalan en escritura que se extracta. Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentes, ingresó como socio FL Investments Limited, y las participaciones sociales se distribuyen de la siguiente forma: María José Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; Tomás Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; María Gracia Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; Domingo Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; Aníbal Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; Alicia Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; León Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; Lucas Fernández Cruzat, con un 7,375% de los derechos sociales; María José Cruzat Ochagavía, con un 0,85% de los derechos sociales; Amelia Gloría María Fernández Galilea, con un 9,75% de los derechos sociales; Eduardo Santiago José Fernández Galilea, con un 9,75% de los derechos sociales; Sara Sofía María Fernández Galilea, con un 9,75% de los derechos sociales; Juan de Dios Estanislao Fernández Galilea, con un 9,75% de los derechos sociales; María Gloria Galilea Vial, con un 0,85% de los derechos sociales y FL Investments Limited, con un 0,3% de los derechos sociales. (B) Las siguientes modificaciones de los estatutos sociales de Agrícola Noni Limitada por los actuales y únicos socios de la sociedad: (i) Reemplazar el artículo cuarto por uno del siguiente tenor, a fin de adecuar su texto a la cesión de derechos sociales precedente: “Artículo Cuarto: El capital social es la suma de $1.000.000.-, aportado y enterado por los socios en la siguiente forma: (a) María José Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (b) Tomás Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (c) María Gracia Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (d) Domingo Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (e) Aníbal Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (f) Alicia Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (g) León Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (h) Lucas Fernández Cruzat, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $73.750.-, equivalente aproximadamente a un 7,375% del capital social; (i) María José Cruzat Ochagavía, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $8.500.-, equivalente aproximadamente a un 0,85% del capital social; (j) Amelia Gloría María Fernández Galilea, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $97.500.-, equivalente aproximadamente a un 9,75% del capital social; (k) Eduardo Santiago José Fernández Galilea, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $97.500.-, equivalente aproximadamente a un 9,75% del capital social; (l) Sara Sofía María Fernández Galilea, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $97.500.-, equivalente aproximadamente a un 9,75% del capital social; (m) Juan de Dios Estanislao Fernández Galilea, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $97.500.-, equivalente aproximadamente a un 9,75% del capital social; (n) María Gloria Galilea Vial, ha aportado y enterado íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $8.500.-, equivalente aproximadamente a un 0,85% del capital social; y (ñ) FL Investments Limited ha aportado y enterado, íntegramente en caja social, de contado y en dinero efectivo, la suma de $3.000.-, equivalente aproximadamente a un 0,3% del capital social. Se deja expresa constancia que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo, primando por sobre éstos la proporción que representa el aporte efectivamente realizado por cada socio.” (ii) Establecer que la administración social, corresponda exclusivamente a Administraciones Edval Limitada, quien la ejercerá con las facultades que constan en escritura extractada, mediante uno o más delegados designados por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social de la sociedad. Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó el artículo sexto de los estatutos sociales. (iii) Incorporar expresamente el giro de inversiones desarrollado por la sociedad, reemplazando el artículo tercero por uno del siguiente tenor: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto: (i) la explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos, y de su posesión o mera tenencia, la administración y arrendamiento de tales predios y la comercialización de su producción, como la forestación y reforestación de dicha especie de predios, y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas; y (ii) la inversión de toda clase de recursos en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. Con todo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad lícita que los socios de común acuerdo determinen y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de noviembre 2024. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.
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- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA NONI LIMITADA
CVE 2577535
