Sociedad Globalpharma Limitada
Diario Oficial
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | - | - |
VALESHKA SILVANA SANHUEZA AVILA Socio 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
摘要官方正文
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular, 49° Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunateguí N° 73, Santiago, certifico que: Por escritura de fecha 08 de agosto de 2023, Rep.54.617-2023, ante mí, comparecen: don IVAN SERGIO CAJIGAL PERRONI, chileno, casado, químico farmacéutico, cedula nacional de identidad número nueve millones setecientos sesenta y nueve mil ciento setenta y cuatro guion seis, domiciliado en calle Exequiel Fernández número noventa y tres, comuna de Ñuñoa y doña VALESHKA SILVANA SANHUEZA AVILA, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, químico farmacéutico, cedula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos veintiún mil seiscientos cuarenta guion dos, domiciliada en calle Dublé Almeyda numero dos mil cinco, departamento ochenta y ocho, comuna de Ñuñoa; acordaron modificar la “SOCIEDAD GLOBALPHARMA LIMITADA”, inscrita a fojas 4176 número 3337 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2003, en los siguientes términos: se incorpora en el estatuto de la sociedad, una nueva la cláusula decimosegunda pasando la actual clausula decimosegunda como clausula decimotercera, quedando el estatuto social en lo pertinente de la siguiente forma: “DECIMOSEGUNDA: Si falleciera alguno de los socios, la sociedad continuará con su sucesión, hasta el término del periodo de duración vigente, la referida sucesión deberá designar un representante ante la sociedad dentro del plazo de sesenta días contado desde la fecha del fallecimiento. Si no hubiera acuerdo respecto del representante o este no hubiera sido designado dentro del plazo señalado, el socio sobreviviente o cualquiera de los herederos del socio fallecido podrán recurrir a la justicia ordinaria para que ella lo designe. El representante no tendrá facultades de administración ni el uso de la razón social, las que quedaran radicadas en el socio sobreviviente. DECIMOTERCERO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura o de su extracto para requerir y firmar las anotaciones, modificaciones, complementaciones, rectificaciones inscripciones, anotaciones, subinscripciones que procedan en los registros del Registro de Comercio o Conservador de Bienes y Raíces respectivo, como asimismo las publicaciones que sean procedentes y demás trámites necesarios para dar cabal cumplimiento a la constitución de la presente sociedad. El otorgamiento de esta facultad es, desde luego irrevocable, y persistirá aun cuando sobrevenga la muerte o incapacidad de cualquiera de los contratantes o de todos ellos”.- En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigente las estipulaciones del pacto social modificado anteriormente en la forma ya señalada. Santiago 11 de Agosto de 2023.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD GLOBALPHARMA LIMITADA
CVE 2361707
