有限責任公司53.104.760-5

Inmobiliaria Truyol, Vargas Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2016年10月22日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2016-10-22查看 PDF(CVE 1127085)

公司資料

Ltda
管理方式: Administración conjunta por Juan Pablo Truyol Canessa y Gonzalo Vargas Truyol

資本

總資本

$300.000.000

股東(12)

姓名持股比例

ANTONIO TRUYOL ALBERTI

Socio

20%

PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER

Socio

25%

ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE

Socio

10%

ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA

Socio

5%

FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA

Socio

5%

ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA

Socio

5%

JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

Socio

5%

FRANCISCO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL

Socio

5%

GONZALO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

PAULA VARGAS TRUYOL

Socio

5%

PEDRO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1986年6月30日

    Se constituyó la sociedad Inmobiliaria Truyol, Vargas y Compañía Limitada.

    ANTONIO TRUYOL ALBERTI · PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER · ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE

  2. 繼承

    Pabla Truyol Alberti fallece y sus derechos son adquiridos por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación.

    Pabla Truyol Alberti

  3. 權益轉讓

    Antonio Truyol Alberti cede el 20% de su participación a cuatro integrantes de la familia.

    ANTONIO TRUYOL ALBERTI · ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA · FRANCISCO ELÍAS TRUYOL ALBERTI · ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA · JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

  4. 權益轉讓

    Pedro Fernando Vargas Schneider cede el 18% de su participación a cinco miembros de la familia.

    PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER · FRANCISCO VARGAS TRUYOL · MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL · GONZALO VARGAS TRUYOL · PAULA VARGAS TRUYOL · PEDRO VARGAS TRUYOL

  5. 股東加入

    Se incorporan Antonia Pilar Truyol Canessa, Francisco Elías Truyol Canessa, Alejandro Antonio Truyol Canessa y Juan Pablo Truyol Canessa como socios.

    ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA · FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA · ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA · JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

  6. 資本變更

    El capital social aumenta de $26.500.000 a $300.000.000 por capitalización de revalorización del capital propio.

    ANTONIO TRUYOL ALBERTI · PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER · ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE

  7. 管理人變更

    La administración queda entregada conjuntamente a Juan Pablo Truyol Canessa y Gonzalo Vargas Truyol.

    JUAN PABLO TRUYOL CANESSA · GONZALO VARGAS TRUYOL

摘要官方正文

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Titular, Valparaíso, Prat 856, certifico ante mí, ANTONIO TRUYOL ALBERTI, Diego Portales Nº 286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, Diego Portales Nº 286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, Chaigneaux Nº 137, Caleta Abarca, Viña del Mar, FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA, Diego Portales Nº 997, Recreo, Viña del Mar, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, Diego Portales Nº 1286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, Baquedano Nº 156, Recreo, Viña del Mar, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS, Pasaje Ross 149, oficina 704, Valparaíso, en representación, de MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, GONZALO VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, por sí y en representación, de PAULA VARGAS TRUYOL, domiciliada en el mismo domicilio de quien antecede; PEDRO VARGAS TRUYOL, Montaña 788, departamento 41, Viña del Mar, modificaron INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” constituida por escritura de fecha 30/06/1986, ante Notario de Valparaíso Alfonso Díaz Sangüeza, inscrita a fojas 736 vuelta, Nº 506 del Registro Comercio año 1.986 del Conservador Comercio de Valparaíso. en los siguientes términos: UNO) AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.- Los socios a la fecha, ANTONIO TRUYOL ALBERTI, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL, PEDRO VARGAS TRUYOL acuerdan el aumento de capital social de $26.500.000, a la suma de $300.000.000, como consecuencia de la capitalización de la revalorización del capital propio. La cantidad de $273.500.000, se entera y paga capitalizando el fondo de revalorización del capital propio, conforme a balance de 31/12/2015. Los aportes quedan conformados en proporción a la participación siguiente manera: 1) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, con $120.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; 2) ELIANA GERONIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, con $30.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; 3) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, con ciento veintinueve millones, que entera siguiente forma: A) con $120.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; B) con $9.000.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 4) FRANCISCO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 5) MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 6) GONZALO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 7) PAULA VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 8) PEDRO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente.- DOS) CESIÓN DE DERECHOS: 1) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, vende cede y transfiere el 20% de su participación en la sociedad de la forma que sigue: A) Un 5% a ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha suma en dentro del plazo de 3 años, a contar de la fecha de esta escritura. B) Un 5% a FRANCISCO ELÍAS TRUYOL ALBERTI, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha suma dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de esta escritura. C) Un 5% a ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por la suma de $15.000.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. D) Un 5% a JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. 2) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, vende, cede y transfiere el 18% de su participación en la sociedad de la forma que sigue: A) Un 3,6% a FRANCISCO VARGAS TRUYOL, quien los compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. B) Un 3,6% a MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. C) Un 3,6 por ciento a GONZALO VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. D) Un 3,6% a PAULA VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. E) Un 3,6 a PEDRO VARGAS TRUYOL, por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura.- TRES) Se incorporan como socios como producto de la compra de los derechos sociales, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, y JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, en los porcentajes indicados previamente, un 5% c/u. 2) Los socios FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARIA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL, y PEDRO VARGAS TRUYOL, ven incrementada su participación en la sociedad de un 1,4% a un 5% c/u, mientras que los socios ANTONIO TRUYOL ALBERTI y PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ven disminuida su participación en la sociedad de un 40% a un 20% y de un 43% a un 25% respectivamente, mientras que ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, mantiene su participación en la sociedad, correspondiente a un 10%. CUATRO) Como consecuencia de lo anterior, se sustituye la cláusula primera por la que sigue: Primero: Se constituye entre los señores ANTONIO TRUYOL ALBERTI, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ELIANA GERONIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, FRANCISCO ELIAS TRUYOL CANESSA, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL y PEDRO VARGAS TRUYOL, una sociedad de responsabilidad limitada, que girará bajo el nombre de “INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”. CINCO) El capital de la sociedad es $300.000.000, el que se paga y entera de la siguiente forma: A) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, con $60.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; B) ELIANA GERONIMA ELVIRA TRUYOL CANESSA, con $30.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; C) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, con $75.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; D) ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; E) FRANCISCO ELIAS TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; F) ALEJNDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; G) JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; H) FRANCISCO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; I) MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera de la siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a don PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; J) GONZALO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; K) PAULA VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; L) PEDRO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera de la siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER.- SEIS) ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá exclusivamente a don JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, y a don GONZALO VARGAS TRUYOL, quienes actuando, siempre conjuntamente, a nombre de la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representarán con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Valparaíso, 29 de Septiembre de 2016.

變更Diario Oficial · 2016-10-06查看 PDF(CVE 1120708)

公司資料

Ltda
管理方式: Conjunta

資本

總資本

$300.000.000

實繳資本

$300.000.000

待繳資本

$0

股東(12)

姓名持股比例

ANTONIO TRUYOL ALBERTI

Socio

20%

PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER

Socio

25%

ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE

Socio

10%

ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA

Socio

5%

FRANCISCO ELIAS TRUYOL CANESSA

Socio

5%

ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA

Socio

5%

JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

Socio

5%

FRANCISCO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL

Socio

5%

GONZALO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

PAULA VARGAS TRUYOL

Socio

5%

PEDRO VARGAS TRUYOL

Socio

5%

管理人(2)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1986年6月30日

    Constitución original de la sociedad INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA.

  2. 身故

    Fallecimiento de Pabla Truyol Alberti y posterior adjudicación de sus derechos sociales.

    Pabla Truyol Alberti

  3. 權益轉讓· 2016年9月29日

    Antonio Truyol Alberti cede parte de su participación a cuatro nuevos socios.

    ANTONIO TRUYOL ALBERTI · ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA · FRANCISCO ELÍAS TRUYOL ALBERTI · ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA · JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

  4. 權益轉讓· 2016年9月29日

    Pedro Fernando Vargas Schneider cede parte de su participación a cinco socios.

    PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER · FRANCISCO VARGAS TRUYOL · MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL · GONZALO VARGAS TRUYOL · PAULA VARGAS TRUYOL · PEDRO VARGAS TRUYOL

  5. 股東加入· 2016年9月29日

    Se incorporan como socios Antonia Pilar Truyol Canessa, Francisco Elías Truyol Canessa, Alejandro Antonio Truyol Canessa y Juan Pablo Truyol Canessa.

    ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA · FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA · ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA · JUAN PABLO TRUYOL CANESSA

  6. 資本變更· 2016年9月29日

    El capital social se aumenta de $26.500.000 a $300.000.000.

  7. 管理人變更· 2016年9月29日

    La administración pasa a ser ejercida conjuntamente por Juan Pablo Truyol Canessa y Gonzalo Vargas Truyol.

    JUAN PABLO TRUYOL CANESSA · GONZALO VARGAS TRUYOL

摘要官方正文

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Titular, Valparaíso, Prat 856, certifico ante mí, ANTONIO TRUYOL ALBERTI, Diego Portales Nº 286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, Diego Portales Nº 286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, Chaigneaux Nº 137, Caleta Abarca, Viña del Mar, FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA, Diego Portales Nº 997, Recreo, Viña del Mar, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, Diego Portales Nº 1286, departamento 602, Recreo, Viña del Mar, JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, Baquedano Nº 156, Recreo, Viña del Mar, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, LORENZO ANTONIO ROJAS RAMOS, Pasaje Ross 149, oficina 704, Valparaíso, en representación, de MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, GONZALO VARGAS TRUYOL, Montaña Nº 788, departamento 41, Viña del Mar, por sí y en representación, de PAULA VARGAS TRUYOL, domiciliada en el mismo domicilio de quien antecede; PEDRO VARGAS TRUYOL, Montaña 788, departamento 41, Viña del Mar, modificaron INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” constituida por escritura de fecha 30/06/1986, ante Notario de Valparaíso Alfonso Díaz Sangüeza, inscrita a fojas 736 vuelta, Nº 506 del Registro Comercio año 1.996 del Conservador Comercio de Valparaíso. en los siguientes términos: UNO) AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.- Los socios a la fecha, ANTONIO TRUYOL ALBERTI, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL, PEDRO VARGAS TRUYOL acuerdan el aumento de capital social de $26.500.000, a la suma de $300.000.000, como consecuencia de la capitalización de la revalorización del capital propio. La cantidad de $273.500.000, se entera y paga capitalizando el fondo de revalorización del capital propio, conforme a balance de 31/12/2015. Los aportes quedan conformados en proporción a la participación siguiente manera: 1) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, con $120.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; 2) ELIANA GERONIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, con $30.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; 3) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, con ciento veintinueve millones, que entera siguiente forma: A) con $120.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; B) con $9.000.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 4) FRANCISCO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 5) MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 6) GONZALO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 7) PAULA VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; 8) PEDRO VARGAS TRUYOL, con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente.- DOS) CESIÓN DE DERECHOS: 1) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, vende cede y transfiere el 20% de su participación en la sociedad de la forma que sigue: A) Un 5% a ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha suma en dentro del plazo de 3 años, a contar de la fecha de esta escritura. B) Un 5% a FRANCISCO ELÍAS TRUYOL ALBERTI, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha suma dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de esta escritura. C) Un 5% a ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por la suma de $15.000.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. D) Un 5% a JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, quien los compra y adquiere para sí por $15.000.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. 2) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, vende, cede y transfiere el 18% de su participación en la sociedad de la forma que sigue: A) Un 3,6% a FRANCISCO VARGAS TRUYOL, quien los compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. B) Un 3,6% a MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. C) Un 3,6 por ciento a GONZALO VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. D) Un 3,6% a PAULA VARGAS TRUYOL, quien compra y adquiere para sí por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura. E) Un 3,6 a PEDRO VARGAS TRUYOL, por $10.800.000, obligándose a pagar dicha cantidad dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de esta escritura.- TRES) Se incorporan como socios como producto de la compra de los derechos sociales, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, FRANCISCO ELÍAS TRUYOL CANESSA, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, y JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, en los porcentajes indicados previamente, un 5% c/u. 2) Los socios FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARIA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL, y PEDRO VARGAS TRUYOL, ven incrementada su participación en la sociedad de un 1,4% a un 5% c/u, mientras que los socios ANTONIO TRUYOL ALBERTI y PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ven disminuida su participación en la sociedad de un 40% a un 20% y de un 43% a un 25% respectivamente, mientras que ELIANA GERÓNIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, mantiene su participación en la sociedad, correspondiente a un 10%. CUATRO) Como consecuencia de lo anterior, se sustituye la cláusula primera por la que sigue: Primero: Se constituye entre los señores ANTONIO TRUYOL ALBERTI, PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, ELIANA GERONIMA ELVIRA CANESSA FALCONE, ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, FRANCISCO ELIAS TRUYOL CANESSA, ALEJANDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, FRANCISCO VARGAS TRUYOL, MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, GONZALO VARGAS TRUYOL, PAULA VARGAS TRUYOL y PEDRO VARGAS TRUYOL, una sociedad de responsabilidad limitada, que girará bajo el nombre de “INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”. CINCO) El capital de la sociedad es $300.000.000, el que se paga y entera de la siguiente forma: A) ANTONIO TRUYOL ALBERTI, con $60.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; B) ELIANA GERONIMA ELVIRA TRUYOL CANESSA, con $30.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; C) PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER, con $75.000.000, correspondientes a su aporte primitivo; D) ANTONIA PILAR TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; E) FRANCISCO ELIAS TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; F) ALEJNDRO ANTONIO TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; G) JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, con $15.000.000, correspondientes a los derechos comprados a ANTONIO TRUYOL ALBERTÍ; H) FRANCISCO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; I) MARÍA ANTONIA VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera de la siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a don PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; J) GONZALO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; K) PAULA VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER; L) PEDRO VARGAS TRUYOL, con $15.000.000, los que entera de la siguiente forma: a) con $4.200.000, correspondientes a la parte del aporte de Pabla Truyol Alberti, cuyos derechos adquirió por sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación, conforme a lo que se indicó anteriormente; b) con $10.800.000, correspondientes a los derechos comprados a PEDRO FERNANDO VARGAS SCHNEIDER.- SEIS) ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá exclusivamente a don JUAN PABLO TRUYOL CANESSA, y a don GONZALO VARGAS TRUYOL, quienes actuando, siempre conjuntamente, a nombre de la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representarán con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Valparaíso, 29 de Septiembre de 2016.-

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  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1127085

  2. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA TRUYOL, VARGAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1120708

公司關係

公司人物Diario Oficial歷史關係(已結束)