Ingenieria Y Construccion Ymasej SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$4.000.000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA Accionista 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 100% | - |
管理人(1)
YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA
公報所載公司沿革
- 設立· 2017年9月7日
Se constituyó la sociedad como transformación desde una E.I.R.L. a SpA.
EMPRESA CONSTRUCTORA DE OBRAS CIVILES YAMILET FIGUEROA ARRIAZA E.I.R.L. · YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA
- 管理人變更· 2018年3月2日
Se saneó la sociedad y se precisó la administración indistinta por Yamilet Figueroa Arriaza y Sergio Araya Tobar.
摘要官方正文
EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ÁLVAREZ, Notario Público Titular de Rengo, con oficio en calle Portales 102-B, CERTIFICO: Por escritura de hoy ante mí, YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA, chilena, casada, comerciante, C.I. N° 6.254.913-0, domiciliada en Lago Villarrica N° 431, Villa del Sur, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, de paso por esta, modificó, la sociedad “INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA”, nombre de fantasía “YMASEJ SpA”, R.U.T. N° 66.299.928-5, sociedad que sustituyó por escritura pública de fecha 07 de septiembre del año 2017, otorgada ante el Notario Público de Rengo don Edmundo Antonio Figueroa Álvarez, la naturaleza jurídica de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “EMPRESA CONSTRUCTORA DE OBRAS CIVILES YAMILET FIGUEROA ARRIAZA E.I.R.L.”.- La reforma, sustitución y transformación, de la Sociedad por Acciones, se publicó en extracto, en el Diario Oficial con fecha 05 de octubre del año 2017 y se inscribió con fecha 24 de noviembre de 2017, a fojas 148 N° 95 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Vicente de Tagua Tagua del año 2017.- La señalada sociedad fue saneada mediante escritura pública de fecha 02 de marzo de 2018, suscrita ante el Notario Público de Rengo don Edmundo Antonio Figueroa Álvarez, dado que su extracto no se inscribió dentro del plazo legal en el respectivo Registro Conservatorio.- De acuerdo a la clausula cuarta de la escritura de saneamiento, la compareciente, modificó el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social, en el sentido de precisar que la administración de la sociedad, hasta su reemplazo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Noveno de los Estatutos, corresponderá indistintamente a don SERGIO ALBERTO ARAYA TOBAR, C.I. N° 11.673.463-K, domiciliado en José María Caro N° 429, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, y/o a la compareciente doña YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA, ya individualizada.- El extracto del señalado saneamiento fue publicado en el Diario Oficial N° 42.002, de fecha 08 de marzo de 2018 e inscrito a fojas 36 N° 22 del Registro de Comercio correspondiente al año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua.- La modificación de la sociedad “INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA”, nombre de fantasía “YMASEJ SpA”, modifica tanto el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social, en el sentido de revocar la designación de uno de los administradores de la sociedad, que hasta la fecha de la suscripción del instrumento que se extracta, recaía sobre la persona de don SERGIO ALBERTO ARAYA TOBAR, C.I. N° 11.673.463-K, precisando, que en delante, la Administración de la Sociedad, hasta su reemplazo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Noveno de los Estatutos, recaerá única y exclusivamente en la persona de su única socia compareciente, esto es, en doña YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA; como el ARTICULO NOVENO del estatuto social, en el sentido de precisar que en el orden judicial el Administrador podrá representar a la sociedad, en todos los juicios o gestiones judiciales en que ésta tenga interés o pueda llegar a tenerlo, ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral, administrativos o de cualquiera otra clase, así intervenga la sociedad, como demandante, demandada o tercero de cualquiera especie, pudiendo ejercer toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquiera otra naturaleza; solicitar medidas precautorias o prejudiciales, entablar gestiones preparatoria de la vía ejecutiva ; reclamar implicancias o recusar; solicitar el cumplimiento de resoluciones judiciales, incluso de tribunales extranjeros; solicitar embargos y señalar bienes al efecto ; alegar o interrumpir prescripciones ; someter a compromiso, nombrar, solicitar o concurrir al nombramiento de jueces compromisarios, pudiendo fijarles o concurrir a la fijación de sus facultades, incluso de amigables componedores, señalar remuneraciones, plazos, etcétera; removerlos, o solicitar su remoción, solicitar declaraciones de quiebras o adherirse a la pedida por otro acreedor; verificar créditos, ampliar las verificaciones ya efectuadas o restringir su monto, intervenir en los procedimientos de impugnación, proponer, aprobar, rechazar o modificar convenios ,judiciales o extrajudiciales con los acreedores o los deudores de la sociedad, pudiendo conceder quitas o esperas, pactar garantías, intereses, descuentos, deducciones o condonaciones, solicitar su nulidad o resolución.- En el ejercicio de su representación queda facultado para representar a la sociedad con todas las facultades ordinarias o extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en los artículos séptimo y octavo del código de Procedimiento civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los términos legales, diferir el juramento decisorio o aceptar su delación, transigir, comprometer, otorgar, a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestión de conciliación o avenimiento, aprobar convenios, cobrar y percibir.- Como consecuencia de la revocación de uno de los administradores de la sociedad, regulada en la escritura extractada, se modifican los artículos noveno y segundo transitorio del pacto social, en el sentido de precisar que el Administrador de la Sociedad, hasta su reemplazo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Noveno de los Estatutos, será doña YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA, C.I. N° 6.254.913-0, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, especialmente las señaladas en el mencionado Artículo Noveno de los Estatutos, y las precisiones de administración detalladas en el artículo tercero del instrumento extractado, y podrá actuar directamente o por intermedio de uno o más mandatarios designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad. Capital: El capital inicial fue de $4.000.000 (cuatro millones de pesos) Demás estipulaciones escritura extractada.- Rengo, 27 de marzo de 2018.-
公司資料
資本
總資本
$4.000.000
管理人(2)
YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA
公報所載公司沿革
- 公司形式轉換· 2017年10月5日
La sociedad INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA sustituyó la naturaleza jurídica de la E.I.R.L. EMPRESA CONSTRUCTORA DE OBRAS CIVILES YAMILET FIGUEROA ARRIAZA E.I.R.L.
摘要官方正文
EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ÁLVAREZ, Notario Público Titular de Rengo, con oficio en calle Portales 102-B, certifica: por escritura pública hoy ante mi YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA, chilena, casada, comerciante, C.I. N° 6.254.913-0, domiciliada en Lago Villarrica N° 431, Villa del Sur, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, de paso por esta, saneó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 428 del Código de Comercio, en relación con lo prescrito en la Ley Nº 19.499, la sociedad “ INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA”, nombre de fantasía “YMASEJ SpA”, que sustituyó la naturaleza jurídica de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “EMPRESA CONSTRUCTORA DE OBRAS CIVILES YAMILET FIGUEROA ARRIAZA E.I.R.L.”.- La reforma, sustitución y transformación, de la Sociedad por Acciones, se publicó en extracto, en el Diario Oficial con fecha 05 de octubre del año 2017 y se inscribió con fecha 24 de noviembre de 2017, a fojas 148 N° 95 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de San Vicente de Tagua Tagua del año 2017.- El saneamiento se lleva a efecto dado que en la transformación de la señalada sociedad se incurrió en vicios formales, dado que su extracto no se inscribió dentro del plazo legal en el respectivo Registro Conservatorio.- De acuerdo a la clausula cuarta de la escritura de saneamiento, la compareciente, modificó el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO del estatuto social, en el sentido de precisar que la administración de la sociedad, hasta su reemplazo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Noveno de los Estatutos, corresponderá indistintamente a don SERGIO ALBERTO ARAYA TOBAR, chileno, casado, constructor, C.I. N° 11.673.463-K, domiciliado en José María Caro N° 429, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, y/o a la compareciente doña YAMILET BERTA FIGUEROA ARRIAZA, ya individualizada, quienes indistintamente actuando de forma conjunta o por separado tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, especialmente las señaladas en el mencionado Artículo Noveno de los Estatutos, y podrán, además, actuar directamente o por intermedio de uno o más mandatarios designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad. Capital: El capital inicial fue de $4.000.000 (cuatro millones de pesos) Demás estipulaciones escritura extractada. Rengo, 02 de marzo de 2018.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA
CVE 1377372
- MODIFICACIÓN
INGENIERIA Y CONSTRUCCION YMASEJ SpA
CVE 1362777
