有限責任公司76.031.200-2

Mr Computación Y Comunicaciones Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年11月20日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Los Ángeles, Biobío

公司目的

La importación y/o exportación, venta y arriendo de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica, tanto propios o ajenos; la prestación de servicios de reparación, mantención de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica por cuenta propia o ajena; la compra, venta de artículos de librería, papelería, artículos de oficina y bazar; el alquiler de maquinaria y equipo agropecuario forestal de construcción e ingeniería civil, sin operarios; alquiler de otros tipos de maquinarias y equipos sin operario N.C.P.; otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P.; venta al por menor de vehículos automotores, sean estos nuevos o usados; y cualquier otra actividad relacionada acordada por los socios.

資本

總資本

$3.000.000

實繳資本

$3.000.000

股東(2)

姓名持股比例

MIGUEL ADOLFO RIVAS PEREZ

Socio

95%

JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA

Socio

5%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2003年11月11日

    Se constituye MR COMPUTACIÓN Y COMUNICACIONES LIMITADA con capital inicial de $3.000.000 y socios Miguel Adolfo Rivas Pérez y Olga Francisca Pérez Pérez.

    MIGUEL ADOLFO RIVAS PEREZ · OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ

  2. 權益轉讓· 2019年11月15日

    Olga Francisca Pérez Pérez cede el 75% de sus derechos sociales a Miguel Adolfo Rivas Pérez y el 5% a Johana Cristina Pulgar Urrutia.

    OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ · MIGUEL ADOLFO RIVAS PEREZ · JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA

  3. 股東加入· 2019年11月15日

    Johana Cristina Pulgar Urrutia ingresa a la sociedad.

    JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA

  4. 股東退出· 2019年11月15日

    Olga Francisca Pérez Pérez se retira de la sociedad.

    OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ

摘要官方正文

LUIS EDUARDO SOLAR BACH, Abogado, Notario Público, Titular de Los Angeles, y su territorio jurisdiccional, con domicilio en esta ciudad, calle Lautaro N° 325, oficinas 4 y 5, certifico, que por escritura otorgada ante mí, con fecha 15 de Noviembre de 2019, don MIGUEL ADOLFO RIVAS PEREZ, empresario, domiciliado en Avenida Ricardo Vicuña 642, Los Ángeles; OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ, pensionada, domiciliada calle Los Álamos 26, Población Kennedy, Los Ángeles, y JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA, Administradora Publica, domiciliada en Avenida Ricardo Vicuña 642, Los Ángeles; los comparecientes, Chilenos, mayores de edad, declaran que vienen en modificar sociedad: PRIMERO: ANTECEDENTES: UNO: Que escritura pública 11/11/2003, otorgada Los Ángeles ante Selim Parra Fuentealba, Abogado, Notario Público titular Los Ángeles Repertorio 5706-03, extracto publicado D.O fecha 26/11/2003, los comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social “MR COMPUTACIÓN Y COMUNICACIONES LIMITADA”.- DOS: capital inicial ascendió a $3.000.000, aportados de la forma siguiente: 1) MIGUEL ADOLFO RIVAS PÉREZ, aporta el 20% capital, es decir, $600.000, que enteró contado y dinero efectivo, ingresados caja social; y 2) OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ aportó 80% capital, es decir, $2.400.000, que enteró con aporte en dominio de especies usadas, avaluadas en la suma señalada. TRES: El objeto de la sociedad al momento de constituirse era: a) La importación y/o exportación, venta y arriendo de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica, tanto propios o ajenos; b) la prestación de servicios de reparación, mantención de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica por cuenta propia o ajena; c) La compra, venta de artículos de librería, papelería, artículos de oficina y bazar; y d) Con todo, los socios podrán desarrollar cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. CUATRO: Sociedad inscribió fs. 556, Nro 365, del Registro Comercio del C.B.R. de Los Ángeles, año 2003.- CINCO: sociedad asignó R.U.T. Nro 76.031.200-2.- SEGUNDO: MODIFICACION: Por presente instrumento, los socios referida sociedad, MIGUEL ADOLFO RIVAS PÉREZ y OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ, vienen en modificar sociedad responsabilidad limitada antes referida en siguiente sentido: UNO).- CESION DE DERECHOS: OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, esto es: A).- El 75% de sus derechos sociales a MIGUEL ADOLFO RIVAS PÉREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma única y total de $2.812.500, que son pagados por el cesionario a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibir dicha suma conforme y a su entera conformidad; y B). El 5% de sus derechos sociales a JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma única y total de $187.500, que son pagados por el cesionario a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibir dicha suma conforme y a su entera conformidad; y DOS).- AMPLIACION DE GIROS: del mismo modo, los comparecientes acuerdan ampliar el giro de la sociedad, quedando la sociedad con los siguientes giros o actividades: a) La importación y/o exportación, venta y arriendo de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica, tanto propios o ajenos; b) la prestación de servicios de reparación, mantención de equipos computacionales, equipos de comunicaciones, electricidad y electrónica por cuenta propia o ajena; c) La compra, venta de artículos de librería, papelería, artículos de oficina y bazar; d) El alquiler de maquinaria y equipo agropecuario forestal de construcción e ingeniería civil, sin operarios; e). Alquiler de oros tipos de maquinarias y equipos sin operario N.C.P.; f).- Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P., g).- Venta al por menor de vehículos automotores, sean estos nuevos o usados, h). Con todo, los socios y/o accionistas podrán desarrollar cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden.- TERCERO: Con motivo de las modificaciones referidas en la cláusula segunda precedente JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA, ingresa a sociedad singularizada en cláusula Primera precedente, con la aquiescencia del otro socio.- Del mismo modo, como consecuencia de lo expuesto precedente, doña OLGA FRANCISCA PÉREZ PÉREZ, se retira de la sociedad tantas veces referida, quedando en consecuencia con la presente modificación la sociedad compuesta única y exclusivamente por su representante legal don MIGUEL ADOLFO RIVAS PÉREZ, con un noventa y cinco por ciento del capital social y doña JOHANA CRISTINA PULGAR URRUTIA, con un cinco por ciento del capital social.- CUARTO: Los comparecientes expresan que en la presente cesión, se comprenden todos los derechos, bienes, utilidades, participaciones y haberes presentes o futuros que le correspondan o pudieren corresponderle a la cedente de la sociedad, especialmente, sus cuotas en el capital, fondo de utilidades no repartidas, fondo de revalorización o de cualquier otra naturaleza.- QUINTO: En todo lo demás, rige la escritura de constitución social de fecha once de noviembre del año dos mil tres, otorgada en la ciudad de Los Ángeles ante el Notario ya fallecido de la ciudad de Los Angeles, don Selim Parra Fuentealba.- LOS ANGELES, 15 de Noviembre del 2019.-

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