有限責任公司76.282.099-4

Comercializadora Santa Carolina Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年2月4日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
管理方式: Administrador único

股東(2)

姓名持股比例

Mauricio Eugenio Escobar Henríquez

Socio

12.xxx.xxx-7

95%

Carlos Victoriano Pérez Rochat

Socio

9.xxx.xxx-4

5%

管理人(1)

Mauricio Eugenio Escobar Henríquez

12.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior RAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Interino a cargo de la 31ª Notaría, Huérfanos 1055 local 328, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mi, don MAURICIO EUGENIO ESCOBAR HENRÍQUEZ, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número doce millones doscientos sesenta y un mil novecientos ochenta y siete guion siete, con domicilio en calle Ignacio Carrera Pinto número cien departamento doscientos uno, comuna de Ñuñoa; don CARLOS VICTORIANO PÉREZ ROCHAT, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad nueve millones novecientos ochenta y un mil trescientos sesenta y cuatro guion cuatro, con domicilio en Los Abedules número mil cuatrocientos veintidós, comuna de Pudahuel; don CARLOS FELIPE PÉREZ MORALES chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad número diez y ocho millones trescientos treinta y siete mil, seiscientos sesenta y tres guión dos, con domicilio en Pasaje Pampa Unión número tres mil sesenta, comuna de San Bernardo; todos mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas y exponen: TERCERO: Cesión de Derechos.- Los socios han acordado la siguiente cesión de derechos sociales: A)don Carlos Victoriano Pérez Rochat, cede y transfiere el cuarenta y seis por ciento de sus derechos sociales de la sociedad “Comercializadora Santa Carolina Limitada” equivalentes al cuarenta y seis por ciento del haber social a don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez, quien acepta y adquiere para sí el referido porcentaje de los derechos sociales. El precio de la cesión de derechos es la suma de novecientos veinte mil pesos que don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez, pago con anterioridad, declarando don Carlos Victoriano Pérez Rochat haberlos recibido a su entera satisfacción; B)Don Carlos Felipe Pérez Morales, cede y transfiere el cuarenta y nueve por ciento de sus derechos sociales de la sociedad “Comercializadora Santa Carolina Limitada” equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del haber social a don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez, quien acepta y adquiere para sí el referido porcentaje de los derechos sociales. El precio de la cesión de derechos es la suma de novecientos ochenta mil pesos que don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez, pago con anterioridad, declarando don Carlos Felipe Pérez Morales, haberlos recibido a su entera satisfacción; CUARTO: Nueva composición societaria.- Como consecuencia de las cesiones de que da cuenta la cláusula tercera precedente, la participación social de cada uno de los socios de la sociedad es la siguiente: a) Don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez es titular de un noventa y cinco por ciento del haber social; b) Don Carlos Victoriano Pérez Rochat es titular de un cinco por ciento del haber social; QUINTO: por el presente instrumento los señores don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez y don Carlos Victoriano Pérez Rochat, como únicos dueños de la Sociedad “Comercializadora Santa Carolina Limitada” vienen en modificar la Cláusula Tercera, señalando que el uso de la Razón Social y la administración de la sociedad corresponderá al socio don Mauricio Eugenio Escobar Henríquez, quien anteponiendo su firma la razón social, la representara y obligará, en toda clase de actos, declaraciones y contratos, sin que la enumeración sea taxativa. En todo lo demás continuara vigente el pacto social. Santiago, 24 de Diciembre de 2025.

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