Comercializadora Santa Graciela Limitada
Diario Oficial
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 50% | - |
LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 50% | - |
管理人(2)
LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN
公報所載公司沿革
- 設立· 2012年1月25日
Se constituyó la sociedad Comercializadora Santa Graciela Limitada o Juguetería Rincón Infantil Limitada con tres socios.
GRACIELA DE LOURDES BOWN ESPINOZA · HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN · LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN
- 身故
Fallece la socia Graciela de Lourdes Bown Espinoza.
- 繼承
Se liquida la comunidad hereditaria y se ceden derechos hereditarios sobre la participación de la causante.
GONZALO RODRIGO CUEVAS BOWN · HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN · LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN
- 權益轉讓
Gonzalo Rodrigo Cuevas Bown cede a Hernán Enrique Cuevas Bown y Luis Alejandro Carlos Cuevas Bown, por partes iguales, el 11,33% de derechos hereditarios cada uno.
GONZALO RODRIGO CUEVAS BOWN · HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN · LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN
摘要官方正文
ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, Abogado Notario Público Suplente del titular JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, de la Primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval número mil setecientos cuarenta y cinco, oficina B, Comuna de Ñuñoa, certifico, que por escritura pública de hoy, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número 15.935.285-4, don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número 16.356.621-4 y, don GONZALO RODRIGO CUEVAS BOWN, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número 13.661.979-9, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en Avda. Providencia Nro. 2251, Local 012, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, Modificaron Sociedad De Responsabilidad Limitada, “COMERCIALIZADORA SANTA GRACIELA LIMITADA" o “JUGUETERÍA RINCÓN INFANTIL LIMITADA”, constituida por los socios doña GRACIELA DE LOURDES BOWN ESPINOZA, cédula nacional de identidad número 9.036.933-4, con un 34% de participación en los derechos sociales; por don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN, cédula nacional de identidad número 15.935.285-4, con un 33% de participación en los derechos sociales y, por don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, cédula nacional de identidad número 16.356.621-4 con un 33% de participación en los derechos sociales, mediante escritura pública de fecha veinticinco de enero del año dos mil doce, otorgada en la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, de don FELIX JARA CADOT; cuyo extracto se inscribió a fojas diez mil novecientos veintitrés, número siete mil seiscientos cincuenta y cinco, con fecha diez de febrero del año dos mil doce, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el Diario Oficial con fecha veintitrés de febrero del año dos mil doce.- LIQUIDACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS: por el fallecimiento de la socia doña GRACIELA DE LOURDES BOWN ESPINOZA, según da cuenta resolución exenta de posesión efectiva Nro. ochenta mil seiscientos cincuenta y nueve de fecha trece de noviembre del año dos mil diecisiete, concedida por el Director Regional Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificación de Santiago de Chile, practicándose su inscripción de posesión efectiva a fojas diez mil novecientos cincuenta y cinco, número quince mil ochocientos noventa y ocho del año dos mil diecinueve, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la cual da cuenta de los bienes quedados a su fallecimiento, en especial y para estos efectos los enunciados en letra c, (cito textual) “c) Comercializadora Santa Graciela Ltda. RUT: 76.213.985-5”; sus únicos herederos comparecientes, actuando de consuno y de común acuerdo don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, don GONZALO RODRIGO CUEVAS BOWN y don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN, en atención a lo estipulado en los artículos décimo tercero y siguientes del pacto social liquidaron la comunidad hereditaria sólo respecto de los derechos sociales en “COMERCIALIZADORA SANTA GRACIELA LIMITADA" o “JUGUETERÍA RINCÓN INFANTIL LIMITADA” dejados por la causante; para tales efectos el heredero don GONZALO RODRIGO CUEVAS BOWN, vendió, cedió y transfirió a don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN y a don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, en partes iguales el 11,33% de los derechos que le correspondían en la sociedad, a título de herencia quedada al fallecimiento de su madre doña GRACIELA DE LOURDES BOWN ESPINOZA, quienes compraron, aceptaron y adquirieron para sí; siendo el precio total de la cesión la suma de $794.000.- precio que los cesionarios don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN y don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN pagaron en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera satisfacción.- Como consecuencia de lo anterior, se procede a modificar la sociedad, quedando como únicos socios don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN con un 50% de los derechos en la sociedad y don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, con el otro 50% de los derechos en la sociedad.- ADMINISTRACIÓN: Los actuales socios, acuerdan que la administración y el uso de la razón con amplias facultades corresponderá indistintamente a don HERNÁN ENRIQUE CUEVAS BOWN y a don LUIS ALEJANDRO CARLOS CUEVAS BOWN, quienes actuando de manera separada o conjuntamente y anteponiendo cualquiera de ellos su firma en nombre de la sociedad, la representaran con las más amplias facultades como lo establece el Artículo Octavo del pacto social.- Declaran los socios, que en todo lo no modificado, persiste lo establecido en el pacto social de fecha veinticinco de enero del año dos mil doce de la Notaría de Santiago, de don FELIX JARA CADOT, Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago a 27 de febrero 2019.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA SANTA GRACIELA LIMITADA
CVE 1569857
