Sociedade de Responsabilidade Limitada

Valdivia Construcciones Y Transportes Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 de mai. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-05-27Ver PDF (CVE 1765563)

Informações societárias

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duração: cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública otorgada y anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos sesenta días de anticipación al vencimiento del periodo que estuviere en curso
Administração: corresponderá a don Javier Andrés Valdivia Cabrera. Sin embargo, en caso de incapacidad física por accidente o enfermedad, de incapacidad sobreviniente o de ausencia del país de don Javier Andrés Valdivia Cabrera, y sin que sea necesario probarlo ante terceros don Dic Rudney Valdivia Henríquez actuará mientras dure el impedimento o ausencia con las facultades que indica cláusula cuarta del pacto social

Objeto social

la construcción de obras menores, como contratista o sub-contratista, albañilería, carpintería, ejecución de obras civiles, ingeniería y mantención industrial, obras civiles en construcción, montaje industrial, fabricación de estructuras metálicas; transporte de carga nacional e internacional, compra, venta y arriendo de equipos, vehículos y maquinarias para el comercio, la industria y la construcción, la explotación y desarrollo de la actividad de transportes de cualquier tipo y naturaleza, dentro y fuera del territorio de la República, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte terrestre, de carga y de pasajeros, utilizando para ello camiones, camionetas, remolques, carros de arrastre, acoplados, camiones con maquinaria de trabajo, buses, minibuses, automóviles o cualquier vehículo de transporte, sean propios o de terceros, compra, venta y el arrendamiento de vehículos de transporte, de carga o de pasajeros, de maquinaria y equipos de trabajo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles necesarios para el giro y repuestos de los mismos, así como la prestación de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionados con el rubro; y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con las anteriores y que los socios acuerden

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Patricia Pamela Cabrera Contreras

Socio

32.5%

Dic Rudney Valdivia Henríquez

Socio

32.5%

Javier Andrés Valdivia Cabrera

Socio

35%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Daniel V. Mondaca Pedrero, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Con fecha hoy, ante mí, doña Patricia Pamela Cabrera Contreras, don Dic Rudney Valdivia Henríquez, y don Javier Andrés Valdivia Cabrera, todos domiciliados en calle Relmunty número ciento noventa y nueve, Alto lo Castillo, Machalí, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: "VALDIVIA CONSTRUCCIONES Y TRANSPORTES LIMITADA", pero podrá usar también "VALDIVIA CONSTRUCCIONES Y TRANSPORTES LTDA.". OBJETO SOCIAL: Será: la construcción de obras menores, como contratista o sub-contratista, albañilería, carpintería, ejecución de obras civiles, ingeniería y mantención industrial, obras civiles en construcción, montaje industrial, fabricación de estructuras metálicas; transporte de carga nacional e internacional, compra, venta y arriendo de equipos, vehículos y maquinarias para el comercio, la industria y la construcción, la explotación y desarrollo de la actividad de transportes de cualquier tipo y naturaleza, dentro y fuera del territorio de la República, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte terrestre, de carga y de pasajeros, utilizando para ello camiones, camionetas, remolques, carros de arrastre, acoplados, camiones con maquinaria de trabajo, buses, minibuses, automóviles o cualquier vehículo de transporte, sean propios o de terceros, compra, venta y el arrendamiento de vehículos de transporte, de carga o de pasajeros, de maquinaria y equipos de trabajo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles necesarios para el giro y repuestos de los mismos, así como la prestación de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionados con el rubro; y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con las anteriores y que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD Y USO DE RAZÓN SOCIAL: corresponderá a don Javier Andrés Valdivia Cabrera. Sin embargo, en caso de incapacidad física por accidente o enfermedad, de incapacidad sobreviniente o de ausencia del país de don Javier Andrés Valdivia Cabrera, y sin que sea necesario probarlo ante terceros don Dic Rudney Valdivia Henríquez actuará mientras dure el impedimento o ausencia con las facultades que indica cláusula cuarta del pacto social.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón de pesos, moneda legal, que los socios aportan y pagan a la sociedad de la siguiente manera: a) Doña Patricia Pamela Cabrera Contreras aporta trescientos veinticinco mil pesos; b) don Dic Rudney Valdivia Henríquez aporta trescientos veinticinco mil pesos; y c) don Javier Andrés Valdivia Cabrera aporta trescientos cincuenta mil pesos; en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social. RESPONSABILIDAD: de cada uno de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en el resto del país y en el extranjero. DURACIÓN: El plazo de la sociedad será de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública otorgada y anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos sesenta días de anticipación al vencimiento del periodo que estuviere en curso.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 18 de mayo de 2020.

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