Sociedade por Ações

Sociedad Gran Paraíso SpA

CONSTITUCIÓN — 16 de jan. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-01-16Ver PDF (CVE 2254317)

Informações societárias

SpA
San Clemente, Maule
Duração: Indefinida
Administração: Corresponderá a doña PATRICIA WILMA MARCELA RAVERA ZUNINO, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará ampliamente.

Objeto social

La explotación agrícola y comercial, por cuenta propia o ajena de predios rústicos propios o ajenos; compra y venta de predios rurales, subdivisión y urbanización de los mismos; la producción, compra, venta, exportación importación, transformación y comercialización de toda clase de productos agrícolas y frutos, especialmente la compra, venta transformación, comercialización y corretaje de todo tipo de productos frutícolas, especialmente berries; compra, venta y distribución de todo tipo de carnes; y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad agrícola, frutícola, comercial y ganadera; la prestación de servicios forestales y silvicultura, asesorías, estudios, plantaciones, explotaciones y mantención de bosques; transporte, carga de maderas e insumos relacionados a las actividades forestales, el arriendo de maquinaria agrícola o de movimiento de tierra pudiendo, en definitiva, ejecutar, otorgar y celebrar todos los actos o contratos relacionados directamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$40.000.000

Ações

40

Administradores (1)

Representantes perante o SII (1)

Texto oficial do extrato

Juan Carlos Morales Artus, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Talca, con asiento en San Clemente, con oficio en esta ciudad, calle Huamachuco 945 N° 216, comuna de San Clemente, certifica: Por escritura suscrita hoy ante mí, doña PATRICIA WILMA MARCELA RAVERA ZUNINO, domiciliada en Pasaje 2 y medio norte n°3757, Talca; doña SILVANA MARÍA ALESSANDRA RAVERA ZUNINO, domiciliada en avenida Echeñique N°3757 dpto. 603, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, de paso en esta comuna; ROSANNA IOLE GIOVANNA RAVERA ZUNINO, domiciliada en avenida Manquehue Sur N° 1041 dpto. 72, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, de paso en esta comuna; doña HILDA MARÍA ANA ZUNINO NERVI, domiciliada en Avenida Manquehue Sur n°1041 dpto. 72, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, de paso en esta comuna, otorgan el acto de constitución de la sociedad por acciones denominada SOCIEDAD GRAN PARAÍSO SpA, regida por sus propios estatutos, disposiciones pertinentes Código Civil y de Comercio.- RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD GRAN PARAÍSO SpA.- OBJETO: La explotación agrícola y comercial, por cuenta propia o ajena de predios rústicos propios o ajenos; compra y venta de predios rurales, subdivisión y urbanización de los mismos; la producción, compra, venta, exportación importación, transformación y comercialización de toda clase de productos agrícolas y frutos, especialmente la compra, venta transformación, comercialización y corretaje de todo tipo de productos frutícolas, especialmente berries; compra, venta y distribución de todo tipo de carnes; y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad agrícola, frutícola, comercial y ganadera; la prestación de servicios forestales y silvicultura, asesorías, estudios, plantaciones, explotaciones y mantención de bosques; transporte, carga de maderas e insumos relacionados a las actividades forestales, el arriendo de maquinaria agrícola o de movimiento de tierra pudiendo, en definitiva, ejecutar, otorgar y celebrar todos los actos o contratos relacionados directamente con el objeto social.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña PATRICIA WILMA MARCELA RAVERA ZUNINO, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará ampliamente.- CAPITAL: $40.000.000., que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en los artículos transitorios, dividido en 40 acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal. -DISTRIBUCIÓN UTILIDADES Y PERDIDAS: La distribución de las utilidades deberá acordarse por el Administrador de la Sociedad, pudiendo acordar la distribución de cualquier porcentaje de éstas o ninguno si así lo estima conveniente para los intereses sociales.- RESPONSABILIDAD: El administrador será solidariamente responsable de los perjuicios que causaren a accionistas y a terceros con ocasión de falta de fidelidad o vigencia de las informaciones contenidas en el Registro de Accionistas.- DURACIÓN: Indefinida.- DOMICILIO: La comuna de San Clemente, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Clemente a 26 de Diciembre de 2022.

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