有限責任公司76.040.246-K

Banquetera Y Eventos Arkanos Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年11月30日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-11-30查看 PDF(CVE 1690311)

公司資料

SpA

資本

總資本

$600.000

實繳資本

$600.000

待繳資本

$0

股份

1,000

股東(7)

姓名持股比例

NATALIA MARIA DEL CARMEN MORALES GUZMAN

Accionista

15.xxx.xxx-8

1%

JORGE ANDRÉS MORALES GUZMÁN

Accionista

12.xxx.xxx-9

11%

SERGIO ANDRÉS RUIZ OPORTUS

Accionista

12.xxx.xxx-4

18%

LUZ MERCEDES MOYANO GARCÍA

Accionista

7.xxx.xxx-6

15%

ANA MARÍA TORRES ASTORGA

Accionista

5.xxx.xxx-5

7%

MARIA ÁNGELES PLÁ TORRES

Accionista

10.xxx.xxx-5

10%

INVERSIONES Y TECNOLOGÍA S.A.

Accionista

96.918.070-7

38%

法定代理(5)

ANDRÉS EDUARDO KELLER QUITRAL

8.xxx.xxx-7代表 INVERSIONES Y TECNOLOGÍA S.A.96.918.070-7

公報所載公司沿革

  1. 公司形式轉換· 2019年5月15日

    Se alude a una escritura previa de transformación/estatutos nuevos de la sociedad.

    BANQUETERA Y EVENTOS ARKANOS LIMITADA

摘要官方正文

Raúl Undurraga Laso, Notario Público, 29ª Notaría de Santiago, Mac - Iver Nº 225, oficina 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 15 de Noviembre de 2019, ante mí, Uno) doña NATALIA MARIA DEL CARMEN MORALES GUZMAN, chilena, quien declara ser soltera, psicopedagoga, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos nueve guión ocho, representada por don JAVIER IGNACIO MORALES GUZMÁN, chileno, quien declara ser soltero, empleado, cédula nacional de identidad número trece millones cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y seis guión dos, ambos domiciliados en Avenida Cristóbal Colón número siete mil departamento G noventa y dos, de la Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Dos) don JORGE ANDRÉS MORALES GUZMÁN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos veinte guión nueve, domiciliado en calle Del Mirador número dos mil doscientos cincuenta y cinco, departamento setecientos uno de la Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; Tres) don SERGIO ANDRÉS RUIZ OPORTUS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos veintisiete mil setecientos sesenta y cuatro guión cuatro, domiciliado en Camino Turístico número once mil ochocientos veinte departamento quinientos tres A de la Comuna de Las Condes; Cuatro) doña LUZ MERCEDES MOYANO GARCÍA, chilena, profesora, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones ciento cuarenta y nueve mil ciento cinco guión seis, representada por don FRANCISCO JAVIER TORRES ASTORGA, quien declara ser casado y separado totalmente de bienes, empleado y cédula nacional de identidad número ocho millones veinticuatro mil trescientos noventa y siete guión nueve ambos domiciliados en calle Del Agua número setenta y cinco, de la Comuna de Viña del Mar; Cinco) doña ANA MARÍA TORRES ASTORGA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula nacional de identidad número cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos cincuenta y siete guión cinco domiciliada en calle Domingo Faustino Sarmiento trescientos ochenta y siete de la Comuna de Ñuñoa quien comparece debidamente representada por don PABLO JUAN JORGE PLÁ PARÉS, Cédula Nacional de Identidad Nº 4.692.932-0; Seis) doña MARÍA ANGELES PLÁ TORRES, chilena, soltera, artista multimedia, Cédula Nacional de Identidad número diez millones novecientos sesenta y tres mil veintidós guión cinco, domiciliada en calle Domingo Faustino Sarmiento trescientos ochenta y siete de la Comuna de Ñuñoa; Siete) e INVERSIONES Y TECNOLOGÍA S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y seis millones novecientos dieciocho mil setenta guión siete, representada por don JORGE ANDRES MORALES GUZMAN, ya individualizado, en adelante también "INVETEC", ambos domiciliados, para estos efectos, en calle Do mingo Faustino Sarmiento trescientos ochenta y siete, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, todos los anteriores representados por don ANDRÉS EDUARDO KELLER QUITRAL, chileno, soltero, abogado, Cédula Nacional de Identidad número 8.718.797-7, domiciliado en Av. Pdte. Kennedy 5600, Vitacura, rectificaron y sanearon sociedad de responsabilidad limitada denominada BANQUETERA Y EVENTOS ARKANOS LIMITADA, hoy BANQUETERA Y EVENTOS ARKANOS SpA Las rectificaciones y saneamiento son: Uno) En el Artículo Cuarto de los nuevos Estatutos contenidos en la Cláusula Séptima de la referida escritura pública de fecha 15 de mayo de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, bajo el repertorio Nº 2993, se señala que el capital de la sociedad es la suma de de un millón de pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y se pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios; cuando lo correcto es señalar que el capital de la sociead es la suma de seiscientos mil pesos, que se divividen en mil acciones; quedando, en consecuencia, el referido artículo cuarto como sigue: "ARTÍCULO CUARTO : El capital de la sociedad será la cantidad de seiscientos mil pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y se pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios" Dos.) Asimismo, en el artículo primero transitorio de los nuevos Estatutos, contenidos en escritura pública de fecha 15 de mayo de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, bajo el repertorio Nº 2993so, se indica que el capital de la sociedad ascendente a un millón pesos, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga en este acto de la siguiente manera: la accionista doña NATALIA MARIA DEL CARMEN MORALES GUZMAN, suscribe diez acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto; el accionista don JORGE ANDRÉS MORALES GUZMÁN suscribe ciento diez acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto; el accionista don SERGIO ANDRÉS RUIZ OPORTUS suscribe ciento ochenta acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto; la accionista doña LUZ MERCEDES MOYANO GARCÍA suscribe ciento cincuenta acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto; la accionista ANA MARÍA TORRES ASTORGA, suscribe setenta acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto; la accionista MARIA ÁNGELES PLÁ TORRES, suscribe cien acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto. En tanto que la accionista INVERSIONES Y TECNOLOGÍA S.A, suscribe, por medio de su representante, trescientos ochenta acciones a un valor de suscripción de mil pesos por acción y paga al contado y en dinero efectivo en este acto Con esto, el capital de la Sociedad ha quedado totalmente suscrito y pagado, cuando lo correcto es señalar lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a diez millones de pesos pesos, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga en este acto de la siguiente manera: la accionista doña NATALIA MARIA DEL CARMEN MORALES GUZMAN, suscribe diez acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma; el accionista don JORGE ANDRÉS MORALES GUZMÁN suscribe ciento diez acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma; el accionista don SERGIO ANDRÉS RUIZ OPORTUS suscribe ciento ochenta acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma; la accionista doña LUZ MERCEDES MOYANO GARCÍA suscribe ciento cincuenta acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma; la accionista ANA MARÍA TORRES ASTORGA, suscribe setenta acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma; la accionista MARIA ÁNGELES PLÁ TORRES, suscribe cien acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma. En tanto que la accionista INVERSIONES Y TECNOLOGÍA S.A, suscribe, por medio de su representante, trescientos ochenta acciones a un valor de suscripción de seiscientos pesos por acción y paga con cargo a los derechos sociales que tenía en la sociedad que se transforma. Con esto, el capital de la Sociedad ha quedado totalmente suscrito y pagado." . Se facultó portador de copia autorizada de este extracto para legalización. Santiago, 22 de Noviembre de 2019.

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