Inversiones Y Rentas Herrera Y Cisterna Limitada
登記名稱: INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de créditos, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos, prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; la prestación de toda clase de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social antes indicado, así como toda clase de actividades similares y conexas; la sociedad podrá prestar sus servicios directamente al público o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada. Asimismo, podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de que forme parte o constituya al efecto, pudiendo adquirir los bienes muebles o inmuebles que sean necesarios.
資本
總資本
$329.400
實繳資本
$329.400
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-7 | 5.xxx.xxx-7 | 10% | $32.940 |
Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna Socio | - | 30% | $98.820 |
Alejandra Patricia Herrera Cisterna Socio | - | 30% | $98.820 |
Socio | - | 30% | $98.820 |
管理人(2)
Roberto Patricio Herrera Rojas
公報所載公司沿革
- 設立· 2021年3月26日
Se constituyó originalmente la sociedad y luego se rectifica y complementa su escritura.
Ana Maria Cisterna Vicidomini · Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna · Alejandra Patricia Herrera Cisterna · Ana Carolina Herrera Cisterna
摘要官方正文
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, certifico: que, mediante escritura pública de nueve de abril de 2021, don ESTEBAN IGNACIO RAMIREZ SEGURA, abogado, en representación de doña ANA MARIA CISTERNA VICIDOMINI, secretaria, doña MARIAJOSÉ DEL PILAR HERRERA CISTERNA, ingeniera comercial, doña ALEJANDRA PATRICIA HERRERA CISTERNA, fotógrafa y doña ANA CAROLINA HERRERA CISTERNA, licenciada en Arte, todos domiciliadas para estos efectos en Manuel Antonio Tocornal 1565, comuna y ciudad de Santiago; rectificaron y complementaron escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021 otorgada en notaría de doña Valeria Ronchera Flores, en siguiente sentido: i) dejar constancia del hecho de no haberse liquidado la sociedad; ii) manifestar expresamente la intención de continuar con la sociedad “INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA”; y iii) ratificar los estatutos sociales: Nombre. “INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA”. Administración. La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a don Roberto Patricio Herrera Rojas, 5.668.411-5 y a doña Ana María Cisterna Vicidomini, 5.852.892-7, quienes actuando indistintamente, en forma separada uno cualesquiera de ellos, la ejercerán personalmente, a través de sus representantes legales o de una o más personas designadas especialmente para este objeto por escritura pública. Responsabilidad limitada al monto de los respectivos aportes. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, , sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otros lugares del país. Duración. La Sociedad tendrá una vigencia de siete años contados desde la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poder término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Objeto. La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de créditos, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos, prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; la prestación de toda clase de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social antes indicado, así como toda clase de actividades similares y conexas; la sociedad podrá prestar sus servicios directamente al público o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada. Asimismo, podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de que forme parte o constituya al efecto, pudiendo adquirir los bienes muebles o inmuebles que sean necesarios. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos veintinueve mil cuatrocientos pesos, que los socios aportan en las siguientes proporciones: doña Ana María Cisterna Vicidomini la suma de treinta y dos mil novecientos cuarenta pesos equivalente al diez por ciento de los derechos sociales, doña Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, doña Alejandra Patricia Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales y doña Ana Carolina Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Santiago, 16 de abril de 2021.
公司資料
摘要官方正文
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso certifica: Por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021 ante mi doña ANA MARIA CISTERNA VICIDOMINI, MARIAJOSÉ DEL PILAR HERRERA CISTERNA, ALEJANDRA PATRICIA HERRERA CISTERNA y ANA CAROLINA HERRERA CISTERNA, todas domiciliadas para estos efectos en Manuel Antonio Tocornal mil quinientos sesenta y cinco, comuna y ciudad de Santiago, resciliaron contrato de modificación de sociedad de responsabilidad limitada INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA, suscrita y otorgada por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2020, otorgada en la notaria de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, Repertorio número 3.230, que se inscribió a fojas 34.613 número 16.936 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Como consecuencia de esta resciliación, mantiene plena vigencia el pacto social constitutivo de fecha 24 de diciembre de 2019, ante el Notario de la ciudad de Santiago, doña Valeria Ronchera Flores, cuyo extracto fue inscrito a fojas 10.842 número 5.708, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2020. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de abril de 2021.
公司資料
公司目的
Efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de crédito, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos; prestación de servicios en corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; prestación de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social; y ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otras sociedades.
資本
總資本
$329.400
實繳資本
$329.400
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-7 | 5.xxx.xxx-7 | 10% | $32.940 |
Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna Socio | - | 30% | $98.820 |
Alejandra Patricia Herrera Cisterna Socio | - | 30% | $98.820 |
Socio | - | 30% | $98.820 |
管理人(2)
Roberto Patricio Herrera Rojas
公報所載公司沿革
- 設立· 2012年1月1日
La sociedad INVERSIONES Y RENTAS HERRERA Y CISTERNA LIMITADA se encuentra inscrita en el Registro de Comercio en 2012.
摘要官方正文
VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10° Notaría de Santiago, Agustinas N° 1235, piso 2, Santiago, certifico: que, mediante escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2019, ante mi, doña ANA MARIA CISTERNA VICIDOMINI, secretaria, doña MARIAJOSÉ DEL PILAR HERRERA CISTERNA, ingeniera comercial, doña ALEJANDRA PATRICIA HERRERA CISTERNA, fotógrafa y doña ANA CAROLINA HERRERA CISTERNA, licenciada en Arte, todas domiciliadas para estos efectos en Manuel Antonio Tocornal 1565, comuna y ciudad de Santiago; modificaron estatutos de INVERSIONES Y RENTAS HERRERA Y CISTERNA LIMITADA, inscrita a fojas 89.180 número 62.589 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente a año 2012, (“la Sociedad”) en lo siguiente: UNO. Dividir la Sociedad, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, la que continuará operando bajo el mismo nombre y rigiéndose por los mismos estatutos, y constituyéndose una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se denominará “INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA” a la cual se le asignó un 32,94% del patrimonio de la Sociedad, todo de conformidad con balance de división al 31 de noviembre de 2019 e informe pericial. DOS. Se disminuye el capital social de la Sociedad en $329.400, modificándose el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital social será la suma de seiscientos setenta mil seiscientos pesos, que se encuentra debidamente pagado, en la siguiente forma: doña Ana María Cisterna Vicidomini la suma de sesenta y siete mil sesenta pesos equivalente al diez por ciento de los derechos sociales, doña Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna la suma de doscientos un mil ciento ochenta pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, doña Alejandra Patricia Herrera Cisterna la suma de doscientos un mil ciento ochenta pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales y doña Ana Carolina Herrera Cisterna la suma de doscientos un mil ciento ochenta pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales.”. TRES. Estatutos de INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA. Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por sus estatutos y en su silencio, por las disposiciones de la Ley Nº3.918 y sus modificaciones. Nombre. “INMOBILIRIA INRENCIS LIMITADA”. Administración. La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a don Roberto Patricio Herrera Rojas, 5.668.411-5 y a doña Ana María Cisterna Vicidomini, 5.852.892-7, quienes actuando indistintamente, en forma separada uno cualesquiera de ellos, la ejercerán personalmente, a través de sus representantes legales o de una o más personas designadas especialmente para este objeto por escritura pública. Responsabilidad limitada al monto de los respectivos aportes. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, , sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otros lugares del país. Duración. La Sociedad tendrá una vigencia de siete años contados desde la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poder término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Objeto. La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de créditos, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos, prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; la prestación de toda clase de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social antes indicado, así como toda clase de actividades similares y conexas; la sociedad podrá prestar sus servicios directamente al público o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada. Asimismo, podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de que forme parte o constituya al efecto, pudiendo adquirir los bienes muebles o inmuebles que sean necesarios. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos veintinueve mil cuatrocientos pesos, que los socios aportan en las siguientes proporciones: doña Ana María Cisterna Vicidomini la suma de treinta y dos mil novecientos cuarenta pesos equivalente al diez por ciento de los derechos sociales, doña Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, doña Alejandra Patricia Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales y doña Ana Carolina Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Santiago, 06 de febrero de 2020.
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