股份有限公司76.030.310-0

Segal S.A.

MODIFICACIÓN — 2020年11月28日

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公司資料

S.A.
Santa Lucia 232, oficina 41

資本

總資本

$91.174.251

實繳資本

$91.174.251

待繳資本

$0

股份

24,512

股東(2)

姓名持股比例

Teresa María Smart Flores

Accionista

-

Carolina Lourdes Vilches

Accionista

-

摘要官方正文

GUSTAVO MONTERO MARTI, Abogado, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico que: Que en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de septiembre de 2020, celebrada ante mí, de la sociedad SEGAL S.A. (la “Sociedad”), inscrita a fojas 34.803, número 26.333 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2003, cuya acta se redujo a escritura pública con la misma fecha ante mí, bajo el Repertorio N° 7.979-2020, sus actuales y únicos accionistas, a saber, doña Teresa María Smart Flores y doña Carolina Lourdes Vilches, ambas domiciliadas para estos efectos en Santa Lucia 232, oficina 41, comuna de Santiago; concurrentes a la Junta, acordaron por unanimidad: /i/ la fusión por incorporación de las sociedades Inversiones Segal V Región S.A. y Servicios Legales Segal Quinta Región y Compañía Limitada con y en la Sociedad, pasando esta última a adquirir la totalidad de los respectivos activos, pasivos, y patrimonio de las dos primeras sociedades, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones. Como consecuencia de la fusión, se incorporan como accionistas de la Sociedad, los socios de Servicios Legales Segal Quinta Región y Compañía Limitada y los accionistas de Inversiones Segal V Región S.A. en virtud de la relación de canjea aprobada por la Sociedad en la respectiva escritura. /ii/Dar cuenta que en virtud de la fusión, tuvo lugar un aumento de capital en la Sociedad por la suma de $68.038.364.- correspondiente al capital de las sociedades Inversiones Segal V Región S.A. y Servicios Legales Segal Quinta Región y Compañía Limitada, quedando el capital de la Sociedad luego de la fusión en la suma total de $91.174.251 dividido en 24.512 nuevas acciones, para efectos de incorporar a los socios y accionistas de las sociedades Servicios Legales Segal Quinta Región y Compañía Limitada e Inversiones Segal V Región S.A. según la relación de cambio señalada en la escritura; /iii/ Modificar el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, cuyo texto será sustituido por los siguiente: "ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de noventa y un millones ciento setenta y cuatro mil doscientos cincuenta y un pesos, dividido en veinticuatro mil quinientas doce acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes". “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad de noventa y un millones ciento setenta y cuatro mil doscientos cincuenta y un pesos, dividido en veinticuatro mil quinientas doce acciones, sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: /a/ con la suma de veintitrés millones ciento treinta y cinco mil ochocientos ochenta y siete pesos, cantidad que se encuentra íntegramente suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha; y /b/ Con la suma de sesenta y ocho millones treinta y ocho mil trescientos sesenta y cuatro pesos, cantidad que se encuentra íntegramente suscrita y pagada, correspondiente al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha treinta de septiembre de dos mil veinte a raíz de la fusión de la sociedad con Inversiones Segal V Región S.A., rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos diecinueve mil ciento veintiocho guion cinco y Servicios Legales Segal Quinta Región y Compañía Limitada, rol único tributario número setenta y seis millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos veintisiete guion dos, por incorporación de estas últimas en Segal S.A., la que por efecto de la fusión adquirió la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio.”.- Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Gustavo Montero Marti. Notario Público Suplente.

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