個人有限責任企業76.025.059-7

Transportes Y Comercial Jaime Del Carmen Rojas Rios E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 2019年5月24日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-05-24查看 PDF(CVE 1594694)

公司資料

Ltda
Molina, Maule
期限: Indefinida
管理方式: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ con amplias facultades

公司目的

El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, la adquisición de bienes raíces, su subdivisión, la venta por pisos o loteos, la construcción de inmuebles por cuenta propia o de terceros, como la explotación de los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, convenios, comodatos, usufructos y, en general, la ejecución de negocios inmobiliarios y arrendamiento de bienes raíces; la compra, venta, arrendamiento e inversión en bienes raíces, muebles, bienes de capital, capital mobiliario, acciones, derechos o participaciones en sociedades y en general realizar actividades generadoras de rentas; cualquier otro tipo de negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social ya indicado.

資本

總資本

$12.000.000

實繳資本

$12.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ

Socio

8.xxx.xxx-1

50%

ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN

Socio

16.xxx.xxx-4

25%

ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

Socio

17.xxx.xxx-9

25%

管理人(1)

BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ

8.xxx.xxx-1Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2008年1月1日

    Se constituyó la sociedad TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL.

    JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS

  2. 身故· 2018年1月3日

    Fallece JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, dejando como herederos a su cónyuge y dos hijos.

    JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS · BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ · ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN · ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

  3. 公司形式轉換· 2019年5月16日

    Los herederos transforman la EIRL en una sociedad de responsabilidad limitada denominada TRANSPORTES Y COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA.

    BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ · ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN · ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

摘要官方正文

RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina con oficio en calle Independencia 2001 comuna de Molina, certifico que con fecha 16 de mayo del año 2019 repertorio 519-2019, se redujo a escritura pública lo siguiente: RATIFICACION, SANEAMIENTO, MODIFICACION Y TRANSFORMACION DE SOCIEDAD “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS E.I.R.L.” a “TRANSPORTES Y COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1; doña ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, chilena, estado civil soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número 16.595.280-4; y don ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, chileno, empresario, estado civil soltero, cédula nacional de identidad número 17.508.657-9, todos domiciliados para estos efectos en Calle Libertad número 1279, comuna de Molina; Don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, empresario, chileno, fallecido (con fecha 3 de Enero del año 2018 ), cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, quien era casado con doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda del anterior, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1, y separada totalmente de bienes, todo lo anterior consta de duplicado de certificado de posesión efectiva, del Registro Civil e Identificación, inscripción 77957 año 2018 concedida por el Director Regional Región del Maule, resolución exenta 13488 de fecha 14 de Diciembre del 2018, dejando como herederos a su cónyuge sobreviviente y sus dos hijos entre otros bienes, el cien por ciento de la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, Rol Único Tributario N° 76.025.059-7; “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 32 vuelta Nº 29 del año 2008 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 32 vuelta Nº 29 del año 2008. El extracto de la referida sociedad se publicó en el Diario Oficial de Chile Nº 39.098, con fecha 27 de Junio del año 2008.- En razón de lo antes expuesto, corresponde que se tome nota marginal en la inscripción social fojas 32 vuelta número 29 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2008.- Lo anterior, lo es amparada en la escritura de constitución social de la Sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” RUT. 76.025.059-7 otorgada en la notaría de Curicó de don FERNANDO SALAZAR SALLORENZO, con el Repertorio Nº2.299-2008, del año 2008. La referida sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 32 vuelta Nº 29 del año 2008. RATIFICACION DE TODO LO OBRADO. Es del caso que la cláusula décima de la escritura social de la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, señala expresamente que: “En caso de fallecimiento del titular la empresa continuará con los herederos que a la sazón tuviese el constituyente quedando todos ellos a cargo tanto de la administración y del uso de la razón social en forma conjunta y con las mismas facultades señaladas en la cláusula cuarta de este instrumento.” Que venimos en señalar que por razones ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, no hemos podido manifestar nuestra voluntad de: continuar con la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y con la finalidad de regularizar la situación expuesta anteriormente en este instrumento, venimos como únicos integrantes de la sucesión quedada al fallecimiento del socio constituyente don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS en ratificar íntegra y plenamente todo lo obrado hasta el día de hoy, relativo a todos los actos jurídicos que dicen relación con el interés social, a modo de ejemplo y sin que la enunciación sea taxativa: actuaciones relativas a solicitar la posesión efectiva intestada del socio fallecido don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS ante el servicio de registro civil e identificación, actuaciones ante el servicio de impuestos internos, otorgamiento de poderes notariales, etc. SANEAMIENTO SOCIEDAD “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”. Los comparecientes en esta escritura, antes individualizados, todos mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con sus cédulas respectivas y exponen: Que vienen en sanear la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en el sentido que se señala: 1.-Que don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, empresario, chileno, fallecido (con fecha 3 de Enero del año 2018 ), cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, quien era casado con doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda del anterior, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1, y separada totalmente de bienes.-Don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, constituyó la Sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, la que quedó registrada en el Registro de Instrumentos Públicos de la Notaria de Curicó de don FERNANDO SALAZAR SALLORENZO, con el Repertorio Nº2.299-2008, del año 2008. La referida sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 32 vuelta Nº 29 del año 2008. El extracto de la referida sociedad se publicó en el Diario Oficial de Chile Nº Nº 39.098, con fecha 27 de Junio del año 2008. 2.- Que la cláusula décimo de la escritura social de la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, señala expresamente que: “En caso de fallecimiento del titular la empresa continuará con los herederos que a la sazón tuviese el constituyente quedando todos ellos a cargo tanto de la administración y del uso de la razón social en forma conjunta y con las mismas facultades señaladas en la cláusula cuarta de este instrumento”.-3.- Mediante el presente instrumento público, los comparecientes vienen en sanear la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, ya que venimos en señalar que por razones ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, no hemos podido manifestar nuestra voluntad de: continuar con la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y con la finalidad de regularizar la situación expuesta anteriormente en este instrumento, venimos como únicos integrantes de la sucesión quedada al fallecimiento del socio constituyente don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, en señalar expresamente nuestra intención de continuar con la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y tal como lo señala el artículo 1 inciso 3 de la ley de saneamiento de sociedades N° 19.499: “se consideran vicios formales aquellos que consisten en el incumplimiento de alguna solemnidad legal, tales como la inscripción o publicación tardía del extracto de la escritura…” , es por lo antes expuesto es que por este acto venimos en sanear el vicio que afecta a la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en razón de que por circunstancias ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, se nos había hecho imposible señalar lo siguiente: señalar expresamente nuestra intención de continuar con la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”.- 4.- En todo lo demás la escritura señalada en el número anterior, queda plenamente vigente.- MODIFICACION SOCIAL. Por medio del presente instrumento y a contar de su fecha los comparecientes vienen en: A) Actualizar los actuales socios bajo la circunstancia general del fallecimiento de él socio originario don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, ocurrido con fecha 3 de enero del año 2018. B) Que don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, falleció con fecha 3 de Enero del año 2018, dejando como herederos intestados a su cónyuge sobreviviente doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, y a sus dos hijos legítimos doña ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, y don ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, todo lo anterior consta de duplicado de certificado de posesión efectiva, del Registro Civil e Identificación N° inscripción 77957, año 2018 concedida por el Director Regional Región del Maule, resolución exenta 13488 de fecha 14 de Diciembre del 2018, dejando como herederos a su cónyuge sobreviviente y sus dos hijos, entre otros bienes, el cien por ciento de la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, Rol Único Tributario 76.129.443-1, la que se tiene a la vista y no se inserta por ser conocida por los comparecientes.- C) En virtud de lo expuesto en las cláusulas precedentes, los actuales socios de la presente sociedad son: C.1.- Doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con un 50 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su cónyuge don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.2.- ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.3.-ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a éste por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS. En razón de lo antes expuesto, corresponde que se tome nota marginal en la inscripción social fojas 62 vuelta número 46 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2010.- D) En este acto y por el presente instrumento, los únicos y actuales socios, antes individualizados en la letra C, vienen en transformar la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en los términos que a continuación expresan.- D.1.- A una sociedad de responsabilidad limitada y en la cual se incorporan como socios de la misma los comparecientes, antes individualizados y la cual tendrá por nombre “COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; Por medio del presente instrumento y a contar de su fecha los comparecientes vienen en: A) Actualizar los actuales socios bajo la circunstancia general del fallecimiento de él socio originario don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, ocurrido con fecha 3 de Enero del año 2018. B) Que don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, falleció con fecha 3 de Enero del año 2018, dejando como herederos intestados a su cónyuge sobreviviente doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, y a sus dos hijos legítimos doña ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, y don ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, todo lo anterior consta de duplicado de certificado de posesión efectiva, del Registro Civil e Identificación, N° inscripción 77957, año 2018 concedida por el Director Regional Región del Maule, resolución exenta 13488 de fecha 14 de Diciembre del 2018, dejando como herederos a su cónyuge sobreviviente y sus dos hijos, entre otros bienes, el cien por ciento de la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, Rol Único Tributario N° 76.025.059-7, la que se tiene a la vista y no se inserta por ser conocida por los comparecientes.- C) En virtud de lo expuesto en las cláusulas precedentes, los actuales socios de la presente sociedad son: C.1.-Doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con un 50 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su cónyuge don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.2.- ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.3.- ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a éste por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS. En razón de lo antes expuesto, corresponde que se tome nota marginal en la inscripción social fojas 32 vuelta 29 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2008.- D) En este acto y por el presente instrumento, los únicos y actuales socios, antes individualizados en la letra C, vienen en transformar la sociedad “TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en los términos que a continuación expresan.- D.1.- A una sociedad de responsabilidad limitada y en la cual se incorporan como socios de la misma los comparecientes, antes individualizados y la cual tendrá por nombre “TRANSPORTES Y COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; ESTATUTOS DE SOCIEDAD “TRANSPORTES Y COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA” DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION.; El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES Y COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; El objeto de la sociedad será A.-El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, la adquisición de bienes raíces, su subdivisión, la venta por pisos o loteos, la construcción de inmuebles por cuenta propia o de terceros, como la explotación de los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, convenios, comodatos , usufructos y, en general, la ejecución de negocios inmobiliarios y arrendamiento de bienes raíces; B.-La compra, venta, arrendamiento e inversión en bienes raíces, muebles, bienes de capital, capital mobiliario, acciones, derechos o participaciones en sociedades y en general realizar actividades generadoras de rentas.; C.-Cualquier otro tipo de negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social ya indicado; El domicilio de la sociedad es la ciudad de Molina dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Molina, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero; La duración de la sociedad será indefinida; REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.- La representación, administración y uso de la razón social corresponderá doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con amplias facultades; El capital de la sociedad será la suma de $12.000.000 (doce millones de pesos). Capital que se desglosa de la siguiente manera: Doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con un 50 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su cónyuge y que equivalen a $6.000.000 ( seis millones de pesos); ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su padre y que equivalen a $3.000.000 ( tres millones de pesos); y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a éste por el fallecimiento de su padre y que equivalen a $3.000.000 ( tres millones de pesos). Sumas ya ingresadas a la caja social de la EIRL que se transforma a sociedad de responsabilidad limitada, la que recibió a entera satisfacción de sus socios y sin tener reparos que formular, quedando su aporte íntegramente pagado; En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administrador ni podrá usar la razón social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Molina a 22 de mayo del año 2019.

最近登記事項

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES Y COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS E.I.R.L.

    CVE 1594694

公司關係

公司人物Diario Oficial歷史關係(已結束)