有限責任公司76.192.876-7

Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Fuentes Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年2月13日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-02-13查看 PDF(CVE 1545757)

公司資料

Ltda
Manuel Rodríguez 654

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓· 2018年12月18日

    Se otorgó escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad.

    DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPACASSE · BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE · KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ

  2. 其他行為· 2019年1月16日

    Se rectificó la individualización de la sociedad y del registro de comercio donde figura inscrito el extracto.

    RICARDO ALEJANDRO ROJAS PUGA

  3. 其他行為

    Se rectificó la fecha de la escritura de modificación, de 18 de abril de 2018 a 18 de diciembre de 2018.

    MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ

摘要官方正文

RICARDO HUMBERTO ROJAS PUGA, Notario Público Quilpué, Suplente Titular Carlos Swett Muñoz, Diego Portales 790, 2º Piso. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, doña MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ, mandataria facultada por escritura que se singulariza a continuación, domiciliada en MANUEL RODRÍGUEZ 654, Quilpué, expone: PRIMERO: Que, con fecha dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho ante Notario Público de Quilpué, Carlos Swett Muñoz, abogado, con oficio en Diego Portales número setecientos noventa, segundo piso, comuna de Quilpué, repertorio número tres mil setecientos sesenta y seis guion dos mil dieciocho, de dicho oficio notarial, se otorgó escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad Inmobiliaria e Inversiones Fuentes y Compañía Limitada, en la forma que en dicho documento se expresa y se tiene a la vista. Dicha modificación y extracto fueron anotados en el repertorio de dicho Oficio Notarial a fojas doce mil ochocientos setenta y cuatro a doce mil ochocientos setenta y seis y número de certificado uno dos tres cuatro cinco seis siete nuee uno seis seis tres, respectivamente. Además, el extracto de dicha modificación estatutaria fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil doscientos treinta y seis del día veintidós de diciembre de dos mil dieciocho, CVE uno cinco uno siete cuatro cuatro uno. SEGUNDO: En la citada escritura, en la cláusula novena don DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPACASSE, doña BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE y doña KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ, facultaron a MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ, domiciliada en Manuel Rodríguez Número seiscientos cincuenta y cuatro, comuna de Quilpué, para que ésta pueda concurrir a suscribir en sus nombres y representación, uno o más instrumentos públicos, privados o minutas, para realzar aclaraciones y rectificaciones, complementaciones, respecto de cualquier error u omisión existentes que pudieren haberse incurrido en el otorgamiento de ese contrato, de cláusulas esenciales inclusive, con el fin de solucionar íntegramente cualquier eventual reparo u objeción que pueda formular el señor Conservador de Bienes Raíces competente, en relación con las inscripciones que se le soliciten efectuar en mérito a los contratos y sus términos que da cuenta esta escritura. TERCERO: Que es del caso señalar que, en el extracto de la modificación que fuera publicado en el Diario Oficial bajo el número cuarenta y dos mil doscientos treinta y seis, el día veintidós de diciembre de dos mil dieciocho, CVE uno cinco uno siete cuatro cuatro uno, se incurrió involuntariamente en errores de individualización y transcripción, por lo que en este acto, la compareciente debidamente facultada viene en complementar y rectificar dicho extracto introduciendo las siguientes modificaciones: A. Donde dice: “Por escritura pública hoy ante mí, KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ y BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE…” , debe decir: “Por escritura pública hoy ante mí, DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPACASSE domiciliado en calle Santiago N° 773, Villa Alemana, doña BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE y doña KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ, ambas domiciliadas en Madrid N° 426, Villa Alemana”; B. Donde dice: ” …inscrita a fojas 101 N° 80 del Registro de Comercio Quilpué año 2012…”; debe decir: “…inscrita a fojas 111 N° 80 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíce de Villa Alemana año 2012…” CUARTO: Que, en atención a que en la escritura pública de modificación hubo errores de individualización de la Sociedad, los comparecientes procedieron a rectificarla mediante escritura pública de fecha dieciséis de enero de dos mil diecinueve, ante Notario Público de Quilpué, Suplente del Titular, don Carlos Swett Muñoz, don RICARDO ALEJANDRO ROJAS PUGA abogado, con oficio en Diego Portales número setecientos noventa, segundo piso, comuna de Quilpué, repertorio número ciento sesenta y tres guion dos mil diecinueve, en el sentido que a continuación se expresa: SEGUNDO: “Es del caso que la Sociedad materia de la Cesión de Derechos Sociales y Modificación, ha sido erróneamente individualizada en el instrumento antes mencionado en la cláusula primera en los siguientes sentidos: A. Dónde dice: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA” debe decir: “INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA”; B. Dónde dice: “cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio de Quilpué (…)”, debe decir: “cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Villa Alemana”. Dicha escritura de rectificación y extracto fueron anotados en el repertorio de dicho Oficio Notarial a fojas quinientos once y quinientos doce y número de certificado uno dos tres cuatro cinco seis siete nueve uno siete siete ocho, respectivamente. Además, el extracto de dicha rectificación fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y ocho, del día diecinueve de enero de dos mil diecinueve, CVE uno cinco tres uno cinco seis siete. QUINTO: En dicha escritura rectificatoria se señaló erróneamente la fecha de la escritura objeto de rectificación, por lo que en este acto, la compareciente debidamente facultada viene en rectificar dicho instrumento introduciendo la siguiente modificación: En la cláusula PRIMERO, dónde dice: “Que con fecha dieciocho de abril de dos mil dieciocho…” debe decir: “Que con fecha dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho…” Consecuentemente, el extracto de la rectificación, que fuera publicado en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y ocho, del día diecinueve de enero de dos mil diecinueve, CVE uno cinco tres uno cinco seis siete, se enmienda en el mismo sentido, debiendo decir: “…otorgada con fecha 18 de diciembre de 2018…” donde dice: “otorgada con fecha 18 de abril de 2018…” SEXTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura para requerir y firmar inscripciones y subinscripciones que procedan y anotaciones que sean pertinentes. Quilpué, 06 Febrero 2019.-

變更Diario Oficial · 2019-01-19查看 PDF(CVE 1531567)

公司資料

Ltda

法定代理(1)

MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ

代表 SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓· 2018年4月18日

    Se otorgó escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad.

  2. 其他行為· 2018年12月22日

    Se publicó el extracto de la cesión de derechos sociales y modificación.

  3. 其他行為· 2019年1月16日

    Se rectifica la individualización de la sociedad para eliminar la palabra 'SOCIEDAD' y corregir la referencia al registro de comercio.

    MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ

摘要官方正文

RICARDO HUMBERTO ROJAS PUGA, Notario Público Quilpué, Suplente Titular Carlos Swett Muñoz, Diego Portales 790, 2º Piso. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, MARÍA JOSÉ OLIVERA GONZÁLEZ, mandataria facultada por escritura que se singulariza a continuación, viene en rectificar escritura pública de Cesión de Derechos Sociales y Modificación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, otorgada con fecha 18 de abril de 2018 ante Notario Público de Quilpué, Carlos Swett Muñoz, Repertorio N° 3.766, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de diciembre de 2018. En la referida escritura y extracto se incurrió en un error involuntario, en orden a que la Sociedad materia del contrato, fue erróneamente individualizada en el instrumento antes mencionado en la cláusula primera, en los siguientes sentidos: A) Dónde dice: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, debe decir: “INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA”; y B) Dónde dice: “cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio de Quilpué… ”, debe decir: “cuyo extracto figura inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Villa Alemana…”. Por lo anterior, se rectifica el referido extracto en dichos sentidos. Quilpué, 16 Enero 2019.

變更Diario Oficial · 2018-12-22查看 PDF(CVE 1517441)

公司資料

Ltda
管理方式: Ambas socias indistintamente, conjunta o separadamente

股東(2)

姓名持股比例

KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ

Socio

50%

BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE

Socio

50%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓

    Daniel Claudio Fuentes Schiappacasse cede el 100% de sus derechos sociales a Bárbara Karina Fuentes Olave

    DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE · BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE

  2. 股東退出

    Se retira Daniel Claudio Fuentes Schiappacasse

    DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE

  3. 管理人變更

    Se modifica la administración y uso de la razón social para que ambas socias actúen indistintamente, conjunta o separadamente

    KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ · BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE · DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE

摘要官方正文

CARLOS SWETT MUÑOZ, Notario Público Quilpué, Diego Portales 790, 2º Piso. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ y BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE, modifican SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES FUENTES Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut 76.192.876-7, inscrita a fojas 101 N° 80 del Registro de Comercio Quilpué año 2012, según cesión de derechos sociales de don DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE quien vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% del capital social a doña BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE, precio de la cesión $4.000.000 que se pagan en dicho acto y en efectivo. En virtud de la cesión se retira don DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE, quedando como únicas socias doña KARINA ANGÉLICA OLAVE HOLZ como titular del 50% de los derechos sociales equivalentes al 50% del capital social y doña BÁRBARA KARINA FUENTES OLAVE como titular del 50% de los derechos sociales, equivalentes al 50% del capital social. Asimismo las actuales socias acuerdan modificar la cláusula 3° relativa a la administración, representación y uso de razón social correspondiendo a ambas socias indistintamente, actuando conjunta o separadamente cesando la administración y uso de la razón social del socio saliente don DANIEL CLAUDIO FUENTES SCHIAPPACASSE con facultades descritas en cláusula citada. Socias acuerdan mantener plena vigencia del texto social originario. Demás estipulaciones escritura extractada. Quilpué, 18 de Diciembre 2018.-

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  1. MODIFICACIÓN

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