有限責任公司76.148.310-2

Inversiones Dormac Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年2月20日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea 3621, piso 18

資本

總資本

$22.000.000

實繳資本

$22.000.000

待繳資本

$0

股東(10)

姓名持股比例

Inversiones Metrohold

Socio

0.045%

María Teresa Dörr Zegers

Socio

49.98%

María Teresa Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Luis Fernando Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Pablo Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Felipe Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Juan Francisco Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Diego Mackenna Dörr

Socio

6.247%

Josefina Mackenna Dörr

Socio

6.247%

María Ignacia Mackenna Dörr

Socio

6.247%

摘要官方正文

Ministerio del Interior MAGDALENA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf número 99, oficina 101 B, Las Condes: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de diciembre de 2025, las sociedades Inmobiliaria Dormac e Inversiones Metrohold, ambas domiciliadas en Avenida Isidora Goyenechea 3621, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicas socias de la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES DORMAC LIMITADA (Fojas 26704 número 19896 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004), por una parte; y por la otra, doña María Teresa Dörr Zegers, doña María Teresa Mackenna Dörr, don Luis Fernando Mackenna Dörr, don Pablo Mackenna Dörr, don Felipe Mackenna Dörr, don Juan Francisco Mackenna Dörr, don Diego Mackenna Dörr, doña Josefina Mackenna Dörr, y doña María Ignacia Mackenna Dörr, todos domiciliados Avenida Isidora Goyenechea 3621, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad colectiva civil INMOBILIARIA DORMAC; acordaron lo siguiente: Uno) La fusión inversa, con efecto y vigencia a partir del día 24 de diciembre de 2025, de la sociedad Inversiones Dormac Limitada con la sociedad Inmobiliaria Dormac. En virtud de esta fusión, Inmobiliaria Dormac es absorbida por Inversiones Dormac Limitada, que pasa a ser su sucesora legal, incorporándose al patrimonio de la absorbente la totalidad de los activos y pasivos de la sociedad absorbida. Dos) Como efecto propio de la fusión inversa, se disuelve Inmobiliaria Dormac con efecto y vigencia a partir del día 24 de diciembre de 2025, y se extingue de pleno derecho la participación que la sociedad absorbida Inmobiliaria Dormac tenía en la sociedad absorbente Inversiones Dormac Limitada, reversándose dicha participación contra el patrimonio de Inversiones Dormac Limitada ya fusionada, sin generar aumento efectivo de patrimonio, duplicidad de activos ni reconocimiento de utilidades o pérdidas para los socios. Tres) En función de la valorización que los socios de ambas sociedades hicieron de común acuerdo de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, se determinó y acordó por todos los socios que los derechos sociales que se emitan o asignen con motivo de la fusión en el capital de la sociedad absorbente Inversiones Dormac Limitada ya fusionada se distribuyan entre los socios de la sociedad absorbida Inmobiliaria Dormac, esto es los señores María Teresa Dörr Zegers, María Teresa Mackenna Dörr, Luis Fernando Mackenna Dörr, Pablo Mackenna Dörr, Felipe Mackenna Dörr, Juan Francisco Mackenna Dörr, Diego Mackenna Dörr, Josefina Mackenna Dörr, y María Ignacia Mackenna Dörr, en la misma proporción que cada uno de ellos detentaba en el capital social de la sociedad absorbida Inmobiliaria Dormac, atendida la proporción que su patrimonio representa en Inversiones Dormac Limitada ya fusionada. Lo anterior es sin perjuicio de la participación de Inversiones Metrohold, quien mantendrá su calidad de socio en Inversiones Dormac Limitada ya fusionada, pero que atendido el escaso y meramente residual valor que representa su aporte patrimonial en la sociedad absorbente Inversiones Dormac Limitada ya fusionada, en función de la valorización de los patrimonios efectuada con motivo de la fusión, se convino, de común acuerdo entre todos los socios, que la participación social que corresponderá a Inversiones Metrohold en el capital social de la Inversiones Dormac Limitada ya fusionada será de un 0,045%, participación que resulta de la proporción de su aporte al capital social de la Inversiones Dormac Limitada previo a la fusión, aplicado al capital social de la Inversiones Dormac Limitada ya fusionada. Cuatro) Como consecuencia de la fusión acordada, se aumenta el capital social de Inversiones Dormac Limitada desde la cantidad de $10.000.000 a la suma de $22.000.000, enterándose dicho aumento de capital, correspondiente a la cantidad de $12.000.000, mediante el aporte de la totalidad del activo y pasivo de la sociedad que se absorbe. Como consecuencia de lo anterior se acordó modificar los estatutos sociales de Inversiones Dormac Limitada sustituyendo el artículo Cuarto de sus estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD.- El capital social es la suma $22.000.000, suma que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en la caja social por los socios en la siguiente forma y proporción: (a) Inversiones Metrohold ha aportado y pagado el monto de $10.000, equivalente aproximadamente al 0,045% de los derechos sociales, aporte que se encuentra pagado e ingresado en la caja social; (b) doña María Teresa Dörr Zegers, el monto de $10.995.000, equivalente aproximadamente al 49,98% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (c) doña María Teresa Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (d) don Luis Fernando Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (e) don Pablo Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (f) don Felipe Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (g) don Juan Francisco Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (h) don Diego Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; (i) doña Josefina Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago; y (j) doña María Ignacia Mackenna Dörr, el monto de $1.374.375, equivalente aproximadamente al 6,247% de los derechos sociales, aporte que pagó con cargo al patrimonio de la sociedad Inmobiliaria Dormac respecto de la cual tenía la calidad de socio, y cuyo patrimonio fue incorporado a la sociedad en virtud de fusión acordada según escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, otorgada ante doña Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago.”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2026. M. Latorre L. Notario Público Interino.

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