Importadora Y Exportadora Asg Services Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
PATRICIO ANDRÉS OLIVARRES IRRIBARREN Socio | - | 65% | - |
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES Socio | - | 35% | - |
管理人(1)
PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
公報所載公司沿革
- 權益轉讓· 2025年11月17日
LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ cede el 100% de sus derechos sociales a PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN.
LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ · PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
- 權益轉讓· 2025年11月17日
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES cede el 25% de sus derechos sociales a PATRICIO ANDRÉS OLIVARRES IRRIBARREN.
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES · PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
- 股東退出· 2025年11月17日
Se retira como socia LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ.
- 管理人變更· 2025年11月17日
La administración y uso de la razón social pasa a PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN.
- 資本變更· 2025年11月17日
Se fija el capital social en $5.000.000, enterado íntegramente.
- 其他行為· 2025年11月17日
La sociedad queda conformada por PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN con 65% y CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES con 35%.
PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN · CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES
摘要官方正文
Ministerio del Interior ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2025, Rep. N° 13.035-2025, ante mí, doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES, domiciliada en Avenida Pedro de Valdivia 668, Depto 52, comuna de Providencia; doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ, domiciliada en Guido D´arezzo 3092, comuna de San Joaquín; y don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, domiciliado en Avenida Los Leones 300, Depto 122, comuna de Providencia; modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASG SERVICES LIMITADA”, la que rola inscrita a fojas 92207, N° 65038 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, en los siguientes términos: (i) Que doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ es titular de un 40% del haber social. (ii) doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, el 100% de sus derechos sociales, los que corresponden a un 40% del haber social, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta de los referidos derechos es de $4.000.000. (iii) Que doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES es titular de un 60% del haber social. (iv) doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES, vende, cede y transfiere a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, el 25% de los derechos sociales, los que corresponden a un 25% del haber social, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta de los referidos derechos es de $2.500.000. (v) Se retira como socio doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ, renunciando en este acto los comparecientes a toda condición resolutoria emanada del contrato. (vi) Luego de la cesión de derechos acordada, la referida sociedad queda conformada e integrada por los siguientes socios: a) don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, con una participación social de un 65%; y b) doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES, con una participación social de un 35%. (vii) Como consecuencia de la venta y cesión de derecho convenida, los comparecientes, socios de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASG SERVICES LIMITADA”, convienen en modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: Modificaciones. Se modifica el estatuto social de la referida sociedad, en los siguientes términos: 1.- Administración. Se reemplaza la cláusula quinta de administración y uso de la razón social, correspondiendo la administración y uso de la misma a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN; 2.- Capital Se reemplaza la cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad corresponde a la suma de cinco millones de pesos, suma que se encuentra completamente enterada a la caja social. La distribución del capital social queda de la siguiente manera: a) Patricio Andrés Olivares Irribarren, con un sesenta y cinco por ciento del haber social; y b) Carolina Alejandra López Olivares, con un treinta y cinco por ciento del haber social.” (viii) En lo demás, quedan vigentes las cláusulas no modificadas del contrato social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 03 de diciembre de 2025.
公司資料
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN Socio | - | 65% | - |
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES Socio | - | 35% | - |
管理人(1)
PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
公報所載公司沿革
- 權益轉讓· 2025年11月17日
LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ cede el 100% de sus derechos sociales a PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN.
LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ · PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
- 權益轉讓· 2025年11月17日
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES cede el 25% de sus derechos sociales a PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN.
CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES · PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN
- 股東退出· 2025年11月17日
LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ se retira como socia.
摘要官方正文
Ministerio del Interior ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2025, Rep. N° 13.035-2025, ante mí, doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES; doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ; y don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASG SERVICES LIMITADA”, la que rola inscrita a fojas 92207, N° 65038 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, en los siguientes términos: (i) Que doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ es titular de un 40% del haber social. (ii) doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, el 100% de sus derechos sociales, los que corresponden a un 40% del haber social, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta de los referidos derechos es de $4.000.000. (iii) Que doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES es titular de un 60% del haber social. (iv) doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES, vende, cede y transfiere a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, el 25% de los derechos sociales, los que corresponden a un 25% del haber social, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta de los referidos derechos es de $2.500.000. (v) Se retira como socio doña LIDIA LUISA MAGALY ROMERO FERNÁNDEZ, renunciando en este acto los comparecientes a toda condición resolutoria emanada del contrato. (vi) Luego de la cesión de derechos acordada, la referida sociedad queda conformada e integrada por los siguientes socios: a) don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN, con una participación social de un 65%; y b) doña CAROLINA ALEJANDRA LÓPEZ OLIVARES, con una participación social de un 35%. (vii) Como consecuencia de la venta y cesión de derecho convenida, los comparecientes, socios de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASG SERVICES LIMITADA”, convienen en modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: Modificaciones. Se modifica el estatuto social de la referida sociedad, en los siguientes términos: 1.- Administración. Se reemplaza la cláusula quinta de administración y uso de la razón social, correspondiendo la administración y uso de la misma a don PATRICIO ANDRÉS OLIVARES IRRIBARREN; 2.- Capital Se reemplaza la cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad corresponde a la suma de cinco millones de pesos, suma que se encuentra completamente enterada a la caja social. La distribución del capital social queda de la siguiente manera: a) Patricio Andrés Olivares Irribarren, con un sesenta y cinco por ciento del haber social; y b) Carolina Alejandra López Olivares, con un treinta y cinco por ciento del haber social.” (viii) En lo demás, quedan vigentes las cláusulas no modificadas del contrato social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 19 de noviembre de 2025.
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- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASG SERVICES LIMITADA
CVE 2740126
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