Sociedade de Responsabilidade Limitada

Wolf Street Capital Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de jun. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-06-10Ver PDF (CVE 1958080)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Diez años, contados desde la fecha de la escritura pública de constitución, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno
Administração: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Rodrigo Alberto Wolf Yadlin, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad

Objeto social

a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, inmobiliario, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, en el desarrollo de toda clase de proyectos; y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Rodrigo Alberto Wolf Yadlin

Socio

80%

Cristina Xaviera Varela Swiderski

Socio

20%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Abogado, Notario público Titular de la 48°Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3076 oficina 601, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha siete de mayo de 2021, ante mí, (i) don Rodrigo Alberto Wolf Yadlin; y, (ii) doña Cristina Xaviera Varela Swiderski, ambos domiciliados en esta ciudad, en Avenida Américo Vespucio Sur número setecientos, oficina mil uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón social: WOLF STREET CAPITAL LIMITADA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto del país o en el extranjero. Objeto: a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, inmobiliario, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, en el desarrollo de toda clase de proyectos; y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. Administración y uso razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, a don Rodrigo Alberto Wolf Yadlin quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Rodrigo Alberto Wolf Yadlin aporta a la sociedad la suma de 800.000, que equivalen al 80% del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, ingresando dinero en efectivo a la caja social; y, b) doña Cristina Xaviera Varela Swiderski, aporta a la sociedad la suma de 200.000, que equivale al 20% del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, ingresando dinero en efectivo a la caja social. Responsabilidad socios: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: Diez años, contados desde la fecha de la escritura pública de constitución plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta a los demás su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Además, deberá dirigir una carta certificada, con la misma anticipación, a los consocios, comunicándoles que procedió a dar el aviso de término. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 03 de junio de 2021.

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