Transportes Ppv Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
Logística, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga y pasajeros, terrestre, aéreo y marítimo, nacional e internacional; consolidación y desconsolidación de carga o cualquier otro que tenga o no relación con el objeto social y que los socios acuerden.
資本
總資本
$3.000.000
實繳資本
$3.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez Socio | - | 40% | $1.200.000 |
Manuel Alejandro Sanhueza Pérez Socio | - | 15% | $450.000 |
Socio | - | 30% | $900.000 |
Valeska Patricia Sanhueza Pérez Socio | - | 15% | $450.000 |
管理人(2)
Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez
公報所載公司沿革
- 設立· 2014年11月21日
Se indica una constitución/saneamiento previo de la sociedad Transportes PPV Limitada
Patricia Rosa Pérez Villegas · Valeska Patricia Sanhueza Pérez · Manuel Alejandro Sanhueza Pérez · Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez
- 其他行為· 2017年4月20日
Se sanea la omisión de publicación del extracto de saneamiento y se ratifican los estatutos refundidos de la sociedad Transportes PPV Limitada
Patricia Rosa Pérez Villegas · Valeska Patricia Sanhueza Pérez · Manuel Alejandro Sanhueza Pérez · Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez
摘要官方正文
Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura pública fecha 20-04-2017, ante mi: PATRICIA ROSA PÉREZ VILLEGAS; doña VALESKA PATRICIA SANHUEZA PÉREZ; MANUEL ALEJANDRO SANHUEZA PÉREZ; y RODRIGO GUILLERMO SANHUEZA PÉREZ, todos domiciliados en calle las Acacias N° 0321, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, sanearon escritura de fecha 21-11-2014, de saneamiento la sociedad denominada “TRANSPORTES PPV LIMITADA”, otorgada en la Segunda Notaria de Santiago ante don GINO BENEVENTI ALFARO, Notario Público Suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Agustinas 1173, bajo el repertorio 49.913, inscribiéndose el extracto de saneamiento de la Sociedad a Fs. 265 vuelta N° 250 del Registro de Comercio de San Bernardo correspondiente al año 2.014. Sin embargo, por una lamentable omisión no se publicó el referido extracto de saneamiento en el Diario Oficial, habiendo transcurrido a la fecha el plazo fatal de sesenta días corridos que establece la Ley para hacerlo, por lo que la constitución de la sociedad adolece de un vicio formal de nulidad susceptible de ser saneado.- Por el presente instrumento, los comparecientes haciendo uso del derecho que les confiere la ley 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, vienen en sanear el vicio en que se incurrió en el saneamiento de la sociedad de responsabilidad limitada singularizada en la cláusula primera precedente, consistente en la falta de publicación en el Diario Oficial.- Asimismo, para los efectos de precaver cualquier discusión acerca de la validez de la Sociedad o la de sus Estatutos, los comparecientes acuerdan ratificar sus estatutos con el siguiente Texto Refundido de los mismos: PRIMERO: Por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad a las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, a la que serán aplicables, en forma supletoria, las disposiciones que sobre la materia establecen los Códigos Civil y de Comercio, en todo aquello que no se reglamente de un modo especial en los estatutos a que se refieren las cláusulas siguientes.- SEGUNDO: La razón social de la sociedad será "TRANSPORTES PPV LIMITADA", pudiendo actuar también con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES PPV LTDA.”.- TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de San Bernardo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero.- CUARTO: El objeto de la sociedad será, logística, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga y pasajeros, terrestre, aéreo y marítimo, nacional e internacional; consolidación y desconsolidación de carga o cualquier otro que tenga o no relación con el objeto social y que los socios acuerden.- QUINTO: El capital social es la suma de $3.000.000 que los socios aportan de la siguiente manera: a) el socio don Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez aporta la suma de $1.200.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social; b) El socio don Manuel Alejandro Sanhueza Pérez aporta la suma de $450.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social; c) La socia Patricia Rosa Pérez Villegas, aporta la suma de $900.000, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; y d) la Socia doña Valeska Patricia Sanhueza Pérez, aporta la suma de $450.000, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social.- SEXTO: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- SEPTIMO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a los socios Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez y Patricia Rosa Pérez Villegas.- En uso de sus facultades, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. OCTAVO. Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de este contrato y tendrá una duración de cinco años, a término de los cuales se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogada por iguales periodos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Stgo 13-06-2017.
公司資料
公司目的
logística, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga y pasajeros, terrestre, aéreo y marítimo, nacional e internacional; consolidación y desconsolidación de carga o cualquier otro que tenga o no relación con el objeto social y que los socios acuerden
資本
總資本
$3.000.000
實繳資本
$3.000.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez Socio | - | - | $1.200.000 |
Manuel Alejandro Sanhueza Pérez Socio | - | - | $450.000 |
Socio | - | - | $900.000 |
Valeska Patricia Sanhueza Pérez Socio | - | - | $450.000 |
管理人(2)
Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez
摘要官方正文
Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura pública fecha 20-04-2017, ante mí: PATRICIA ROSA PÉREZ VILLEGAS, doña VALESKA PATRICIA SANHUEZA PÉREZ, MANUEL ALEJANDRO SANHUEZA PÉREZ y RODRIGO GUILLERMO SANHUEZA PÉREZ, todos domiciliados en calle Las Acacias N° 0321, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, sanearon escritura de fecha 21-11-2014, de constitución la sociedad denominada “TRANSPORTES PPV LIMITADA”, otorgada en la Segunda Notaría de Santiago ante don GINO BENEVENTI ALFARO, Notario Público Suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Agustinas 1173, bajo el repertorio 49.913, inscribiéndose el extracto de saneamiento de la Sociedad a Fs. 265 N° 250 del Registro de Comercio de San Bernardo correspondiente al año 2014. Sin embargo, por una lamentable omisión no se publicó el referido extracto de saneamiento en el Diario Oficial, habiendo transcurrido a la fecha el plazo fatal de sesenta días corridos que establece la Ley para hacerlo, por lo que la constitución de la sociedad adolece de un vicio formal de nulidad susceptible de ser saneado.- Por el presente instrumento, los comparecientes haciendo uso del derecho que les confiere la ley 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, vienen en sanear el vicio en que se incurrió en el saneamiento de la sociedad de responsabilidad limitada singularizada en la cláusula primera precedente, consistente en la falta de publicación en el Diario Oficial.- Asimismo, para los efectos de precaver cualquier discusión acerca de la validez de la Sociedad o la de sus Estatutos, los comparecientes acuerdan ratificar sus estatutos con el siguiente Texto Refundido de los mismos: PRIMERO: Por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad a las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, a la que serán aplicables, en forma supletoria, las disposiciones que sobre la materia establecen los Códigos Civil y de Comercio, en todo aquello que no se reglamente de un modo especial en los estatutos a que se refieren las cláusulas siguientes.- SEGUNDO: La razón social de la sociedad será "TRANSPORTES PPV LIMITADA", pudiendo actuar también con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES PPV LTDA.”.- TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de San Bernardo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero.- CUARTO: El objeto de la sociedad será logística, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga y pasajeros, terrestre, aéreo y marítimo, nacional e internacional; consolidación y desconsolidación de carga o cualquier otro que tenga o no relación con el objeto social y que los socios acuerden.- QUINTO: El capital social es la suma de $3.000.000 que los socios aportan de la siguiente manera: a) el socio don Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez aporta la suma de $1.200.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social; b) El socio don Manuel Alejandro Sanhueza Pérez aporta la suma de $450.000, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social; c) La socia Patricia Rosa Pérez Villegas, aporta la suma de $900.000, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; y d) la Socia doña Valeska Patricia Sanhueza Pérez, aporta la suma de $450.000, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social.- SEXTO: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- SEPTIMO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a los socios Rodrigo Guillermo Sanhueza Pérez y Patricia Rosa Pérez Villegas.- En uso de sus facultades, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. OCTAVO. Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de este contrato y tendrá una duración de cinco años, a término de los cuales se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogada por iguales periodos.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 17-05-2017.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES PPV LIMITADA
CVE 1228988
- CONSTITUCIÓN
TRANSPORTES PPV LIMITADA
CVE 1217506
