有限責任公司76.085.278-3

Comercial Ingemed Limitada

MODIFICACIÓN — 2022年6月11日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
管理方式: actuando de manera conjunta y/o de forma separada e indistintamente cada una de ellas

資本

總資本

$3.300.000

實繳資本

$3.300.000

股東(2)

姓名持股比例

JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ

Socio

10.xxx.xxx-k

50%

CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ

Socio

50%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2009年12月30日

    Se constituye COMERCIAL INGEMED LIMITADA por Roxana Angélica Cardemil Suárez y Barbara Paulina Véliz Cardemil.

    ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ · BARBARA PAULINA VÉLIZ CARDEMIL

  2. 其他行為· 2013年10月18日

    La sociedad es modificada por escritura pública de 18 de octubre de 2013.

  3. 其他行為· 2017年1月1日

    La sociedad es nuevamente modificada; el extracto se inscribe en 2017.

  4. 權益轉讓· 2022年5月24日

    Roxana Angélica Cardemil Suárez cede el 30% de sus derechos a Camila Isabel Hernández Véliz.

    ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ · CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ

  5. 權益轉讓· 2022年5月24日

    Joanna Andrea Richards Santibáñez cede el 20% de sus derechos a Camila Isabel Hernández Véliz.

    JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ · CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ

  6. 股東退出· 2022年5月24日

    Roxana Angélica Cardemil Suárez deja de ser socia de la compañía.

    ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ

摘要官方正文

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Titular 19ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 341, oficina 352, Santiago, certifica: Por escritura de fecha 24 de Mayo del 2022, Repertorio Nº 31.226, suscrita ante el Notario Público Titular de la 19ª Notaria de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, comparecen: /A/ Doña ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ, chilena, enfermera, divorciada, cédula de identidad número ocho millones doscientos siete mil novecientos cincuenta y tres guión K, domiciliada en calle Luis Pereira número un mil quinientos dos, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; /B/ Doña JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ, chilena, enfermera, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones trecientos cuatro mil trescientos setenta y seis guión K, domiciliada en calle Parque Puyehue Poniente número dos mil ciento cincuenta letra G, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y, /C/ Doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ, chilena, cirujano dentista, soltera, domiciliada en calle Alerce Andino Sur número ocho mil novecientos cincuenta y cuatro, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quienes acuerdan y exponen: Por escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil nueve, otorgada en la notaria de Santiago de don René Benavente Cash, doña ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ y doña BARBARA PAULINA VÉLIZ CARDEMIL constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL INGEMED LIMITADA”. Un extracto de la escritura de constitución se inscribió a fojas dos mil trescientos veintiocho número mil seiscientos catorce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez. Posteriormente fue modificada por escritura pública de fecha dieciocho de octubre del año dos mil trece, celebrada ante Juan Francisco Álamos Ovejero, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa y tres número sesenta y un mil seiscientos seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil trece. Por último, la Sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública celebrada ante Myriam Amigo Arancibia, Notario Público de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas doce mil dos número seis mil setecientos tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete; en cuanto: UNO/ Compraventa y precio. Por el presente instrumento, y estando presente todos los socios de la Sociedad, se establece que: /A/ Doña ROXANA ANGÉLICA CARDEMIL SUÁREZ, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede, y transfiere doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ, un treinta por ciento de los derechos sociales que tiene en COMERCIAL INGEMED LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de un millón ciento noventa y dos mil doscientos setenta y siete pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente; y /B/ Doña JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede, y transfiere doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ un veinte por ciento de los derechos sociales que tiene en COMERCIAL INGEMED LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de setecientos noventa y cinco mil ochocientos sesenta y seis pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente; DOS/ En la cesión de derechos precedentemente referida, se entiende comprendidos, en la proporción que corresponde, todo derecho que a cualquier título tenga el cedente en la sociedad, incluidos aquellos que pudieren corresponderle en el resultado del ejercicio comercial del año dos mil veintidós. TRES/ Como consecuencia de la cesión de derechos, han quedado como únicos socios de COMERCIAL INGEMED LIMITADA, las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: /A/ Doña JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y /B/ Doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; CUATRO/ De acuerdo a la venta de derechos efectuada en el presente documento, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL INGEMED LIMITADA, acuerdan modificar los Estatutos Sociales en los siguientes términos: /A/ Se reemplaza íntegramente el Artículo Quinto, relativo al capital social, por el siguiente: "QUINTO: El Capital de la sociedad es la cantidad de tres millones trescientos mil pesos, que los socios enteran de la siguiente manera: Uno. Doña JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ, con la cantidad de un millón seiscientos cincuenta mil pesos, ya pagados. Dos. Doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ, con la cantidad de un millón seiscientos cincuenta mil pesos, pagados. /B/ Por otra parte, los socios acuerdan modificar los estatutos en relación a la administración de la Sociedad, que en adelante se ejercerá por doña JOANNA ANDREA RICHARDS SANTIBÁÑEZ y por doña CAMILA ISABEL HERNÁNDEZ VÉLIZ, actuando de manera conjunta y/o de forma separada e indistintamente cada una de ellas. En razón de lo anterior, se reemplaza íntegramente el artículo “Séptimo” de los Estatutos Sociales, referente a la administración u uso de la razón social; CINCO/ En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en especial en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de JUNIO de 2022. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente.-

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