Comercial Claudia Jadue SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 100% | - |
管理人(1)
摘要官方正文
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, Certifico: Que, por escritura pública de fecha, 27 de abril de 2023, Repertorio N° 5208-2023, ante la titular, doña NICOLE MARTA JADUE DÍAZ, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 17.958.134-5, domiciliada en calle El Manzano número 421, letra D, comuna de Recoleta, Región Metropolitana. La compareciente mayor de edad, en representación de la sociedad COMERCIAL CLAUDIA JADUE SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 67.316.184-4, quien acredita su identidad con la cédula citada y expone: el actual y único accionista modifica en este acto y por el presente instrumento lo siguiente: Se modifica por completo el ARTICULO PRIMERO de la escritura de constitución de Sociedad, relativo a la RAZON SOCIAL, y se reemplaza por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones que girará bajo la denominación “COMERCIAL JD SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “WAWA SpA” y/o “WAWA BABY DESIGN SpA”, cuyo domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero”. Del mismo modo, la compareciente viene por este acto en reemplazar parte del ARTÍCULO SEXTO de la escritura de constitución de Sociedad, relativo a la ADMINISTRACION, y se reemplaza por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña NICOLE MARTA JADUE DÍAZ, quien se encuentra investida de todas las facultades de administración y disposición de bienes”, declarando el compareciente que se mantiene inalterada el resto de la señalada cláusula SEXTA del pacto social primitivo. El notario que suscribe certifica que comparece en la presente escritura el único accionista de la sociedad, que representa la totalidad de acciones en que se divide el capital social, de acuerdo a lo señalado en el Artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio. En todo lo no modificado, la sociedad seguirá rigiéndose por lo estipulado en el pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de mayo de 2023.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL CLAUDIA JADUE SpA
CVE 2318891
