有限責任公司76.283.226-7

Constructora Cassil Limitada

MODIFICACIÓN — 2022年1月4日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2022-01-04查看 PDF(CVE 2067026)

公司資料

Ltda
Panguipulli, Los Ríos
管理方式: Unipersonal por socia

股東(2)

姓名持股比例

LORETO MARION CHELÉN CARABANTES

Socio

17.xxx.xxx-k

1%

ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN

Socio

25.xxx.xxx-1

99%

管理人(1)

LORETO MARION CHELÉN CARABANTES

17.xxx.xxx-kAdministrador

法定代理(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2013年4月26日

    Se constituye Constructora Cassil Limitada por Harry Ismael Castro Silva e Ismael Enrique Castro Beltrán; inicialmente con 70% y 30% del capital social respectivamente.

    HARRY ISMAEL CASTRO SILVA · ISMAEL ENRIQUE CASTRO BELTRÁN

  2. 身故· 2015年5月29日

    Fallece Ismael Enrique Castro Beltrán y sus herederos adquieren su 30% de participación social.

    ISMAEL ENRIQUE CASTRO BELTRÁN · HARRY ISMAEL CASTRO SILVA · KAREN ROMINA CASTRO SILVA

  3. 權益轉讓· 2015年5月29日

    Karen Romina Castro Silva cede sus derechos sociales a Harry Ismael Castro Silva y Cristian Roberto Osores Silva.

    KAREN ROMINA CASTRO SILVA · HARRY ISMAEL CASTRO SILVA · CRISTIAN ROBERTO OSORES SILVA

  4. 權益轉讓· 2020年1月1日

    Cristian Roberto Osores Silva cede sus derechos sociales a Loreto Marion Chelén Carabantes.

    CRISTIAN ROBERTO OSORES SILVA · LORETO MARION CHELÉN CARABANTES

  5. 身故· 2021年4月25日

    Fallece Harry Ismael Castro Silva, titular del 99% del interés social.

    HARRY ISMAEL CASTRO SILVA · ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN

  6. 繼承· 2021年7月30日

    Se concede posesión efectiva a favor de Isabella Hayat Castro Chelén como heredera de Harry Ismael Castro Silva.

    HARRY ISMAEL CASTRO SILVA · ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN

摘要官方正文

Leonardo Calderara Emaldía, Notario Público Panguipulli, certifica: Por escritura de fecha 27 de diciembre de 2021, ante mí, LORETO MARION CHELÉN CARABANTES, RUT 17.200.556-K, por sí y como representante legal de la menor ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN, RUT 25.461.970-1, ambas domiciliadas en Ñancul S/N°, Panguipulli, modifica los estatutos de CONSTRUCTORA CASSIL LIMITADA, RUT Nº 76.283.226-7, siguientes términos: ANTECEDENTES. 1) Por escritura 26 de abril 2013, Notaría Valdivia María Inés Morales Guarda, HARRY ISMAEL CASTRO SILVA e ISMAEL ENRIQUE CASTRO BELTRÁN constituyeron la sociedad “CONSTRUCTORA CASSIL LIMITADA”, extracto inscrito fojas 376 vta. Nº 280 Registro de Comercio Valdivia 2013 publicado D.O. edición online N° 40.551 de fecha 06-05-2013. De acuerdo a lo expuesto, los únicos socios de la sociedad fueron HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, con 70% del capital social e ISMAEL ENRIQUE CASTRO BELTRÁN, con 30% del capital social. 2) Conforme cláusula séptima escritura en mención, socios pactaron que la sociedad no se disolvería en caso de fallecimiento de alguno de los socios y que la sociedad continuaría en estos casos con los socios no afectados y con sus herederos o causahabientes, representados por un apoderado común sin facultades de administrar la sociedad o usar su razón o firma social. 3) En razón de lo expuesto, al fallecimiento de don ISMAEL ENRIQUE CASTRO BELTRÁN los herederos fueron HARRY ISMAEL CASTRO SILVA y KAREN ROMINA CASTRO SILVA quienes adquirieron y se hicieron dueños en partes iguales del referido 30% de participación social. Lo descrito consta en escritura pública fecha 29-05-2015, Notaria Valdivia Carmen Podlech Michaud, en la cual se efectuó Cesión Derechos Sociales y Modificación de “CONSTRUCTORA CASSIL LIMITADA”, Repertorio N° 2.534-2015, extracto inscrito fojas 14 N° 10 Registro de Comercio del año 2015, publicado D.O. edición online número 41.175 fecha 05-06-2015. Consta también extracto de saneamiento a fs. 15 vta. N° 11 Registro de Comercio del año 2015, inscrito D.O. edición online N° 41.249 de fecha 03-09-2015. 4) En la misma escritura mencionada en el punto anterior, se estipuló: i) Que KAREN ROMINA CASTRO SILVA vendió, cedió y transfirió sus derechos sociales a HARRY ISMAEL CASTRO SILVA y a CRISTIAN ROBERTO OSORES SILVA, quienes los compraron, aceptaron y adquirieron para sí en las proporciones allí estipuladas. Como consecuencia de las cesiones descritas, quedaron como únicos socios de la sociedad “Constructora Cassil Limitada” don HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, con un 99% de las acciones y derechos de la sociedad y don CRISTIAN ROBERTO OSORES SILVA, con el uno por ciento; ii) Que se modificó la cláusula 12° de los estatutos originales, quedando de la siguiente manera: “la representación de la sociedad, su administración, gobierno, gestión, uso de la razón social y disposición de sus bienes, corresponderá exclusivamente al socio HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, quien obrando individualmente, podrá efectuar e intervenir en todo tipo de actos, asuntos y negocios, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, con las facultades que estime convenientes”; iii) Que se modificó igualmente la cláusula 11° en el sentido de establecerse como domicilio social la comuna de Panguipulli, desde la subinscripción de la escritura referida. 5) Por escritura pública otorgada en Panguipulli, ante don Leonardo Calderara Emaldía, Notario Público de Panguipulli, Repertorio 1.094-2020, se realizó una cesión de derechos sociales, en cuya virtud CRISTIAN ROBERTO OSORES SILVA vendió, cedió y transfirió sus derechos a LORETO MARIÓN CHELÉN CARABANTES, quedando en definitiva como únicos socios de “CONSTRUCTORA CASSIL LIMITADA”, HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, con un 99% de los derechos sociales y LORETO MARION CHELÉN CARABANTES, con un 1% de los derechos sociales, modificándose los estatutos sociales conforme a lo estipulado en dicho instrumento. En la cláusula novena se ratificó lo dispuesto precedentemente en cuanto a que “la representación de la sociedad, su administración, gobierno, gestión, uso de la razón social y disposición de sus bienes, corresponderá exclusivamente al socio HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, quien obrando individualmente, podrá efectuar e intervenir en todo tipo de actos, asuntos y negocios, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, con las facultades que estime convenientes”. El extracto de la escritura de modificación se anotó en el Repertorio bajo el N° 5 y se inscribió a fs. 2 N° 1 del Registro de Comercio del año 2021, y se publicó en la edición número 42.847 del Diario Oficial de fecha 06-01-2021. 6) Que, con fecha 25-04-2021, falleció intestadamente el socio administrador HARRY ISMAEL CASTRO SILVA en la ciudad de Santiago. La posesión efectiva de la herencia fue concedida a su heredera mediante Resolución Exenta N° 3.317 de fecha 30-07-2021, del Director del Registro Civil e Identificación de la Región de los Ríos e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el N° 44.722 del año 2021. De conformidad con la Resolución precitada, la única heredera quedada al fallecimiento de HARRY ISMAEL CASTRO SILVA es ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN. El causante era dueño del 99% del interés social de CONSTRUCTORA CASSIL LIMITADA, en cuya razón, su heredera antes señalada, adquiere y se hace dueña del mismo porcentaje referido, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 7° del pacto constitutivo de la sociedad. 7) Que, por este acto, doña ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN, única heredera y continuadora legal del patrimonio de HARRY ISMAEL CASTRO SILVA, representada legalmente por LORETO MARIO CHELÉN CARABANTES viene en disponer del interés social que al causante le correspondía en esta sociedad en los términos referidos en el presente instrumento. 8) Que, en consideración a la normativa legal vigente y a los estatutos sociales, la sociedad continúa entonces con LORETO MARION CHELÉN CARABANTES, socia sobreviviente, y ISABELLA HAYAT CASTRO CHELÉN, esta última como única heredera del socio fallecido y representada legalmente por su madre, doña LORETO MARIÓN CHELÉN CARABANTES. Modificación Administración y Uso de la Razón social. EJERCICIO DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. Como consecuencia del fallecimiento del socio administrador, las comparecientes acuerdan modificar los estatutos sociales vigentes, en especial lo dispuesto en la CLÁUSULA 12°, la que en lo pertinente se sustituye quedando en el sentido siguiente: La representación de la sociedad, su administración, gobierno, gestión, uso de la razón social y disposición de sus bienes corresponderá exclusivamente a doña LORETO MARIÓN CHELÉN CARABANTES, quien obrando individualmente podrá efectuar e intervenir en todo tipo de actos, asuntos y negocios, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, con las facultades que estime convenientes. En lo demás, se mantiene vigente lo referido en la cláusula 12° de la escritura original, agregándose además las facultades para autocontratar. Las comparecientes declaran que todas las demás cláusulas contenidas en la escritura de constitución referida precedentemente, que no han sido modificadas por la presente escritura quedan vigentes en todas sus partes, y que esta escritura de modificación debe ser considerada como parte integrante de aquellas, para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Panguipulli, a 31 de diciembre 2021.

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