Sociedade de Responsabilidade Limitada

Vm Capital Holding Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 de abr. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-04-06Ver PDF (CVE 2792307)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, prorrogables en periodos iguales y sucesivos de 3 años
Administração: El uso de la razón social, la administración y la representación corresponderá a Lilian Beatriz Valenzuela Anghileri, Álvaro Francisco Parra Pascual y Andrés Nicolás Jiménez Dois, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar a la sociedad con las facultades enunciadas en escritura extractada.

Objeto social

La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

Andrés Nicolás Jiménez Dois

Socio

19.xxx.xxx-1

50%

Jaime Andrés Rodríguez de la Peña

Socio

17.xxx.xxx-4

50%

Administradores (3)

Lilian Beatriz Valenzuela Anghileri

10.xxx.xxx-6Administrador

Álvaro Francisco Parra Pascual

10.xxx.xxx-3Administrador

Andrés Nicolás Jiménez Dois

19.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior FRANCISCO LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2026, ante mí: /i/don Andrés Nicolás Jiménez Dois, cédula de identidad número 19.153.508-1, domiciliado para estos efectos en Cerro El Plomo número 5420, oficina 903, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, ii) don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña cédula de identidad número 17.983.107-4, domiciliado para estos efectos en Cerro El Plomo número 5420, oficina 903, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “VM CAPITAL HOLDING LIMITADA", en adelante la “Sociedad”. II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el objeto social.III. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. IV. Duración. La duración de la Sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, prorrogables en periodos iguales y sucesivos de 3 años, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen del extracto de la escritura de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con seis meses de anticipación al vencimiento de cada período. V. Capital. El capital de la Sociedad asciende a $1.000.000 que los socios aportan, en la siguiente forma y proporción: Uno) don Andrés Nicolás Jiménez Dois, aporta la suma de $500.000, que se pagará en un año contados desde este acto, y en dinero efectivo, equivalente al 50% de los derechos sociales; y Dos) don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña, aporta la suma de $500.000, que se pagará en un año contados desde este acto, y en dinero efectivo, equivalente al 50% de los derechos sociales; VI. Administración. El uso de la razón social, la administración y la representación de la Sociedad, corresponderá a doña Lilian Beatriz Valenzuela Anghileri, cédula de identidad número 10.494.389-6, don Álvaro Francisco Parra Pascual, cédula de identidad número 10.265.396-3 y don Andrés Nicolás Jiménez Dois, cédula de identidad número 19.153.508-1, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar a la Sociedad con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de marzo de 2026. F. LEIVA C. N.P.

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