有限責任公司76.284.191-6

Comercializadora Delicia de Mar Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年7月1日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-07-01查看 PDF(CVE 1614559)

公司資料

Ltda
管理方式: Uno o más administradores, designándose en este acto a John José Silva Zerpa

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Johny Antonio Teran Quintero

Socio

26.xxx.xxx-5

50%

John José Silva Zerpa

Socio

26.xxx.xxx-5

50%

管理人(1)

John José Silva Zerpa

26.xxx.xxx-5Administrador

法定代理(1)

Ignacio Clemente Seguel Tagle

13.xxx.xxx-0代表 ASESORÍAS SOTAVENTO LIMITADA76.336.366-K

摘要官方正文

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en la calle Huérfanos N° 835, piso 18, Comuna y ciudad de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 29 de abril de 2019, otorgada ante mí, don MATÍAS CLEMENTE SEGUEL TAGLE, RUT N° 15.336.160-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Santa Blanca N° 1.132, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; la sociedad ASESORÍAS SOTAVENTO LIMITADA, del giro de su denominación, RUT N° 76.336.366-K, debidamente repr esentada por don IGNACIO CLEMENTE SEGUEL TAGLE, RUT N° 13.906.357-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carmencita N° 220, departamento 604, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don JOHN JOSÉ SILVA ZERPA, RUT N° 26.522.018-5, domiciliado para estos efectos en San Pablo N° 3900, departamento 301, Comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; y, don JOHNY ANTONIO TERAN QUINTERO, RUT N° 26.605.769-5, domiciliado para estos efectos en San Pablo N° 3900 , departamento 301, Comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad COMERCIALIZADORA DELICIA DE MAR LIMITADA. Modificaciones consisten: 1) Cesión de Derechos Sociales: A) Matías Clemente Seguel Tagle, con el expreso consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere a Johny Antonio Terán Quintero, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 2% de los derechos sociales, por la suma de $20.000, cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo. B) Asesorías Sotavento Limitada, debidamente representada, con el expreso consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere a John José Silva Zerpa, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 50% de los derechos sociales, por la suma de $500.000, cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo. C) Asesorías Sotavento Limitada, debidamente representada, con el expreso consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere a Johny Antonio Terán Quintero, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 48% de los derechos sociales, por la suma de $480.000, cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero en efectivo 2) Modificación de la Administración, Representación y Uso de la Razón Social. La administración, gobierno, gestión y uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados para tal efecto, designándose en este acto a don John José Silva Zerpa. 3) Modificación de Estatutos. En virtud de los acuerdos adoptados en las cláusulas anteriores, los actuales y únicos socios de la sociedad acuerdan modificar el Artículo Quinto relativo al capital y el Artículo Séptimo relativo a la administración de la sociedad, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en dinero en efectivo de la siguiente forma: don Johny Antonio Terán Quintero aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que suscribe y paga en este acto en dinero efectivo, y don John José Silva Zerpa aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que suscribe y paga en este acto en dinero efectivo” y el ARTÍCULO SÉPTIMO en el sentido que la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don John José Silva Zerpa, quien podrán actuar en su calidad de Administrador, anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representando a la sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada. Los socios mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado, los Estatutos Sociales se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de junio de 2019.

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