Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Transportes Servando Segundo Morán Norambuena Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 de mar. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-03-12Ver PDF (CVE 1365600)

Informações societárias

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida
Administração: La administración, representación judicial y extrajudicial de la empresa y el uso del nombre de la Empresa o nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a su constituyente

Objeto social

prestación de servicios de transporte de carga por carretera o similar, de mercaderías y toda clase de bienes corporales muebles, fletes y mudanzas, dentro o fuera del territorio nacional, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing, por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad o negocio relacionado con el giro principal, que lo complemente o sea consecuencia del mismo

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

SERVANDO SEGUNDO MORÁN NORAMBUENA

Titular

10.xxx.xxx-3

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público, Titular de la 3° notaría de Santiago, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins n° 3425, comuna de Estación Central, certifico, que por escritura pública de fecha hoy, ante mí, don SERVANDO SEGUNDO MORÁN NORAMBUENA, chileno, casado, Transportista, cédula nacional de identidad n° 10.381.424-3, nacido con fecha 10 de abril de 1957, por lo que a la fecha tiene la edad de 61, domiciliado en Camino Lo Echevers sin número, parcela 46, comuna de Lampa, viene en constituir una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que se regirá en general por las disposiciones de la Ley 19.857, sus modificaciones y las disposiciones legales y tributarias que le sean aplicables, y en especial por los presentes estatutos, y en todo lo que no estuviera expresamente reglamentado en ellos, por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y en subsidio del Código Civil. Estatutos de La Empresa Individual. El nombre de la Empresa será TRANSPORTES SERVANDO SEGUNDO MORÁN NORAMBUENA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA“, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “TRANSPORTES SANTA ROSA DEL CARMEN E.I.R.L.”, para todos los efectos legales, especialmente, los de carácter tributario, previsional y comercial. El capital de la Empresa individual es la suma de $1.000.000, que se aporta y entera por el constituyente, en este acto de contado y en dinero en efectivo a la caja social de la empresa. Responsabilidad. El “constituyente”, conforme a la ley, limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte, en consecuencia, el titular de la empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad a este acto y sus modificaciones. Objeto. El objeto social será la prestación de servicios de transporte de carga por carretera o similar, de mercaderías y toda clase de bienes corporales muebles, fletes y mudanzas, dentro o fuera del territorio nacional, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing, por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad o negocio relacionado con el giro principal, que lo complemente o sea consecuencia del mismo. Administración y uso del nombre de la empresa. La administración, representación judicial y extrajudicial de la empresa y el uso del nombre de la Empresa o nombre de fantasía, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que digan relación con su objeto, sean o no necesarios o conducentes a sus fines, ante todo tipo de autoridades civiles, políticas, administrativas, judiciales, militares, eclesiásticas, instituciones estatales, instituciones centralizadas y descentralizadas de la Administración del Estado, privadas, financieras y de cualquier especie, corresponderá exclusivamente a su “constituyente”, don SERVANDO SEGUNDO MORÁN NORAMBUENA, quien deberá anteponer a su firma el nombre o denominación de la empresa, quien tendrá amplias facultades. El domicilio de la Empresa será la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en todo el territorio nacional o en el extranjero.. La empresa comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan escritura social extractada. Santiago 07/03/2018.

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