Inversiones Aranaz Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
a) El transporte nacional e internacional de carga, en cualquiera de sus formas, dentro y fuera del país; b) Contratar para sí o a nombre de un tercero fletes aéreos, terrestres o marítimos, nacionales o extranjeros. Actuar como Agente de Carga, Transitorio o Forwarder; c) Servicios de almacenamiento, bodegaje y depósito de todo tipo de bienes; d) El desempeño en Chile o en el extranjero de agencias, representaciones, comisiones, mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualqueir clase de intermediación; e) La prestación de servicios financieros, comerciales, de marketing y comercio exterior; f) La realización de intermediaciones y comisiones; g) Prestación de asesorías, estudios y consultorias en comercio exterior, exportaciones, importaciones, logística, economía, finanzas, administración, derecho y marketing; h) Todo lo relacionado, de cualquier forma, con el flete, traslado y transporte de mercadería, incluyendo las gestiones portuarias o aéroportuarias y aduaneras, según sea el caso; i) La compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos o mercaderías; y j) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas.
資本
總資本
$15.000.000
實繳資本
$15.000.000
待繳資本
$0
股份
15,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Juan Luis del Valle Velasco Accionista | - | - | - |
María Rosario del Valle Velasco Accionista | - | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2011年11月15日
Se constituyó Inversiones Aranaz Limitada.
Juan Luis del Valle Velasco · María Rosario del Valle Velasco
摘要官方正文
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: que por escritura pública de 14 de enero de 2019, Repertorio Nº 1688 ante mí, Juan Luis del Valle Velasco y María Rosario del Valle Velasco, ambos domiciliados en Avenida Vitacura 2909, oficina 1004, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad denominada Inversiones Aranaz Limitada, constituida por escritura pública otorgada el 15 de noviembre de 2011 en la Notaría de Santiago Juan Ricardo San Martín Urrejola y cuya inscripción social rola a fojas 72.979 Nº 53.368, del Registro de Comercio de Santiago de 2011, acordaron transformar dicha sociedad en una Sociedad por Acciones, la cual se denomina URSUS CARGO SpA, cuyo OBJETO será: a) El transporte nacional e internacional de carga, en cualquiera de sus formas, dentro y fuera del país; b) Contratar para sí o a nombre de un tercero fletes aéreos, terrestres o marítimos, nacionales o extranjeros. Actuar como Agente de Carga, Transitorio o Forwarder; c) Servicios de almacenamiento, bodegaje y depósito de todo tipo de bienes; d) El desempeño en Chile o en el extranjero de agencias, representaciones, comisiones, mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualqueir clase de intermediación; e) La prestación de servicios financieros, comerciales, de marketing y comercio exterior; f) La realización de intermediaciones y comisiones; g) Prestación de asesorías, estudios y consultorias en comercio exterior, exportaciones, importaciones, logística, economía, finanzas, administración, derecho y marketing; h) Todo lo relacionado, de cualquier forma, con el flete, traslado y transporte de mercadería, incluyendo las gestiones portuarias o aéroportuarias y aduaneras, según sea el caso; i) La compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos o mercaderías; y j) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a un Administrador. EL CAPITAL de la sociedad es la suma de $15.000.000, dividido en 15.000 nominativas, ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en el artículo primero transitorio de sus estatutos.- DOMICILIO: Santiago.- DURACION: Indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 14 de enero de 2019.
公司資料
公司目的
El transporte nacional e internacional de carga, en cualquiera de sus formas, dentro y fuera del país; contratar para sí o a nombre de un tercero fletes aéreos, terrestres o marítimos, nacionales o extranjeros; actuar como Agente de Carga, Transitorio o Forwarder; servicios de almacenamiento, bodegaje y depósito de todo tipo de bienes; desempeño en Chile o en el extranjero de agencias, representaciones, comisiones, mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualquier clase de intermediación; prestación de servicios financieros, comerciales, de marketing y comercio exterior; realización de intermediaciones y comisiones; prestación de asesorías, estudios y consultorías en comercio exterior, exportaciones, importaciones, logística, economía, finanzas, administración, derecho y marketing; todo lo relacionado, de cualquier forma, con el flete, traslado y transporte de mercadería, incluyendo las gestiones portuarias o aeroportuarias y aduaneras, según sea el caso; compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos o mercaderías; y el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas.
摘要官方正文
Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 8 de Febrero de 2017, ante mí, Juan Luis del Valle Velasco y María Rosario del Valle Velasco, ambos domiciliados en Vitacura 2909, oficina 1004, comuna de Las Condes; modificaron la sociedad Inversiones Aranaz Limitada, inscrita a fojas 72.979 N*53.368 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, en la forma siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) El transporte nacional e internacional de carga, en cualquiera de sus formas, dentro y fuera del país; b) Contratar para sí o a nombre de un tercero fletes aéreos, terrestres o marítimos, nacionales o extranjeros. Actuar como Agente de Carga, Transitorio o Forwarder; c) Servicios de almacenamiento, bodegaje y depósito de todo tipo de bienes; d) El desempeño en Chile o en el extranjero de agencias, representaciones, comisiones, mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualquier clase de intermediación; e) La prestación de servicios financieros, comerciales, de marketing y comercio exterior; f) La realización de intermediaciones y comisiones; g) Prestación de asesorías, estudios y consultorias en comercio exterior, exportaciones, importaciones, logística, economía, finanzas, administración, derecho y marketing; h) Todo lo relacionado, de cualquier forma, con el flete, traslado y transporte de mercadería, incluyendo las gestiones portuarias o aéroportuarias y aduaneras, según sea el caso; i) La compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos o mercaderías; y j) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas.”. En lo demás, se mantienen las estipulaciones del pacto social y en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 9 de Febrero de 2017.
公司資料
資本
總資本
$15.000.000
實繳資本
$15.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Juan Luis del Valle Velasco Socio | - | 50% | $7.500.000 |
María Rosario del Valle Velasco Socio | - | 50% | $7.500.000 |
摘要官方正文
Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2016, ante mí, Juan Luis del Valle Velasco y María Rosario del Valle Velasco, ambos domiciliados en Vitacura 2909, oficina 1004, comuna de Las Condes; modificaron la sociedad Inversiones Aranaz Limitada , en adelante “la Sociedad”, inscrita a fojas 72.979 n° 53.368 del Re gistro de Comercio de Santiago del año 2011, en la forma siguiente: 1. Aumento de Capital: De la suma de $400.000 pesos chilenos, suma íntegramente pagada y enterada a las arcas sociales, a la suma de $15.000.000 pesos chilenos. El aumento de capital por $14.600.000 pesos chilenos se produce mediante: i) El aporte de $7.300.000 pesos chilenos, suma que el socio Juan Luis del Valle Velasco aportó íntegramente a la caja social, con anterioridad a esta fecha y en dinero efectivo; y ii) El aporte de $7.300.000 pesos chilenos, suma que la socia María Rosario del Valle Velasco aportó íntegramente a la caja social, con anterioridad a esta fecha y en dinero efectivo. 2. Modificación de estatutos: 2.1) Como consecuencia del aumento de capital antes señalado, los socios de la Sociedad, acuerdan modificar la cláusula séptima del pacto social, relativo al capital social, reemplazándola por la siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $15.000.000 de pesos chilenos. Dicho capital se ha aportado y pagado en dinero efectivo por los socios a las arcas sociales, de la siguiente manera: i) Juan Luis del Valle Velasco ha aportado y enterado la cantidad de $7.500.000 pesos chilenos, suma que equivale a un 50% de los derechos sociales; y ii) María Rosario del Valle Velasco ha aportado y enterado la cantidad de $7.500.000 pesos chilenos, suma que equivale a un 50% por ciento de los derechos sociales." 2.2) También se viene a modificar la cláusula segunda de los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: “ARTÍCULO SEGUNDO: El nombre o razón social será “Inversiones Aranaz Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Ursus Cargo”. En lo demás, se mantienen las estipulaciones del pacto social y en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 04 de Enero de 2017.
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