Sociedad Profesional Médica Altamirano Ulloa Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina y/u odontología, y la realización de cualquiera otra actividad conexa o derivada de las principales; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Se comprenden, también, dentro del objeto social, las actividades de los paramédicos; y, en general la realización de cualquier negocio o acto de comercio relacionado o no con las actividades indicadas; sin perjuicio de las demás actividades que los socios señalen, relacionadas o no con el objeto social sin que sea necesario pactarlo por escrito
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
GABRIELA FERNANDA ALTAMIRANO ULLOA Socio 17.xxx.xxx-0 | 17.xxx.xxx-0 | 99% | $990.000 |
KARINA IVONNE ALTAMIRANO ULLOA Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 1% | $10.000 |
Administradores (1)
GABRIELA FERNANDA ALTAMIRANO ULLOA
Texto oficial do extrato
JORGE ENRIQUE FIGUEROA HERRERA, Notario Público Interino Primera Notaría de Puerto Montt, con oficio en Guillermo Gallardo 165, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2.022, repertorio N° 4.286 -2.022, otorgada ante mí, Doña GABRIELA FERNANDA ALTAMIRANO ULLOA, chilena, soltera, médico cirujano cédula de identidad número diecisiete millones setecientos diecinueve mil ochocientos ocho guion cero; y, doña KARINA IVONNE ALTAMIRANO ULLOA, quien declara ser chilena, casada, cirujano dentista, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos cuarenta y cinco mil novecientos setenta guion cuatro, ambas domiciliadas calle Padre Harter, número ciento setenta y cinco, departamento cuatrocientos seis, Torre B, Puerto Montt, constituyen una sociedad colectiva de Responsabilidad Limitada. Denominada: SOCIEDAD PROFESIONAL MÉDICA ALTAMIRANO ULLOA LIMITADA, pudiendo actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante instituciones públicas, privadas, bancos y sociedades financieras, y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía ALTAMIRANO ULLOA LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina y/u odontología, y la realización de cualquiera otra actividad conexa o derivada de las principales; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Se comprenden, también, dentro del objeto social, las actividades de los paramédicos; y, en general la realización de cualquier negocio o acto de comercio relacionado o no con las actividades indicadas; sin perjuicio de las demás actividades que los socios señalen, relacionadas o no con el objeto social sin que sea necesario pactarlo por escrito.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será& #769; la comuna de Puerto Montt; sin perjuicio de las agencias, y sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá& #769; exclusivamente a la socia doña GABRIELA FERNANDA ALTAMIRANO ULLOA, con todas las facultadas enumeradas en la cláusula octavo del estatuto social. CAPITAL: $1.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: A.- La socia GABRIELA FERNANDA ALTAMIRANO ULLOA, suscribe el 99% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $990.000, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social. B.- La socia KARINA IVONNE ALTAMIRANO ULLOA, suscribe el 1% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $10.000, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 5 años a contar de esta fecha, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, continuos y sucesivos de cinco años cada vez, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 16 de diciembre de 2022.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD PROFESIONAL MÉDICA ALTAMIRANO ULLOA LIMITADA
CVE 2239212
