Agrícola Huertos De Nogal Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La explotación de bienes raíces agrícolas, ya sean propios, arrendados, en comodato o a cualquier otro título, la producción y comercialización de bienes y productos agrícolas de cualquier naturaleza; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, administrarlos y percibir sus frutos; la compra, adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; la administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes; la prestación de toda clase de asesorías en materias de inversión de cualquier clase y en todas las actividades relacionadas con el desarrollo de negocios o empresas; la construcción, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos; y la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los actos antes señalados, así como cualquier otro negocio que los socios acuerden
資本
總資本
$728.030.000
實繳資本
$728.030.000
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 38.730739% | $281.971.400 |
Socio | - | 20.423087% | $148.686.200 |
Socio | - | 20.423087% | $148.686.200 |
Socio | - | 20.423087% | $148.686.200 |
公報所載公司沿革
- 其他行為· 2011年1月1日
Se menciona la inscripción de AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA en el Registro de Comercio de Santiago
- 其他行為· 2015年1月1日
Se menciona la inscripción de INVERSIONES JEM LIMITADA en el Registro de Comercio de Santiago
- 其他行為· 2015年1月1日
Se menciona la inscripción de INVERSIONES EMETRES LIMITADA en el Registro de Comercio de Santiago
- 設立· 1987年4月14日
Se menciona la constitución de COMPAÑÍA DE INVERSIONES VARIAS
- 公司形式轉換· 2026年1月2日
Se acuerda la fusión por incorporación de INVERSIONES JEM LIMITADA, COMPAÑÍA DE INVERSIONES VARIAS e INVERSIONES EMETRES LIMITADA en AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA, con aumento de capital y modificación de objeto
Juan Esteban Musalem Aiach · María Pilar Musalem Ribera · María Javiera Musalem Ribera · Carolina Musalem Ribera
摘要官方正文
Ministerio del Interior JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en este ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: Por escritura pública de fecha 2 de enero de 2026, ante mí, don JUAN ESTEBAN MUSALEM AIACH, doña MARÍA PILAR MUSALEM RIBERA, doña MARÍA JAVIERA MUSALEM RIBERA, y doña CAROLINA MUSALEM RIBERA, todos domiciliados en Avenida Vitacura N° 2969 oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; otorgaron escritura pública “FUSIÓN INVERSIONES JEM LIMITADA Y OTRAS EN AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA”, acordando lo siguiente: I. Fusión. La fusión por incorporación de: INVERSIONES JEM LIMITADA, sociedad inscrita a Fojas 63708 bajo el Número 37272 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015; de COMPAÑÍA DE INVERSIONES VARIAS, sociedad colectiva civil, constituida por escritura pública de fecha 14 de abril de 1987, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Humberto Quezada Moreno; de INVERSIONES EMETRES LIMITADA, sociedad inscrita a Fojas 63749, bajo el Número 37303 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA, sociedad inscrita a Fojas 12378, bajo el Número 9267 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011; con efecto y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, se incorpora a la sociedad AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA la totalidad del patrimonio de las sociedades absorbidas, estas son, INVERSIONES JEM LIMITADA, COMPAÑÍA DE INVERSIONES VARIAS, e INVERSIONES EMETRES LIMITADA, las que se disuelven sin necesidad de liquidación, y procediendo en consecuencia a adquirir, la sociedad absorbente, la totalidad de los activos y pasivos de las sociedades absorbidas, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. En efecto, la sociedad AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA, para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, se constituye en la sucesora y continuadora legal de las sociedades absorbidas anteriormente indicadas. II. Aumento de capital. Por efecto de la fusión, el capital de AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA, se aumenta de la cantidad de $606.000.000 a la cantidad de $728.030.000. III. Modificación de objeto. Los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan ampliar el objeto social, incorporando las siguientes actividades: “a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, administrarlos y percibir sus frutos, como asimismo, la compra, adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; b) La administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; c) La formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes; d) La prestación de toda clase de asesorías en materias de inversión de cualquier clase y en todas las actividades relacionadas con el desarrollo de negocios o empresas; y, e) La construcción, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos”. IV. Modificación de estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL LIMITADA acuerdan modificar el Artículo Tercero y el Artículo Cuarto de los estatutos societarios relativo al objeto social y al capital social, remplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto social. La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación de bienes raíces agrícolas, ya sean propios, arrendados, en comodato o a cualquier otro título, la producción y comercialización de bienes y productos agrícolas de cualquier naturaleza; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, administrarlos y percibir sus frutos, como asimismo, la compra, adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; c) La administración, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos; d) La formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes; e) La prestación de toda clase de asesorías en materias de inversión de cualquier clase y en todas las actividades relacionadas con el desarrollo de negocios o empresas; f) La construcción, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos; y, g) La realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los actos antes señalados, así como cualquier otro negocio que los socios acuerden”. “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL. El capital social es la suma de setecientos veintiocho millones treinta mil pesos, íntegramente suscrito y pagado por los socios, con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: a) Don Juan Esteban Musalem Aiach, con la suma de doscientos ochenta y un millones novecientos setenta y un mil cuatrocientos pesos, equivalentes al treinta y ocho coma siete tres cero siete tres nueve por ciento de los derechos sociales; b) Doña María Pilar Musalem Ribera, con la suma de ciento cuarenta y ocho millones seiscientos ochenta y seis mil doscientos pesos, equivalentes al veinte coma cuatro dos tres cero ocho siete por ciento de los derechos sociales; c) Doña María Javiera Musalem Ribera, con la suma de ciento cuarenta y ocho millones seiscientos ochenta y seis mil doscientos pesos, equivalentes al veinte coma cuatro dos tres cero ocho siete por ciento de los derechos sociales; y, d) Doña Carolina Musalem Ribera, con la suma de ciento cuarenta y ocho millones seiscientos ochenta y seis mil doscientos pesos, equivalentes al veinte coma cuatro dos tres cero ocho siete por ciento de los derechos sociales”. En todo lo no modificado por la escritura extractada seguirán plenamente vigente las estipulaciones del pacto social de Agrícola Huertos de Nogal Limitada, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2026.
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto la explotación de bienes raíces agrícolas, ya sean propios, arrendados, en comodato o a cualquier otro título, la producción y comercialización de bienes y productos agrícolas de cualquier naturaleza y cualquier otro negocio que los accionistas acuerden.
資本
總資本
$606.000.000
實繳資本
$606.000.000
待繳資本
$0
股份
606
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 99.01% | $600.000.000 |
Accionista | - | 0.33% | $2.000.000 |
Accionista | - | 0.33% | $2.000.000 |
Accionista | - | 0.33% | $2.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
Ministerio del Interior JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña María Patricia Donoso Gomien, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 03 de noviembre de 2025, repertorio 10.482 – 2025, ante la Titular, don JUAN ESTEBAN MUSALEM AIACH, quien de acuerdo con el registro de accionistas de la sociedad, que he tenido a la vista, detenta la calidad de único y actual accionista de la sociedad “AGRÍCOLA HUERTOS DE NOGAL SpA”, RUT 76.136.369-7 (la “Sociedad”), inscrita a Fojas 12.378, N°9.267 del Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, acordó modificar los estatutos de la Sociedad, que consiste en lo siguiente: 1) Aumentar el capital social de la Sociedad de la suma de $600.000.000 pesos, dividido en 600 acciones, a la cantidad de $606.000.000 pesos, dividido en 606 acciones, esto es un aumento de $6.000.000 pesos, mediante la emisión de 6 acciones, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas en el mismo acto por doña MARÍA PILAR MUSALEM RIBERA, doña MARÍA JAVIERA MUSALEM RIBERA y doña CAROLINA MUSALEM RIBERA, en partes iguales; 2) Modificar el Artículo Cuarto Permanente y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, en el siguiente sentido: “CUARTO: Capital. El capital social asciende a la suma de seiscientos seis millones de pesos, dividido en seiscientas seis acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”; 3) Transformar la Sociedad, en conjunto y por unanimidad con los nuevos accionistas, quienes luego de la modificación precedente adquieren la calidad de actuales y únicos accionistas, de acuerdo al registro de accionistas que he tenido a la vista, a una sociedad de responsabilidad limitada que pasa a denominarse “Agrícola Huertos de Nogal Limitada”, y que se regirá por la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, por las normas del Código de Comercio y del Código Civil que le fueran aplicables. En ese sentido, los accionistas acordaron los nuevos estatutos de la Sociedad, cuyo pacto social se indica en escritura extractada, siendo materias objeto de extracto las siguientes: Socios: Juan Esteban Musalem Aiach, María Pilar Musalem Ribera, María Javiera Musalem Ribera y Carolina Musalem Ribera todos domiciliados en Av. Vitacura 2969, oficina 1601, Las Condes. – Razón Social: “Agrícola Huertos de Nogal Limitada”.- Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto la explotación de bienes raíces agrícolas, ya sean propios, arrendados, en comodato o a cualquier otro título, la producción y comercialización de bienes y productos agrícolas de cualquier naturaleza y cualquier otro negocio que los accionistas acuerden.- Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. – Duración: El plazo de la sociedad es de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, entendiéndose renovado, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen inscripción social de la Sociedad en el Registro de Comercio. – Capital: $606.000.000 pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Don Juan Esteban Musalem Aiach aporta la suma de $600.000.000.- de pesos, en dinero en efectivo, equivalentes al 99,01% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; b) doña María Pilar Musalem Ribera aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, en dinero en efectivo, equivalentes al 0,33% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; c) doña María Javiera Musalem Ribera aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, en dinero en efectivo, equivalentes al 0,33% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; d) doña Carolina Musalem Ribera aporta la suma de $2.000.000.- de pesos, en dinero en efectivo, equivalentes al 0,33% del capital y derechos sociales, íntegramente pagado con anterioridad a este acto. – Responsabilidad: Responsabilidad de los socios se limita al monto de respectivos aportes. – Administración: Representación, administración y uso de razón social corresponderá a Juan Esteban Musalem Aiach con facultades de administración y disposición de bienes indicadas en escritura extractada. – Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de diciembre de 2025.
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