Sociedade de Responsabilidade Limitada

Transportes De León Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de nov. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-11-23Ver PDF (CVE 1498889)

Informações societárias

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duração: 3 años, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos anuales
Administração: Corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las facultades que indica cláusula cuarta del pacto social

Objeto social

Explotación y desarrollo de la actividad de transportes de cualquier tipo y naturaleza, dentro y fuera del territorio de la República, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte terrestre, de carga y de pasajeros, utilizando para ello camiones, camionetas, remolques, carros de arrastre, acoplados, camiones con maquinaria de trabajo, buses, minibuses, automóviles o cualquier vehículo de transporte, sean propios o de terceros; el arrendamiento de vehículos de transporte, de carga o de pasajeros, de maquinaria y equipos de trabajo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles necesarios para el giro y repuestos de los mismos, así como la prestación de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionados con el rubro; y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con las anteriores y que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$22.000.000

Capital integralizado

$22.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JAIME GONZALO CALDERÓN LEÓN

Socio

99%

PATRICIA ROSA LEÓN LIZAMA

Socio

1%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular de la 2 Notaria de Rancagua don JAIME BERNALES VALENZUELA, con domicilio en Bueras 359, Of. 102, Rancagua, certifica: Por escritura pública fecha hoy ante mi, JAIME GONZALO CALDERÓN LEÓN, domiciliado en Avenida Provincial número dos mil novecientos ocho, Rancagua y PATRICIA ROSA LEÓN LIZAMA, domiciliada en Pasaje Petrohué número dos mil seiscientos treinta y siete, Villa Austral, Rancagua, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: "TRANSPORTES DE LEÓN LIMITADA", pero podrá usar también el Nombre de Fantasía: “TRANS DE LEÓN LTDA.” OBJETO SOCIAL: Será: explotación y desarrollo de la actividad de transportes de cualquier tipo y naturaleza, dentro y fuera del territorio de la República, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte terrestre, de carga y de pasajeros, utilizando para ello camiones, camionetas, remolques, carros de arrastre, acoplados, camiones con maquinaria de trabajo, buses, minibuses, automóviles o cualquier vehículo de transporte, sean propios o de terceros; el arrendamiento de vehículos de transporte, de carga o de pasajeros, de maquinaria y equipos de trabajo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles necesarios para el giro y repuestos de los mismos, así como la prestación de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionados con el rubro; y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con las anteriores y que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con las facultades que indica cláusula cuarta del pacto social.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la cantidad de veintidós millones de pesos, moneda legal, que los socios aportan y pagan a la sociedad de la siguiente manera: a) Don JAIME GONZALO CALDERÓN LEÓN aporta el novena y nueve por ciento del capital correspondiente a veintiún millones setecientos ochenta mil pesos y, b) doña PATRICIA ROSA LEON LIZAMA aporta el uno por ciento del capital correspondiente a doscientos veinte mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social. RESPONSABILIDAD: de cada uno de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en el resto del país y en el extranjero. DURACIÓN: El plazo de la sociedad será de tres años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente, por períodos anuales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y que se notificará por medio de carta certificada al otro socio, todo con una anticipación de, a lo menos, dos meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 12 de noviembre de 2018.

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