股份公司76.245.869-1

Eco Hotel SpA

MODIFICACIÓN — 2022年7月23日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2022-07-23查看 PDF(CVE 2161067)

公司資料

SpA
Talca, Maule
管理方式: Tres administradores que actúan separada e indistintamente, con actuación conjunta para ciertos actos de crédito y disposición sobre bienes raíces

資本

總資本

$10.000.000

股東(3)

姓名持股比例

FELIPE MARTIN USAN HENRIQUEZ

Accionista

16.xxx.xxx-4

-

IGNACIO FLOREAL USAN HENRIQUEZ

Accionista

17.xxx.xxx-6

-

ALBOR USAN GARCÍA

Accionista

6.xxx.xxx-0

-

管理人(3)

FELIPE MARTIN USAN HENRIQUEZ

16.xxx.xxx-4Administrador

IGNACIO FLOREAL USAN HENRIQUEZ

17.xxx.xxx-6Administrador

ALBOR USAN GARCÍA

6.xxx.xxx-0Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2012年9月28日

    Constitución original de ECO HOTEL SpA.

    ECO HOTEL SpA

  2. 公司形式轉換· 2014年7月23日

    La sociedad fue transformada a sociedad por acciones.

    ECO HOTEL SpA

摘要官方正文

OLGA MORALES MEDINA, Notario Público, suplente del titular ENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER, ambos con oficio 1 Sur N° 898, Talca, certifico: por escritura pública hoy, ante mí, comparece: FELIPE MARTIN USAN HENRIQUEZ, Ingeniero Civil, CNI Nº 16.660.869-4; IGNACIO FLOREAL USAN HENRIQUEZ, Ingeniero Comercial, CNI Nº 17.596.653-6, y ALBOR USAN GARCÍA, empresario, CNI Nº 6.029.648-0, todos domiciliados para estos efectos en Av. Bernardo O’ Higgins N° 1.198, Talca; únicos accionistas vienen en modificar la sociedad ECO HOTEL SpA, del giro de su denominación, RUT N° 76.245.869-1, fue constituida por E.P de 28.09.2012, otorgada ante Notario Público Talca, don Ignacio Vidal Domínguez; extracto inscrito a fs. 2.562 Nº 1.123 en el Registro de Comercio del CBR de Talca, año 2012 y se publicó en D.O. Nº 40.390 de 20.10.2012. Transformada a sociedad por acciones por E.P. de 23.07.2014 otorgada ante Notario Público Titular de la 2 Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a Fs. 1793 N° 751 del Registro de Comercio del CBR de Talca, año 2014 y publicado en D.O. N° 40.922 de 01.08.2014.- Capital actual: $10.000.000.- Modificación consiste en: Modificación de administración social respecto de los administradores designados, nombrando nuevos administradores. En razón de lo anterior se modifica el artículo 12° del pacto social, relativo a la administración, el cual queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La administración la ejercerán, en todo caso, tres administradores quienes para todos los efectos serán don FELIPE MARTIN USAN HENRÍQUEZ, CNI Nº 16.660.869-4, don IGNACIO FLOREAL USAN HENRÍQUEZ, CNI Nº 17.596.653-6 y don ALBOR USAN GARCÍA, CNI Nº 6.029.648-0; quienes actuando de forma separada e indistinta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrán a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin embargo en caso de solicitud de créditos bancarios o a instituciones financieras de más de dos mil unidades de fomento, y respecto de operaciones de enajenación, constitución de derechos reales o garantías de cualquier índole sobre bienes raíces sobre dos mil unidades de fomento, deberán actuar dos cualesquiera de los administradores de manera conjunta. En el evento que todos los administradores, se encuentren a la vez en alguna de las siguientes situaciones, sin necesidad de que se trate de la misma: fallezcan, se incapaciten por causas legales sobrevinientes, sean declarados en insolvencia, se ausenten del país por más de seis meses, sean declarados interdictos por demencia o disipación, según sea el caso, el único accionista o la Junta de Accionistas, según corresponda, deberá nombrar al nuevo administrador. El administrador o los administradores, según sea el caso, aparte de las atribuciones especiales que les confieren los estatutos, tendrán las siguientes obligaciones: a) Presidir las Juntas de Accionistas; b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de las Juntas de Accionistas, de los Estatutos y de las normas legales y reglamentarias aplicables a esta clase de sociedades; c) Citar a las Juntas de Accionistas en las oportunidades que indican los Estatutos; d) Proponer a los accionistas todas las medidas que estime pertinentes para el mejor desarrollo de los negocios sociales y la organización de la empresa; e) Amonestar a los empleados superiores que se aparten del cumplimiento de sus deberes y, en casos graves, requerir su remoción, y f) Firmar la memoria anual de la sociedad y/o de las Juntas de Accionistas”- En lo no modificado sigue vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, a 01 de julio de 2022.-

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