股份有限公司76.141.082-2

Inversiones Bravo De La Cruz S.a.

MODIFICACIÓN — 2019年11月14日

Diario Oficial

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公司資料

S.A.
Camino Las Carretas número 9.971

資本

總資本

$404.900.587

實繳資本

$1.300.787

待繳資本

$403.599.800

股份

9,034

法定代理(2)

CLAUDIA PAZ DE LA CRUZ FERNÁNDEZ

代表 INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A.

PABLO ROBERTO BRAVO ZHENDER

代表 SERVICIOS PROFESIONALES MÉDICOS LIMITADA

公報所載公司沿革

  1. 公司形式轉換· 2019年6月27日

    La junta extraordinaria de accionistas aprobó la fusión por incorporación de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA a INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A.

    INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A. · INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA

摘要官方正文

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular de la 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada hoy ante mí: A) En su cláusula primera se redujo acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., inscrita a fojas 14461 número 10987 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, celebrada con fecha 27 de junio de 2019, en mi presencia, en la que el 100% de los accionistas acordaron aprobar la fusión por incorporación de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA, inscrita a fojas 37932 número 26892 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, a INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., absorbiendo esta última a la primera, incorporándose todo el patrimonio de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA a INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., que pasará a ser su continuadora legal, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, y adquiriendo todos sus activos y pasivos, y a la que se incorporarán como socios los accionistas de la sociedad disuelta, INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA. B) Doña CLAUDIA PAZ DE LA CRUZ FERNÁNDEZ, por sí y en nombre y representación de INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., y don PABLO ROBERTO BRAVO ZHENDER, en nombre y representación de SERVICIOS PROFESIONALES MÉDICOS LIMITADA, todos domiciliados en Camino Las Carretas número 9.971, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA, acuerdan la fusión de esta sociedad con INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., absorbiendo esta última a la primera, la que pasa a ser su continuadora legal y sucesora a título universal de todos los derechos y obligaciones que la sociedad absorbida, INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA, poseía o tenía con terceros. C) Como consecuencia del acuerdo de fusión, se produce un aumento del capital de la sociedad absorbente, INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., que actualmente asciende a la suma de $401.300.787, dividido en 9.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal, de las cuales 1.000 acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $404.900.587, dividido en 9.034 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal, de las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas 1.034 acciones, aumento que se da por enterado con cargo al capital de la sociedad que se disuelve e incorpora a la sociedad absorbente. Producto de la fusión y de lo expuesto, se modifica el Artículo Quinto y Primero Transitorio del estatuto social de la sociedad absorbente, INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., que se reemplazan íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $404.900.587 dividido en 9.034 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y de igual valor cada una. Las acciones estarán representadas por títulos cuya forma, emisión, entrega, inutilización, reemplazo, canje, transferencia y transmisión se ajustarán a las disposiciones que sobre la materia establecen la Ley Sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento. La Sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que dos o más personas tengan participación en una, deberán designar un representante común. La suscripción de las acciones deberá constar por escrito.”. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $404.900.587, dividido en 9.034 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentra en cuanto a sus suscripción y pago de la manera siguiente: (Uno) Con la suma de $1.300.787 que corresponde a 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que se encuentra totalmente suscrito, enterado y pagado. (Dos) Con la suma de $400.000.000 dividido en 8.000 acciones de pago, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, cuya suscripción y pago será ofrecida a un precio mínimo de $50.000 por acción, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas, aplicado sobre los saldos insolutos de acciones suscritas y no pagadas, en caso que ello correspondiera, que deberán ser emitidas, suscritas y pagadas en dinero efectivo dentro del plazo máximo de tres años a contar del veinte de noviembre de dos mil diecisiete. Corresponderá al Directorio de la sociedad decidir la oportunidad u oportunidades en que estas acciones deban emitirse, y si dicha emisión se efectúa en forma total o por parcialidades. (tres) Con la suma de $3.599.800 dividido en 34 acciones, emitidas con cargo al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, de fecha 27 de junio de 2019, que acordó la fusión por incorporación de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA a INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A., absorbiendo esta última a la primera, adquiriendo todos sus activos y pasivos, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. Estas acciones se pagan con el capital de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA y que absorbe INVERSIONES BRAVO DE LA CRUZ S.A. en virtud de la referida fusión. Dichas acciones han sido emitidas y adquiridas por los socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES CLAP LIMITADA, como contraprestación de los derechos que les correspondían en la referida sociedad, de acuerdo a la relación de canje establecida en la Junta antes señalada”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de octubre de 2019. A. Mozó A.

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