合作社65.230.745-0

Cooperativa De Trabajo Panaltec

CONSTITUCIÓN — 2023年7月20日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2023-07-20查看 PDF(CVE 2346713)

公司資料

Cooperativa
Coquimbo, Coquimbo
期限: indefinida
管理方式: La Cooperativa será administrada y representada por las personas que constituyan el Consejo de Administración o sea designado como gerente administrador(a), por parte Junta General de Socios. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. La revocación del Consejo de Administración o el gerente administrador deberá ser efectuada igualmente también por escritura pública, anotada al margen de la escritura en que se designó.

公司目的

producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual y en general, la celebración de cualquier tipo de acto, contrato o convención y la ejecución de toda otra actividad que los socios acuerden.

資本

總資本

$5.000.000

股份

5,000

股東(5)

姓名持股比例

ROLANDO EDMUNDO RUBIO VIVES

Socio

8.xxx.xxx-5

-

JORGE ALEJANDRO MIRANDA UGALDE

Socio

13.xxx.xxx-9

-

BEATRIZ ANDREA LIZANA FUENTES

Socio

5.xxx.xxx-4

-

LAURA LORETO CONTRERAS NAVEA

Socio

15.xxx.xxx-8

-

JUAN ANTONIO SELEME YAGNAM

Socio

9.xxx.xxx-6

-

摘要官方正文

REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, abogado, con domicilio en esta comuna, Ruta D-43 Nº 901, oficina 101, primer piso, Edificio Empresarial, Coquimbo, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Coquimbo, certifico que: por escritura pública otorgada ante mí, repertorio 1710-2023 de fecha 13 de julio de 2023, comparecieron: don ROLANDO EDMUNDO RUBIO VIVES, chileno, divorciado, médico veterinario, cédula de identidad N° 8.292.675-5, domiciliado en Avenida Francisco de Aguirre cero quinientos casa N° 13 Condominio el Palmar, comuna de la Serena, presidente del Comité Organizador, y actuando como secretario JORGE ALEJANDRO MIRANDA UGALDE, chileno, divorciado, abogado, cédula de identidad N° 13.425.168-9, domiciliado en Avenida Gerónimo Méndez N° 02, Condominio Costa Peñuelas, departamento N° 64, Torre 1, comuna de Coquimbo y con la asistencia de doña BEATRIZ ANDREA LIZANA FUENTES, chilena, casada, separada totalmente de Bienes, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N° 5.522.793-4, domiciliada en Carretera Ovalle- Punitaqui Kilometro N° 14, el Hinojo, comuna de Punitaqui, doña LAURA LORETO CONTRERAS NAVEA, chilena, soltera, contador auditor, cédula de identidad N° 15.977.713-8, domiciliada en Parcela número veintisiete, condominio Vista Bella, Altovalsol, comuna de La Serena y don JUAN ANTONIO SELEME YAGNAM, chileno, casado, separado totalmente de bienes, ingeniero Civil Industrial, cédula de identidad N° 9.726.762-6, domiciliado en calle Marbella N° 4975, sector peñuelas, comuna de Coquimbo, quienes constituyen cooperativa de trabajo regirá por la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, las demás disposiciones legales que le sean aplicables y en especial por los siguientes estatutos. NOMBRE: El nombre de la cooperativa será Cooperativa de Trabajo Panaltec o Cooperativa Panaltec. DOMICILIO: Coquimbo, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: La cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO: El objeto de la cooperativa será producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual y en general, la celebración de cualquier tipo de acto, contrato o convención y la ejecución de toda otra actividad que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La Cooperativa será administrada y representada por las personas que constituyan el Consejo de Administración o sea designado como gerente administrador(a), por parte Junta General de Socios. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. La revocación del Consejo de Administración o el gerente administrador deberá ser efectuada igualmente también por escritura pública, anotada al margen de la escritura en que se designó. CAPITAL: $5.000.000, dividido en 5.000 cuotas de participación, de un valor inicial de mil pesos cada una. Las cuotas en que se divide el capital se encuentran completamente suscritas, y deberán ser pagadas en dinero efectivo en el plazo de tres años contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Coquimbo 14 de julio de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    COOPERATIVA DE TRABAJO PANALTEC

    CVE 2346713

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