Sociedade por Ações

Sociedad Minera E Inversiones Yanquiray SpA

CONSTITUCIÓN — 25 de nov. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-11-25Ver PDF (CVE 1308623)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: INDEFINIDA
Administração: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida, por regla general, por don RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ. Sin embargo, se deja especial constancia que es voluntad de los accionistas establecer un régimen de administración en forma conjunta, entre don RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ junto a cualquiera de los siguientes accionistas: don MARIO ANTONIO SANCHEZ MORALES, y don JOSÉ LUIS MOLINA MONARDEZ, para la celebración de actos o contratos patrimoniales que tengan un interés o consecuencia pecuniaria para la sociedad, siempre y cuando dichos actos o contratos sean por montos iguales o superiores a los $10.000.000, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, ya sea en la totalidad del avalúo del acto o contrato, como en la sumatoria de varios para un mismo propósito.

Objeto social

a) La sociedad tiene por objeto catar, cavar y explorar en concesiones minera y explotar y/o beneficiar minerales y comercializarlos en todas sus formas. Para el desarrollo de este objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y suscribir todos los contratos que sean necesarios, tales como constituir o adquirir concesiones mineras, constituir servidumbres, etcétera. La Sociedad podrá realizar además todas aquellas actividades que digan relación con el objeto antes señalado; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, arrendamiento y subarrendamiento, acopio, importación, exportación, leasing, producción, fabricación, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución todo tipo de maquinarias, equipos, repuestos, materiales y herramientas para la industria, de uso general o especial, ya sea para la industria agropecuaria, forestal, metalúrgica, minas y canteras, explotación de petróleo, obras de construcción, sondeo o perforación, elaboración de alimentos, comidas y tabacos, la elaboración de prendas textiles, prendas de vestir, cueros y cueros de calzado, armas y municiones, entre otras relacionadas, además de motores, turbinas, bombas, grifos, válvulas, compresores, sistemas hidráulicos, artículos de grifería, cojinetes, engranajes, trenes de engranajes, piezas de transmisión, hornos, hogares, quemadores, equipos de elevación y manipulación; c) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; La inversión en todo tipo de sociedades, de cualquier giro o actividad; La inversión en todo tipo de capitales, documentos y títulos negociables, acciones, fondos mutuos, bonos, cuotas, derechos, debentures, letras de cambio, pagarés, certificados de depósito, commodities, índices de bolsa, derivados financieros y valores en general, pudiendo explotar, administrar y percibir sus frutos; y d) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital integralizado

$12.000.000

Capital pendente

$0

Ações

12.000

Sócios (3)

NomeParticipação

RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ

Accionista

-

MARIO ANTONIO SANCHEZ MORALES

Accionista

-

JOSÉ LUIS MOLINA MONARDEZ

Accionista

-

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36° Notaria de Santiago, Paseo Ahumada N° 312, oficina 236, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 15/11/17, repertorio 25.015, ante mí: don RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ, con domicilio en Patmos N° 935, Pudahuel; don MARIO ANTONIO SANCHEZ MORALES, con domicilio en Los Europeos N° 1651, Quilicura; y don JOSÉ LUIS MOLINA MONARDEZ, con domicilio en avenida Vicuña Mackenna N° 612, departamento 602, Santiago: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD MINERA E INVERSIONES YANQUIRAY SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión YANQUIRAY SpA.- Objeto: a) La sociedad tiene por objeto catar, cavar y explorar en concesiones minera y explotar y/o beneficiar minerales y comercializarlos en todas sus formas. Para el desarrollo de este objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y suscribir todos los contratos que sean necesarios, tales como constituir o adquirir concesiones mineras, constituir servidumbres, etcétera. La Sociedad podrá realizar además todas aquellas actividades que digan relación con el objeto antes señalado; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, arrendamiento y subarrendamiento, acopio, importación, exportación, leasing, producción, fabricación, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución todo tipo de maquinarias, equipos, repuestos, materiales y herramientas para la industria, de uso general o especial, ya sea para la industria agropecuaria, forestal, metalúrgica, minas y canteras, explotación de petróleo, obras de construcción, sondeo o perforación, elaboración de alimentos, comidas y tabacos, la elaboración de prendas textiles, prendas de vestir, cueros y cueros de calzado, armas y municiones, entre otras relacionadas, además de motores, turbinas, bombas, grifos, válvulas, compresores, sistemas hidráulicos, artículos de grifería, cojinetes, engranajes, trenes de engranajes, piezas de transmisión, hornos, hogares, quemadores, equipos de elevación y manipulación; c) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; La inversión en todo tipo de sociedades, de cualquier giro o actividad; La inversión en todo tipo de capitales, documentos y títulos negociables, acciones, fondos mutuos, bonos, cuotas, derechos, debentures, letras de cambio, pagarés, certificados de depósito, commodities, índices de bolsa, derivados financieros y valores en general, pudiendo explotar, administrar y percibir sus frutos; y d) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida, por regla general, por don RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ. Sin embargo, se deja especial constancia que es voluntad de los accionistas establecer un régimen de administración en forma conjunta, entre don RAFAEL ANTONIO ABEDRAPO RODRÍGUEZ junto a cualquiera de los siguientes accionistas: don MARIO ANTONIO SANCHEZ MORALES, y don JOSÉ LUIS MOLINA MONARDEZ, para la celebración de actos o contratos patrimoniales que tengan un interés o consecuencia pecuniaria para la sociedad, siempre y cuando dichos actos o contratos sean por montos iguales o superiores a los $10.000.000, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, ya sea en la totalidad del avalúo del acto o contrato, como en la sumatoria de varios para un mismo propósito.- Capital: $12.000.000, dividido en 12.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: INDEFINIDA.- Domicilio: SANTIAGO, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15, noviembre, 2017.

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