個人有限責任企業76.072.451-3

Agricola Jose Hernan Gajardo Bustos Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

MODIFICACIÓN — 2016年12月21日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2016-12-21查看 PDF(CVE 1153414)

公司資料

SpA
San Carlos, Ñuble

公司目的

empresa del giro de su denominación

法定代理(1)

JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS

代表 AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA76.072.451-3

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2009年6月11日

    Se menciona el estatuto social original de fecha 11 de junio de 2009.

  2. 公司形式轉換· 2016年12月5日

    Se publicó la transformación de la empresa individual a sociedad por acciones.

    AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

摘要官方正文

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario, Tercera Notaría Chillán, Paseo Arauco 620, Certifico: Por escritura pública de fecha 13-12-2016, suscrita ante mí: JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, agricultor, en representación según se acreditó de AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, empresa del giro de su denominación, RUT. 76.072.451-3, con domicilio en la ciudad de San Carlos. Que por escritura pública de fecha 29-11-2016, repertorio 4941, otorgada ante este mismo Notario que autorizo, suscribió ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFORMACION DE E.I.R.L. A SOCIEDAD por ACCIONES, cuya razón social es AGRICOLA JOSE HERNAN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, RUT. 76.072.451-3, nombre de fantasía “AGRICOLA MONTEVERDE E.I.R.L.”, publicada en el Diario Oficial con fecha 05-12-2016, edición N°41.625.- Que mediante escritura extractada, se rectificó y complementó lo siguiente: Uno) Clausula Tercero. Donde dice: (…) TERCERO: Se indicó que los bienes que forman el haz hereditario ubicados en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 32,93 hectáreas, compuesto de tres Lotes: de una superficie 32,93, son los siguientes: UNO: Lote A de 22,83 hectáreas que tiene los siguientes deslindes según sus títulos: Norte: camino de acceso que lo separa de Hernán Gajardo, ESTE: camino de acceso que lo separa de José Maureira y Lote B de la misma propiedad, SUR: camino público de San Camilo a Ninquihue y José Maureira en línea quebrada separado por cerco y Oeste: Jorge Chandía Daza y Lidia Ester Rifo Sanhueza, separado por cerco. Lote B: de 5,20 hectáreas que deslinda: Norte y Este: José Maureira, separado por cerco, Sur: camino público de San Camilo a Ninquihue que lo separa del Lote C de la misma propiedad; Oeste: camino de acceso que lo separa de la misma propiedad. Lote C: de 4,90 hectáreas y deslinda: Norte: con camino público de Ninquihue a San Camilo, que lo separa de los Lotes A y B de la misma propiedad; Este: Julio Elgueta, separado por cerco, Sur: Samuel Jiménez, separado por cerco, Oeste: José Maureira, separado por cerco. Los lotes figuran inscritos en especial de herencia a fojas 3107 N°4128, del Registro de Propiedad de cargo del señor Conservador de Bienes Raíces de San Carlos correspondiente al año 2006s. Su rol de Avalúos es el número 1332-30 comuna San Carlos. Los derechos se avaluaron en su oportunidad en la suma de $8.000.000.-, por cada uno de los lotes. DOS: Inmueble ubicado en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 82 hectáreas y 57 áreas que tiene los siguientes deslindes: Norte: antes Lorenzo Valdés hoy Francisco Quilodrán, con propiedad de Pedro Briones y con Hijuela de Francisco Quilodrán, canal Santa Rosa de por medio, Sur: Hijuela A del fundo Monte Verde de doña Delia Riffo, Monte y canal de por medio, Oriente: antes Lazcano hoy Fundo Santa Rosa de Urrutia y las Luces Labrín y propiedad de Pedro Briones y sucesión Rubio. Este inmueble se encuentra inscrito a fojas 3797 N°2695 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos del año 2006. Su rol de Avalúos es el 1332-15, de la comuna de San Carlos. Derechos avaluados en la suma de $15.000.000.- Tres: Derechos de aprovechamiento, inscrito en especial de herencia de aguas a fojas 490 N°466 y fojas 491 N°467, del Registro de Aguas del Conservador de San Carlos y del años 2008, y que corresponde a cinco acciones del canal Lurin, provenientes del Río Ñuble y derrames inscritos equivalentes a cuarenta y cuatro litros por segundo provenientes del Fundo el Rosario, sector casas de Pomuyelo. Derechos avaluados en la cantidad de $2.503.203. Dos) cláusula Séptimo, donde dice (….) SÉPTIMO: Transformación de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad por Acciones. Agrícola José Hernán Gajardo Bustos Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, por este acto viene en modificar su naturaleza social y jurídica pasando, en consecuencia, de ser una empresa individual de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones, según las estipulaciones que siguen manteniéndose en lo que no se viene en modificar en los párrafos y cláusulas que siguen por lo dispuesto en el estatuto social de fecha once de junio de dos mil nueve, repertorio número mil trescientos noventa y uno del año dos mil nueve, escrita a fojas ochocientos cincuenta y nueve y siguientes. (…). Uno) clausula tercero, debe decir: “TERCERO: Se indicó que los bienes que forman el haz hereditario ubicados en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 32,93 hectáreas, compuesto de tres Lotes: de una superficie 32,93 hectáreas, son los siguientes: UNO: Lote A de 22,83 hectáreas que tiene los siguientes deslindes según sus títulos: Norte: camino de acceso que lo separa de Hernán Gajardo, ESTE: camino de acceso que lo separa de José Maureira y Lote B de la misma propiedad, SUR: camino público de San Camilo a Ninquihue y José Maureira en línea quebrada separado por cerco y Oeste: Jorge Chandía Daza y Lidia Ester Rifo Sanhueza, separado por cerco. Lote B: de 5,20 hectáreas que deslinda: Norte y Este: José Maureira, separado por cerco, Sur: camino público de San Camilo a Ninquihue que lo separa del Lote C de la misma propiedad; Oeste: camino de acceso que lo separa de la misma propiedad. Lote C: de 4,90 hectáreas y deslinda: Norte: con camino público de Ninquihue a San Camilo, que lo separa de los Lotes A y B de la misma propiedad; Este: Julio Elgueta, separado por cerco, Sur: Samuel Jiménez, separado por cerco, Oeste: José Maureira, separado por cerco. Los lotes figuran inscritos a fojas 3107 N°2165, del Registro de Propiedad de cargo del señor Conservador de Bienes Raíces de San Carlos correspondiente al año 2009. Su rol de Avalúos es el número 1332-30 de la comuna de San Carlos. Los derechos se avaluaron en su oportunidad en la suma de ocho millones de pesos, por cada uno de los lotes. DOS: Inmueble ubicado en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 82 hectáreas y 57 áreas que tiene los siguientes deslindes: Norte: antes Lorenzo Valdés hoy Francisco Quilodrán, con propiedad de Pedro Briones y con Hijuela de Francisco Quilodrán, canal Santa Rosa de por medio, Sur: Hijuela A del fundo Monte Verde de doña Delia Riffo, Monte y canal de por medio, Oriente: antes Lazcano hoy Fundo Santa Rosa de Urrutia y las Luces Labrín y propiedad de Pedro Briones y sucesión Rubio. Este inmueble se encuentra inscrito a fojas 3108 N°2166 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos del año 2009. Su rol de Avalúos es el 1332-15, de la comuna de San Carlos. Derechos avaluados en la suma de $15.000.000.- Tres: Derechos de aprovechamiento, inscritos a fojas 391 N°363, y fojas 392 N°364, del Registro de Aguas del Conservador de San Carlos y del años 2009, y que corresponde a cinco acciones del canal Lurin, provenientes del Río Ñuble y derrames inscritos equivalentes a cuarenta y cuatro litros por segundo provenientes del Fundo el Rosario, sector casas de Pomuyelo. Derechos avaluados en la cantidad de $2.503.203. Dos) cláusula Séptimo debe decir: SÉPTIMO: Transformación de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad por Acciones. Agrícola José Hernán Gajardo Bustos Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, por este acto viene en modificar su naturaleza social y jurídica pasando, en consecuencia, de ser una empresa individual de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones, según las estipulaciones que siguen manteniéndose en lo que no se viene en modificar en los párrafos y cláusulas que siguen por lo dispuesto en el estatuto social de fecha once de junio de dos mil nueve, repertorio número mil trescientos noventa y uno del año dos mil nueve, escrita a fojas ochocientos cincuenta y nueve y siguientes. Las Empresas individuales no podrán convertirse en sociedades de cualquier naturaleza, ni las sociedades aportar a otra u otras todo su Activo y Pasivo o fusionarse, sin dar aviso de término de giro. Sin embargo, no será necesario dar aviso de término de giro en los casos de empresas individuales que se convierten en sociedades de cualquier naturaleza, cuando la sociedad que se crea se haga responsable solidariamente en la respectiva escritura social de todos los impuestos que se adeudaren por la empresa individual, relativos al giro o actividad respectiva. En lo no rectificado y complementado se mantienen inalteradas las demás cláusulas y estipulaciones de la Escritura Pública rectificada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Chillán, 13-12-2016.

變更Diario Oficial · 2016-12-05查看 PDF(CVE 1145759)

公司資料

SpA
San Carlos, Ñuble
管理方式: JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, amplias facultades

公司目的

explotación agrícola, forestal y ganadera en su más amplia acepción, de predios de que sea o llegue a ser dueño, o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; todo lo relacionado con la agroindustria y, por lo mismo, la elaboración, fabricación de productos cuya materia prima fundamentalmente sean productos agrícolas o ganaderos; la venta, explotación, comercialización, exportación y distribución de todo tipo de bienes obtenidos en las actividades mencionadas precedentemente; arriendo, contratación y subcontratación de maquinaria agrícola; así como todas las otras actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y, en general, celebrar y/o ejecutar cualquiera otra actividad que el constituyente acuerde

資本

總資本

$41.503.203

股份

100

管理人(1)

JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS

7.xxx.xxx-8Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2009年6月11日

    Se constituyó la E.I.R.L. AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de fantasía AGRÍCOLA MONTE VERDE E.I.R.L.

    JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS

  2. 公司形式轉換· 2016年11月29日

    La E.I.R.L. se transformó en una sociedad por acciones, pasando a AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS S.p.A., de fantasía AGRÍCOLA MONTE VERDE SpA.

    JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS

摘要官方正文

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, abogado, Notario Público de Chillán, Paseo Arauco N° 620, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, C.I. 7.711.129-8, en su calidad de representante, según se acreditó, de AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, empresa del giro de su denominación, RUT.76.072.451-3, suscrita con fecha 11-06-2009 ante don Manuel Bravo Bravo, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, e inscrita en el Registro de Comercio de San Carlos a fojas 75, N°59 año 2009 transformó E.I.R.L. a una SpA. Con fecha 11-06-2009, ante Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, don Manuel Bravo Bravo, el compareciente constituyó E.I.R.L. cuyo nombre o razón social corresponde a AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA , nombre de fantasía AGRÍCOLA MONTE VERDE E.I.R.L., se estableció que el domicilio social sería el Fundo Monteverde, ubicado en Sector de Ninquihue, comuna San Carlos. Se estableció que el capital social estaba representado por la cuota hereditaria del compareciente, en la sucesión de su madre doña Silvia Graciela Bustos Rifo según consta de la inscripción de la posesión efectiva de dicha causante, practicada a fojas 3066 N°2268 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San Carlos, año 2006. La cuota en la sucesión en referencia es de un tercio, esto es un 33,33%. Se indicó que los bienes que forman el haz hereditario ubicados en Ninquihue, comuna de San Carlos, son los siguientes: UNO: Lote A de 22,83 hectáreas. Lote B: de 5,20 hectáreas. Lote C: de 4,90 hectáreas. Los lotes figuran inscritos en especial de herencia a fojas3071 N° 4128, Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San Carlos, año 2006. Su rol de Avalúos es el número 1332-30 comuna San Carlos. Los derechos se avaluaron en su oportunidad en la suma de $8.000.000.-, por cada uno de los lotes. DOS: Inmueble ubicado en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 82 hectáreas y 57 áreas. Este inmueble se encuentra inscrito a fojas 3797 N° 2695 Registro de Propiedad Conservador de Bienes Raíces San Carlos año 2006. Su rol de Avalúos es el 1332-15, comuna de San Carlos. Derechos avaluados en la suma de $15.000.000.-. TRES: Derechos de aprovechamiento, inscrito en especial de herencia de aguas a fojas 490 N° 476, y fojas 491N° 467, Registro de Aguas del Conservador de San Carlos del año 2008, y que corresponde a 5 acciones del canal Lurin, provenientes del Río Ñuble y derrames inscritos equivalentes a 44 litros por segundo provenientes del Fundo el Rosario, sector casas de Pomuyelo. Derechos avaluados en la cantidad de $2.503.203.- Se estableció en dicha escritura que el capital de la empresa correspondía al aporte en dominio que hizo el compareciente de la cuota hereditaria aludida en las cláusula anteriores de la presente escritura y, que recae, sobre los inmuebles antes individualizados y derechos de aprovechamiento de aguas que corresponden a un tercio sobre dichos bienes. Este aporte en dominio el compareciente, en su oportunidad, lo avaluó en la suma de $41.503.203.- En la escritura social de constitución de la Agrícola José Hernán Gajardo Bustos EIRL, se expuso que el objeto de la empresa era la explotación agrícola, forestal y ganadera en su más amplia acepción, de predios de que sea o llegue a ser dueño, o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; todo lo relacionado con la agroindustria y, por lo mismo, la elaboración, fabricación de productos cuya materia prima fundamentalmente sean productos agrícolas o ganaderos; la venta, explotación, comercialización, exportación y distribución de todo tipo de bienes obtenidos en las actividades mencionadas precedentemente; arriendo, contratación y subcontratación de maquinaria agrícola: así como todas las otras actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y, en general, celebrar y/o ejecutar cualquiera otra actividad que el constituyente acuerde. Se estableció que la representación y administración de la empresa correspondería a don JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, amplias facultades. Transformación de E.I.R.L. a SpA. Agrícola José Hernán Gajardo Bustos Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, Modificó su naturaleza social y jurídica pasando, en consecuencia, de ser una empresa individual de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, constituyó una sociedad por acciones. El nombre y la razón social: AGRÍCOLA JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS S.p.A, nombre de fantasía AGRÍCOLA MONTE VERDE SpA. DOMICILIO: San Carlos, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: explotación agrícola, forestal y ganadera en su más amplia acepción, de predios de que sea o llegue a ser dueño, o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; todo lo relacionado con la agroindustria y, por lo mismo, la elaboración, fabricación de productos cuya materia prima fundamentalmente sean productos agrícolas o ganaderos; la venta, explotación, comercialización, exportación y distribución de todo tipo de bienes obtenidos en las actividades mencionadas precedentemente; arriendo, contratación y subcontratación de maquinaria agrícola: así como todas las otras actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y, en general, celebrar y/o ejecutar cualquiera otra actividad que el constituyente acuerde. CAPITAL.- representado por la cuota hereditaria del compareciente, en la sucesión de su madre doña Silvia Graciela Bustos Rifo según consta de la inscripción de la posesión efectiva de dicha causante, practicada a fojas 3066 N°2268 Registro Propiedad CBR San Carlos, año 2006. La cuota en la sucesión en referencia es de un tercio, esto es un 33,33%. Se indicó que los bienes hereditario ubicados en Ninquihue, comuna de San Carlos, son los siguientes: UNO: Lote A de 22,83 hectáreas. Lote B: de 5,20 hectáreas. Lote C: de 4,90 hectáreas, inscritos a fojas 3071 N° 4128, Registro Propiedad CBR San Carlos, año 2006. Rol Avalúo 1332-30 comuna de San Carlos avaluados en la suma de $8.000.000.-, por cada uno de los lotes. DOS: Inmueble ubicado en Ninquihue, comuna de San Carlos, de una superficie de 82 hectáreas y 57 áreas, inscrito a fojas 3797 N° 2695 Registro de Propiedad CBR San Carlos año 2006. Rol Avalúo 1332-15, comuna de San Carlos. Derechos avaluados en la suma de $15.000.000.-. TRES: Derechos de aprovechamiento de aguas, inscritos a fojas 490 N° 476, y fojas 491N° 467, Registro de Aguas del CBR San Carlos del año 2008, Derechos avaluados en la cantidad de $2.503.203.- Se estableció en dicha escritura que el capital de la empresa correspondía al aporte en dominio que hizo el compareciente de la cuota hereditaria aludida y, que recae, sobre los inmuebles antes individualizados y derechos de aprovechamiento de aguas que corresponden a un tercio sobre dichos bienes. Este aporte en dominio el compareciente, en su oportunidad, lo avaluó en la suma de $41.503.203.-, capital dividido en 100 acciones ordinaria avaluadas cada una en la suma de 415.032 y cero tres centavos, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, sin que sea necesario imprimir láminas físicas, sin perjuicio del aumento de capital que el constituyente en cualquier momento decida en contrario. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. ADMINISTRACION: JOSÉ HERNÁN GAJARDO BUSTOS, amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 29-11-2016.-

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