股份公司76.257.662-7

Central Graphic SpA

MODIFICACIÓN — 2025年5月3日

Diario Oficial

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公司資料

SpA
calle Martín de Póveda número cuatro mil cuatrocientos dieciséis

資本

總資本

$10.000.000

股東(2)

姓名持股比例

CLAUDIO JUAN ERAZO PEREZ

Accionista

13.xxx.xxx-0

-

JORGE ANTONIO ROJAS URETA

Accionista

8.xxx.xxx-1

-

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2012年11月21日

    Se constituye CENTRAL GRAPHIC SpA con capital de $10.000.000.

摘要官方正文

Ministerio del Interior FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41° Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica por escritura pública hoy ante mí: don CLAUDIO JUAN ERAZO PEREZ, chileno, Ingeniero Comercial, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número trece millones setenta mil cuatrocientos sesenta y siete guion cero, y don JORGE ANTONIO ROJAS URETA, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número ocho millones ciento dieciséis mil setecientos cincuenta y nueve guion uno, ambos domiciliados para estos efectos en calle Martín de Póveda número cuatro mil cuatrocientos dieciséis, Comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, exponen: En Santiago, a veinticinco de Marzo de dos mil veinticinco, reunidos en el domicilio social, concurren a este acuerdo los accionistas de la sociedad CENTRAL GRAPHIC SpA, constituida con fecha 21 de Noviembre de 2012, otorgada ante el notario público que autoriza, inscrita a fojas 84.075 número 58.775 del año 2012 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, capital $10.000.000, acuerdan modificar las siguientes materias de los estatutos: Uno. Cambiar Nombre o razón social de la sociedad, denominada Central Graphic SpA, por el siguiente: SPEED GRAPHIC SpA. Que a consecuencia de lo anterior, los accionistas presentes en este documento, acuerdan, por unanimidad, modificar el ARTICULO PRIMERO de los estatutos sociales, reemplazando su texto, por el siguiente: ARTICULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de SPEED GRAPHIC SpA que se regirá por las disposiciones de estos estatutos y por el Código de Comercio artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis y normas de las Sociedades anónimas cerradas. En todo lo no modificado se mantiene inalterable dichos estatutos. La totalidad de los accionistas acuerdan modificar el actual estatuto y aceptar el texto refundido propuesto. Aceptan además protocolizar el presente acuerdo, en conformidad al artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio.Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 28 de marzo de 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

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