Sociedad Comercial Zouk Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$18.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | - |
LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA Socio | - | 1% | - |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2012年11月7日
Se constituye la sociedad Sociedad Comercial Zouk Limitada, nombre de fantasía Zouk Ltda., con Rodrigo Antonio Ramos Cancino y Priscila Andrea Gomez Aguayo.
RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO · PRISCILA ANDREA GOMEZ AGUAYO
- 權益轉讓· 2014年12月4日
Priscila Andrea Gomez Aguayo cede parte de sus derechos sociales a Rodrigo Antonio Ramos Cancino y a Teresa del Pilar Cancino Jofre.
PRISCILA ANDREA GOMEZ AGUAYO · RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO · TERESA DEL PILAR CANCINO JOFRE
- 其他行為· 2018年9月4日
Cristobal Francisco Perez Silva, Rodrigo Antonio Ramos Cancino, Teresa del Pilar Cancino Jofre y Luis Fernando Navarrete Aguilera suscriben modificación y transformación de la sociedad.
CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA · RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO · TERESA DEL PILAR CANCINO JOFRE · LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA
- 權益轉讓· 2020年1月28日
Cristobal Francisco Perez Silva vende y cede la totalidad de sus derechos sociales a Paula Angelica Bustos Rios.
CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA · PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS
- 股東退出· 2020年1月28日
Cristobal Francisco Perez Silva sale de la sociedad e ingresa Paula Angelica Bustos Rios como nueva socia.
CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA · PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS
- 管理人變更· 2020年1月28日
La administración, representación y uso de la razón social pasa a Paula Angelica Bustos Rios.
摘要官方正文
GERARDO ALFREDO CORTES GASAUI, Notario titular Primera Notaria Chillán, Arauco 645, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 28-01-2020, ante mí, don CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA, con domicilio en Avenida Brasil 855, edificio don Jorge 717 Chillán, LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA, calle Isabel Riquelme número 598, Chillán, y PAULA ANGELICA BUSTOS RIO, calle Arauco número 405, oficina 13, Chillan, modificaron y transformaron sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD COMERCIAL ZOUK LIMITADA, en los siguientes términos: Por escritura pública de fecha siete (07) de Noviembre del año dos mil doce (2012), ante el notario público de Chillán don JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, los comparecientes: Don RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO y doña PRISCILA ANDREA GOMEZ AGUAYO, constituyeron mediante escritura pública una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD COMERCIAL ZOUK LIMITADA”, y nombre de fantasía “ZOUK LTDA”, Rol Único Tributario número 76.257.773-9, su extracto se inscribió a fojas ochocientos cinco (805), número novecientos diecinueve (919) del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, correspondiente al año dos mil doce (2012). Conforme a los actuales estatutos de la Sociedad, cada uno de los socios era titular de: 1)el socio Rodrigo Ramos Cancino tenía el sesenta y seis por ciento de los derechos sociales (66%); 2) la socia Teresa del Pilar Cancino Jofre tenía el treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales (34%). Declaran haberse enterado a esta fecha de los aportes de todos los socios. El capital inicial constitutivo de la sociedad fue la suma de Dieciocho millones de pesos ($18.000.000), aportados en la forma indicada en dicho instrumento. De la misma forma, se deja expresa constancia que la administración y uso de la razón social correspondió desde la constitución de la sociedad y hasta la fecha a don RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO. SEGUNDO: Que por escritura pública de Modificación y Transformación de sociedad de Responsabilidad limitada de fecha cuatro (04) de Diciembre del año dos mil catorce (2014), ante el notario público de Chillán don JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, los comparecientes: Don Rodrigo Antonio Ramos Cancino, doña Priscila Andrea Gómez Aguayo, y doña Teresa del Pilar Cancino Jofre, MODIFICARON Y TRANSFORMARON la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD COMERCIAL ZOUK LIMITADA”, y nombre de fantasía “ZOUK LTDA, en los siguientes términos: Doña PRISCILA ANDREA GOMEZ AGUAYO, vendió, cedió y transfiero su treinta y cuatro por ciento (34%) de sus derechos sociales de la siguiente forma: vendió, cedió y transfiero el veinticuatro por ciento (24%) a don RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO, quien los compro, acepto y adquirió para sí; el precio de la cesión fue la suma de Dos millones de pesos ($2.000.000), suma que se pago de contado, en dinero efectivo y en el mismo acto; y vendió, cedió y transfiero el diez por ciento (10%) de sus derechos sociales a doña TERESA DEL PILAR CANCINO JOFRE, quien los compro, acepto y adquirió para sí; el precio de la cesión fue la suma de Un millón de pesos ($1.000.000), suma que se pago de contado, en dinero efectivo y en ese mismo acto. El extracto de la Modificación y Transformación Social su extracto se inscribió en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán a FOJAS CINCUENTA Y SEIS VUELTA numero CINCUENTA del Año DOS MIL QUINCE.- TERCERO: Que mediante escritura pública de MODIFICACION Y TRANSFORMACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDA LIMITADA de fecha cuatro de septiembre del dos mil dieciocho, Repertorio número tres mil novecientos noventa y dos guión dos mil dieciocho, suscrita ante el Notario Público interino de la Primera Notaria de Chillán doña MARIA ELIZABETH CONCHA RICO, don CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA, don RODRIGO ANTONIO RAMOS CANCINO, doña TERESA DEL PILAR CANCINO JOFRE, y don LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA celebraron escritura pública de Modificación y transformación de sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a las estipulaciones y declaraciones que en ella se contienen.- El extracto de la Modificación y Transformación Social su extracto se inscribió en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán a FOJAS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO numero TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS del Año DOS MIL DIECIOCHO.- CUARTO: Cesión de derechos sociales. - Por el presente instrumento don CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y acciones en la presente sociedad. Derechos sociales que equivalen al noventa y nueve por ciento (99%) a doña PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS, quien los compra, acepta y adquiere para sí; el precio de esta cesión es la suma de Catorce millones de pesos ($14.000.000), Suma que paga en este acto de contado y en dinero efectivo, suma que el cedente declara recibir a su entera satisfacción declarando que nada se adeuda por dicho concepto. QUINTO: Declara el cedente y vendedor don CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA, aceptar el pago de la suma de dinero en la forma establecida en la cláusula precedente a su entera y total conformidad, renunciando expresamente a la acción resolutoria que por dicho concepto pudiere emanar.- SEXTO: Como consecuencia de la venta o cesiones de los derechos sociales indicados, quedan como únicos y actuales socios, doña PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS, con noventa y nueve por ciento (99%) del haber total de la sociedad, y don LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA con uno por ciento (1%) del haber total de la sociedad.- SEPTIMO: Por el presente acto los actuales socios, incorporan una nueva cláusula al pacto social, la cual pasa a tener el siguiente texto: Las utilidades o eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán o distribuirán entre los socios en proporción de sus respectivos aportes, esto es, noventa y nueve por ciento (99%) para doña PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS; y un uno por ciento (1%) para don LUIS FERNANDO NAVARRETE AGUILERA .- OCTAVO: Los comparecientes en este acto señalan expresamente su consentimiento respecto de la venta y cesión antes indicadas, así como el ingreso, a contar de esta fecha, como nuevo socio a doña PAULA ANGELICA BUSTOS RIOA, y el retiro de la sociedad de don CRISTOBAL FRANCISCO PEREZ SILVA.- La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá al socio DOÑA PAULA ANGELICA BUSTOS RIOS, quien podrá actuar con todas y cada una de las facultades del estatuto social constitutivo.-. Otros pactos en escritura extractada. Chillán, 28 de enero de 2020.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL ZOUK LIMITADA
CVE 1730770
