有限責任公司76.296.446-5

Inmobiliaria San Pablo Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年1月24日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-01-24查看 PDF(CVE 2601015)

公司資料

Ltda
Talca, Maule
期限: 40 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años
管理方式: La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios, quienes las ejercerán exclusivamente a través de doña MARÍA PAZ CONCHA VALDIVIESO, don PEDRO PABLO MENA UNDURRAGA y don IGNACIO VALDÉS DOMINGUEZ, quienes actuando por la sociedad separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades.

公司目的

La adquisición y enajenación de bienes raíces, y su explotación, directamente o por terceros en cualquier forma; la realización de todo tipo de trabajos de arquitectura, diseño, ingeniería, estudios de proyectos, construcción y edificación de toda y cualquier tipo de obras, por cuenta propia o de terceros; la construcción, planificación y financiamiento de todo tipo de loteos, viviendas o conjuntos habitacionales; la administración de las inversiones anteriores y la percepción de sus frutos o rentas; y la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie.

資本

總資本

$379.866

實繳資本

$379.866

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

LOS NOGALES SpA

Socio

66.6666666667%

VIENTO SUR SpA

Socio

33.3333333333%

管理人(3)

摘要官方正文

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino de la 40º Notaria de Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 05 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, PEDRO PABLO MENA UNDURRAGA en representación de LOS NOGALES SpA e IGNACIO VALDÉS DOMINGUEZ en representación de VIENTO SUR SpA, domiciliados en Avenida La Dehesa número 1822, oficina 431, Lo Barnechea, Región Metropolitana, únicas socias de “INMOBILIARIA SAN PABLO LIMITADA”, extracto inscrito a fojas 1.337, Nº600 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial de Talca año 2013, acordaron dividirla, en 2 sociedades, la primera de las cuales conserva su razón social, Rol Único Tributario, y se rige por actuales estatutos con modificación de su capital que disminuye de la cantidad de $428.088 a $48.222. Como consecuencia de ello, las socias de “INMOBILIARIA SAN PABLO LIMITADA” acordaron modificar el Artículo Sexto de sus estatutos, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y ocho mil doscientos veintidós pesos, aportado por los socios en las siguientes partes y forma: Uno) LOS NOGALES SpA, con treinta y dos mil ciento cuarenta y ocho pesos, equivalentes a dos terceras partes del capital e interés social y; Dos) VIENTO SUR SpA, dieciséis mil setenta y cuatro pesos, equivalentes a una tercera parte del capital e interés social. Todos los aportes han sido íntegramente enterados en arcas sociales”. A la segunda, que se crea por efecto de división, aportan como capital el monto en que se ha disminuido el capital de “INMOBILIARIA SAN PABLO LIMITADA” como consecuencia de su división, cantidad que asciende a $379.866, y se regirá por los estatutos que a continuación se extractan: Socios: LOS NOGALES SpA y VIENTO SUR SpA, ambas domiciliadas en Avenida La Dehesa número 1822, oficina 431, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Razón Social: “INMOBILIARIA FUNDAROCA LIMITADA”. Domicilio: ciudad y comuna de Talca, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura extractada y tendrá una duración de 40 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, o su correspondiente prórroga, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, efectuada con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del fin del respectivo período, o de la prórroga en curso. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, y su explotación, directamente o por terceros en cualquier forma; b) La realización de todo tipo de trabajos de arquitectura, diseño, ingeniería, estudios de proyectos, construcción y edificación de toda y cualquier tipo de obras, por cuenta propia o de terceros; c) La construcción, planificación y financiamiento de todo tipo de loteos, viviendas o conjuntos habitacionales; d) La administración de las inversiones anteriores y la percepción de sus frutos o rentas; y d) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. Capital Social y Responsabilidad: El capital social es la cantidad de $379.866, que ha sido íntegramente pagado por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como socios de “INMOBILIARIA SAN PABLO LIMITADA” y que ha sido objeto de la división. El capital se ha pagado y aportado por los socios de la siguiente manera: Uno) LOS NOGALES SpA, con $253.244, equivalentes a dos terceras partes del capital e interés social y; Dos) VIENTO SUR SpA, con $126.622, equivalentes a una tercera parte del capital e interés social. Todos los aportes han sido íntegramente enterados en arcas sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios, quienes las ejercerán exclusivamente a través de doña MARÍA PAZ CONCHA VALDIVIESO, don PEDRO PABLO MENA UNDURRAGA y don IGNACIO VALDÉS DOMINGUEZ, quienes actuando por la sociedad separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y ejercer todas y cada una de las facultades que se señalan, salvo aquellas limitaciones que expresamente se establecen. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de enero de 2025. R. SOTOMAYOR G.

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    INMOBILIARIA SAN PABLO LIMITADA

    CVE 2601015

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