有限責任公司76.106.156-9

Sociedad De Transportes Taza Limitada

MODIFICACIÓN — 2018年6月14日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2018-06-14查看 PDF(CVE 1413810)

公司資料

Ltda
Avenida Dieciocho de Septiembre Nº 3475, letra A, sitio 21, lote 2
管理方式: Representación conjunta o separada de dos administradores

資本

總資本

$3.000.000

實繳資本

$3.000.000

待繳資本

$0

股東(4)

姓名持股比例

DANIEL ANTONIO MARTINEZ HERRERA

Socio

5.xxx.xxx-k

23.34%

VERONICA EDITH AVENDAÑO GALAZ

Socio

6.xxx.xxx-1

33.34%

DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO

Socio

12.xxx.xxx-7

23.32%

EMPRESA DE TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AVMA SpA

Socio

76.437.599-8

20%

管理人(2)

VERONICA EDITH AVENDAÑO GALAZ

6.xxx.xxx-1Administrador

DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO

12.xxx.xxx-7Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2015年2月18日

    Constitución de la sociedad Sociedad de Transportes Taza Limitada o Transportes Chada Ltda.

  2. 其他行為· 2015年3月12日

    La sociedad fue saneada mediante escritura pública.

  3. 其他行為· 2015年10月19日

    La sociedad fue modificada.

  4. 其他行為· 2017年4月12日

    La sociedad fue rectificada.

  5. 權益轉讓

    Roddy Alberto Llancapan Herrera vendió a Daniel Antonio Martínez Herrera el 23,34% de derechos sociales.

    RODDY ALBERTO LLANCAPAN HERRERA · DANIEL ANTONIO MARTINEZ HERRERA

  6. 權益轉讓

    Andrés Pardo Rojas vendió a Daniel Antonio Martínez Avendaño el 23,32% de derechos sociales.

    ANDRES PARDO ROJAS · DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO

摘要官方正文

PABLO CAYETANO ERRAZURIZ ANEX-DIT-CHENAUD, Notario Público Suplente de la Titular de La Segunda Notaría de Buin doña MYRIAM ESCOBAR DIAZ, con oficio en Calle Balmaceda Nº 316, Buin. CERTIFICO: Escritura Pública ante mí, Repertorio 0373/2018, de fecha 11 de Mayo de 2018, don RODDY ALBERTO LLANCAPAN HERRERA, chileno, divorciado, conductor, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos ochenta guión dos, domiciliado en Cardonal Alto sitio Nº 6, Huelquén, comuna de Paine; don PAULO CESAR PARDO ROJAS, chileno, soltero, conductor, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos setenta y dos mil novecientos cincuenta guión siete, domiciliado en Pasaje El Esfuerzo Nº 033, Villa Nuevo Buin, comuna de Buin; don ANDRES PARDO ROJAS, chileno, soltero, conductor, cédula nacional de identidad número diez millones, cuatrocientos noventa y siete mil ciento sesenta y siete guión nueve, domiciliado en Pasaje Las Tierras Nº 01682, Villa Nuevo Buin, comuna de Buin; don DANIEL ANTONIO MARTINEZ HERRERA, chileno, casado, jubilado, cédula nacional de identidad número cinco millones doscientos diecisiete mil cuarenta y seis guión K, domiciliado en Avenida Dieciocho de Septiembre Nº 3475, letra A, sitio 21, lote 2, comuna de Paine; don DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO, chileno, casado, conductor, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos noventa y tres mil quinientos cuatro guión siete, domiciliado en Avenida Dieciocho de Septiembre Nº 3475, letra A, sitio 21, lote 2, comuna de Paine; doña VERONICA EDITH AVENDAÑO GALAZ, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos cuarenta y un mil noventa y nueve guión uno, quien compareció por si, y en nombre y representación, de la “EMPRESA DE TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AVMA SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos noventa y nueve guión ocho, ambas domiciliadas en Avenida Dieciocho de Septiembre Nº 3475, letra A, sitio 21, lote 2, comuna de Paine, sanearon y rectificaron errores en que pueden haber incurrido en la constitución de la sociedad como en modificaciones de la “SOCIEDAD DE TRANSPORTES TAZA LIMITADA” O “TRANSPORTES CHADA LTDA.”, constituida por Escritura Pública fecha 18 de Febrero 2015, otorgada ante Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Titular de Buin, inscrita en el Registro de Comercio de Buin a fojas 24, N° 24 año 2015. La Sociedad fue saneada por escritura pública de fecha 12 Marzo 2015, otorgada ante Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Titular Buin, y se inscribió a fojas 44, número 41 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin 2015. Con fecha 19 Octubre 2015, la sociedad fue modificada que se inscribió a fojas 209, número 181 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Buin del 2015. Finalmente la sociedad fue rectificada con fecha 12 abril del 2017, según escritura pública otorgada ante Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Titular Buin, que se inscribió al margen de inscripción de fojas 209 número 181 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Buin del 2017. De igual modo los comparecientes, modifican sociedad y rectifican cláusula Sexta de la escritura social en los siguientes términos “El capital de la sociedad será la suma de Tres millones de pesos, que se enteran y pagan de la siguiente manera y proporción: a) Don Roddy Alberto LLancapan Herrera, aporta la suma de Un millón doscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo; b) Don Paulo Cesar Pardo Rojas, aporta la suma de Un millón doscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo; c) Don Andrés Pardo Rojas, aporta la suma de Novecientos noventa y nueve mil seiscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y dos por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo” comparecientes vienen en rectificar la cláusula Sexta de la escritura social en el sentido de señalar que “ El capital de la sociedad será la suma de Tres millones de pesos, que se enteran y pagan de la siguiente manera y proporción: a) Don Roddy Alberto LLancapan Herrera, aporta la suma de Un millón doscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo; b) Don Paulo Cesar Pardo Rojas, aporta la suma de Un millón doscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo; c) Don Andrés Pardo Rojas, aporta la suma de Novecientos noventa y nueve mil seiscientos pesos, equivalente al treinta y tres coma treinta y dos por ciento del capital social, suma de dinero que entera en este acto a la caja social, al contado y en dinero efectivo”. Los comparecientes aclaran cláusula segunda de escritura pública de 19 Octubre 2015, en sentido de aclarar que RODDY ALBERTO LLANCAPAN HERRERA, vendió a DANIEL ANTONIO MARTINEZ HERRERA, el 23,34% de derechos sociales, y no el 23,34% de derechos que este poseía en la sociedad. Se aclarara que ANDRES PARDO ROJAS, vendió a DANIEL ANTONIO MARTÍNEZ AVENDAÑO, el 23,32% de los derechos sociales, y no el 23,32% de derechos que este poseía en la sociedad. Así también, por este acto RODDY ALBERTO LLANCAPAN HERRERA, vende cede y transfiere, a “EMPRESA DE TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AVMA SpA”, el saldo de diez por ciento de acciones sociales que a aquel le corresponden en sociedad. De igual modo ANDRES PARDO ROJAS, vende cede y transfiere, a “EMPRESA DE TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AVMA SpA”, el saldo de diez por ciento de acciones sociales que a aquel le corresponden en la sociedad. Conforme ventas y cesiones señaladas, los socios y los porcentajes societarios son: a) DANIEL ANTONIO MARTINEZ HERRERA, dueño del 23,34% derechos sociales; b)VERONICA EDITH AVENDAÑO GALAZ, dueña del 33,34% de derechos sociales; c) DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO, dueño del 23,32% derechos sociales; d)“EMPRESA DE TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AVMA SpA”, dueña del 20% de derechos sociales. Comparecientes modifican primera parte artículo Octavo, pacto social primitivo, la representación de sociedad corresponderá ejercerla a VERONICA EDITH AVENDAÑO GALAZ, y DANIEL ANTONIO MARTINEZ AVENDAÑO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente con facultades y atribuciones que constan en clausula Octava del pacto social primitivo. En aquello no modificado por presente instrumento, queda plenamente vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Buin, 28 de Mayo 2018.-

最近登記事項

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE TRANSPORTES TAZA LIMITADA

    CVE 1413810

公司關係

公司人物Diario Oficial歷史關係(已結束)