Transmilenio SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y/o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y/o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co- participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; el desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y, la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y en general, cualquier otra actividad que los constituyentes acuerden desarrollar;
Capital
Capital total
$7.000.000
Capital integralizado
$7.000.000
Capital pendente
$0
Ações
70
Sócios (14)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
HERMELINDA BERSIZA GOMEZ FLORES Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
CARLOS VILA MOLINA, Notario Público Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura del 02/05/2019, ante mí: ALEX ESTEBAN CASTRO MAMANI, chileno, chofer, DANIEL ESTEBAN GOMEZ FLORES, chileno, chofer, DANIEL HERNAN MAMANI CASTRO, chileno, chofer, EFRAIN FLORAN CHALLAPA CHOQUE, chileno, chofer, ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE, chileno, chofer, FELIPE ELIAS MAMANI CASTRO, chileno, chofer, HERMELINDA BERSIZA GOMEZ FLORES, chilena, comerciante, POLO ELENO MAMANI CHOQUE, chileno, chofer, RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA, chileno, chofer, RODRIGO HELENO MAMANI CARLOS, chileno, chofer, SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES, chileno, chofer, TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE, chilena, comerciante, YEIDY SARA MAMANI CHALLAPA, chilena, comerciante, ERIC BRAYAN CASTRO MAMANI, constituyeron sociedad por acciones, razón social “TRANSMILENIO SpA”, domicilio Iquique, administrará y usará la razón social Gerente General SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES con todas las facultades de escritura de constitución; capital $7.000.000 equivalente a 70 acciones, ALEX ESTEBAN CASTRO MAMANI, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; DANIEL ESTEBAN GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; DANIEL HERNAN MAMANI CASTRO, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; EFRAIN FLORAN CHALLAPA CHOQUE, suscribe acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; FELIPE ELIAS MAMANI CASTRO, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; HERMELINDA BERSIZA GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; POLO ELENO MAMANI CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; RODRIGO HELENO MAMANI CARLOS, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; YEIDY SARA MAMANI CHALLAPA, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; ERIC BRAYAN CASTRO MAMANI, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; objeto de la sociedad: a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y/o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y/o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co- participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; el desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y, la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y en general, cualquier otra actividad que los constituyentes acuerden desarrollar; la sociedad comenzará a regir desde la fecha de suscripción del documento y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en contrato extractado. IQUIQUE, 17 de Mayo de 2019.-
Informações societárias
Objeto social
a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y/o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y/o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; el desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y, la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y en general, cualquier otra actividad que los constituyentes acuerden desarrollar
Capital
Capital total
$7.000.000
Capital integralizado
$7.000.000
Capital pendente
$0
Ações
70
Sócios (14)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
HERMEKINDA BERSIZA GOMEZ FLORES Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Accionista | - | 7.14% | $500.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
CARLOS VILA MOLINA, Notario Público Iquique, Patricio Lynch N°525, certifica: por escritura del 02/05/2019, ante mí: ALEX ESTEBAN CASTRO MAMANI, chileno, chofer, DANIEL ESTEBAN GOMEZ FLORES, chileno, chofer, DANIEL HERNAN MAMANI CASTRO, chileno, chofer, EFRAIN FLORAN CHALLAPA CHOQUE, chileno, chofer, ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE, chileno, chofer, FELIPE ELIAS MAMANI CASTRO, chileno, chofer, HERMEKINDA BERSIZA GOMEZ FLORES, chilena, comerciante, POLO ELENO MAMANI CHOQUE, chileno, chofer, RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA, chileno, chofer, RODRIGO HELENO MAMANI CARLOS, chileno, chofer, SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES, chileno, chofer, TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE, chilena, comerciante, YEIDY SARA MAMANI CHALLAPA, chilena, comerciante, ERIC BRAYAN CASTRO MAMANI, constituyeron sociedad por acciones, razón social “TRANSMILENIO SpA”, domicilio Iquique, administrará y usará la razón social Gerente General SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES con todas las facultades de escritura de constitución; capital $7.000.000 equivalente a 70 acciones, ALEX ESTEBAN CASTRO MAMANI, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; DANIEL ESTEBAN GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; DANIEL HERNAN MAMANI CASTRO, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; EFRAIN FLORAN CHALLAPA CHOQUE, suscribe acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; ELEODORO TEODORO CHALLAPA CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; FELIPE ELIAS MAMANI CASTRO, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; HERMEKINDA BERSIZA GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; POLO ELENO MAMANI CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; RODRIGO EDIBERTO CASTRO CHALLAPA, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; RODRIGO HELENO MAMANI CARLOS, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; SAMUEL ROBERTO GOMEZ FLORES, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; TEODORA VICENTA CHALLAPA CHOQUE, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; YEIDY SARA MAMANI CHALLAPA, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; ERIC BRAYAN CASTRO MAMANI, suscribe 5 acciones, correspondientes al 7,14% del capital social, por $500.000, íntegramente pagadas en este acto en dinero efectivo; objeto de la sociedad: a) El transporte de carga y de pasajeros intercomunal, interprovincial, nacional e internacional; b) El transporte de todo tipo de carga, servicio de transporte terrestre para el comercio, la industria y minería, servicios de agencia de viajes y turismo, envío y entrega de encomiendas, giros y todo tipo de documentos, en vehículos propios, arrendados o de terceros, la venta de pasajes para viajes nacionales e internacionales, servicios de logística, y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con las anteriores; c) La compra, venta y arrendamiento de todo tipo de vehículos, herramientas, maquinarias, repuestos y accesorios para satisfacer objeto social; d) La compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, distribución, comercialización, y representación por cuenta propia o ajena de toda clase de mercaderías, vehículos, productos, bienes, insumos, materiales, repuestos de todo tipo, maquinaria para la pequeña y gran minería, sea al por mayor y/o al detalle, tanto en Zona Franca como en zona de extensión y/o en el resto del país; e) Invertir en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; f) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y g) La realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados; h) Y en general, la realización de toda clase, tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se encuentren establecidas en las letras anteriores; i) Además la empresa podrá desempeñar todo tipo de actividades de importación y exportación que el Decreto con Fuerza de Ley trescientos cuarenta y uno de mil novecientos setenta y siete y sus posteriores modificaciones permiten a los usuarios de Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres; estableciéndose además que la sociedad, en general, podrá realizar, sin perjuicio de lo anterior, cualquier otra actividad Comercial o Industrial que los Socios acuerden a futuro, incluyendo la participación en otras sociedades que tenga o no el mismo giro. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto; la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes, como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo para ello actuar bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros regímenes aduaneros especiales, como así mismo, en el régimen ordinario de importación, exportación, tributario y aduanero de la Republica de Chile; el desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y, la inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y en general, cualquier otra actividad que los constituyentes acuerden desarrollar; la sociedad comenzará a regir desde la fecha de suscripción del documento y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en contrato extractado. IQUIQUE, 08 de Mayo de 2019.
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