Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Mecanica Automotriz Autocentro Villarrica Limitada

CONSTITUCIÓN — 21 de out. de 2016

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2016-10-21Ver PDF (CVE 1126262)

Informações societárias

Ltda
Villarrica, Araucanía
Duração: 5 años contados desde fecha de este instrumento, prorrogable automáticamente por periodos sucesivos iguales de 5 años cada uno
Administração: Indistintamente a ambos socios, con facultades y restricciones indicadas en escritura extractada.

Objeto social

Mecánica automotriz y reparación de vehículos motorizados; venta de repuestos, partes, piezas y accesorios de vehículos automotores; recarga de extintores; venta de neumáticos; servicio de lubricentro de vehículos; importación, exportación y comercialización tanto nacional como internacional de los mismos; y otras actividades afines con el giro citado.

Capital

Capital total

$15.000.000

Capital integralizado

$15.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

FABIÁN ALEJANDRO ROJAS CONTRERAS

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

PEDRO ANTONIO INZULZA ESCOBAR

Socio

10.xxx.xxx-1

50%

Administradores (2)

FABIÁN ALEJANDRO ROJAS CONTRERAS

13.xxx.xxx-2Administrador

PEDRO ANTONIO INZULZA ESCOBAR

10.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial do extrato

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, FABIÁN ALEJANDRO ROJAS CONTRERAS, chileno, C.N.I Nº13.158.482-2, mecánico, casado bajo régimen de participación en los gananciales, domiciliado en calle Alonso de Ercilla Nº765, Villarrica; y PEDRO ANTONIO INZULZA ESCOBAR, chileno, C.N.I Nº10.472.470-1, transportista, casado, domiciliado en calle El volcán Nº905, Villa El Volcán, Villarrica; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en conformidad y sujeta a disposiciones contenidas en las leyes Nº3.918 y 6.156, y sus modificaciones posteriores, teniendo además en consideración las reglas del Código Civil y Comercio, relacionados con la materia sin perjuicio, desde luego, de las estipulaciones especiales que se consignan en el presente contrato.- Razón Social: “SOCIEDAD MECANICA AUTOMOTRIZ AUTOCENTRO VILLARRICA LIMITADA” Nombre de fantasía: “MECÁNICA AUTOCENTRO VILLARRICA LTDA.” Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de que se puedan establecer oficinas, agencias y sucursales en otros lugares del territorio nacional y en el extranjero.- Objeto: Será: Mecánica automotriz y reparación de vehículos motorizados; Venta de repuestos, partes, piezas y accesorios de vehículos automotores; recarga de extintores; venta de neumáticos; servicio de lubricentro de vehículos; importación, exportación y comercialización tanto nacional como internacional de los mismos; y otras actividades afines con el giro citado.- Capital: Aportes: I.- Capital Material: El capital social es la suma de $15.000.000.- aportados por los socios, de siguiente manera: 1) El socio Fabian Alejandro Rojas Contreras, aporta $7.500.000.- que representa el 50% del capital, pagados en dinero efectivo, en este acto, suma ingresada en caja social; 2) El socio Pedro Antonio Inzulza Escobar, aporta $7.500.000.- que representa el 50% del capital, pagados en dinero efectivo, en este acto, suma ingresada en caja social.- II.- Capital humano: Los socios, se comprometen, además, aportar su trabajo personal, en medida que ellos acuerden y en medida que las necesidades para el buen funcionamiento de sociedad lo requiera.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración y uso de razón social: Corresponderá indistintamente a ambos socios, con facultades y restricciones indicadas en escritura extractada.- Duración: 5 años contados desde fecha de este instrumento pero se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos iguales de 5 años cada uno a menos que alguno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo periodo. Manifestación deberá hacerse por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de inscripción de sociedad en Registro de Comercio. Tanto esta declaración como la entrega de copia de ella al Conservador para su anotación, deberá efectuarse con 6 meses de anticipación a lo menos al día del vencimiento del plazo de sociedad o su prorroga según sea el caso.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 04 de octubre de 2016.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD MECANICA AUTOMOTRIZ AUTOCENTRO VILLARRICA LIMITADA

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