Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Gastronómica Chacabuco Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 de jun. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-06-22Ver PDF (CVE 1776011)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo cualquier socio manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, con 180 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo
Administração: al socio CRISTIAN LUIS ZÁRATE MELLADO; amplias facultades expresadas en escritura

Objeto social

la compraventa y distribución de toda clase de alimentos preparados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, y la explotación de restaurantes, fuentes de soda, salones de té, delivery, y cualquier otro tipo de establecimientos de venta y expendio de comida y alimentos preparados directamente al público; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos y percibir sus frutos o rentas; la realización de eventos, fiestas, festivales, exposiciones para la promoción de sus productos; servicios de consultoría y capacitación en dichas áreas dirigida a personas naturales o jurídicas y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Sócios (5)

Administradores (1)

Representação legal (2)

SERGIO RODRIGO ZULOAGA SAN MARTIN

Em representação de SOCIEDAD MEDICA E INVERSIONES MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA

CRISTIAN RICARDO GUICHARD TOUZERY

Texto oficial do extrato

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMÉNEZ, notario público de Concepción, con oficio en calle Barros Arana 989, certifico Que por escritura pública de fecha 05 de junio de 2020, ante mí, Repertorio Nº4598/2020, señores CRISTIAN LUIS ZARATE MELLADO, domiciliado en calle Barros Arana número mil trescientos treinta y cuatro, Concepción; SERGIO RODRIGO ZULOAGA SAN MARTIN, en representación de SOCIEDAD MEDICA E INVERSIONES MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, ambos domiciliados en O’Higgins número seiscientos ochenta, oficina quinientos seis, Concepción; MARÍA JOSÉ SEGOVIA PEREIRA, domiciliada en William Ward número tres mil treinta y seis, El Venado, comuna de San Pedro de La Paz; CRISTIAN RICARDO GUICHARD TOUZERY, en representación de SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES GUICHARD Y GUICHARD LIMITADA, ambos domiciliados en Antilhue número doscientos seis, departamento ciento treinta y nueve, Lonco Parque, comuna de Chiguayante; y JOAQUÍN IGNACIO TRONCOSO PEREIRA, domiciliado en Castellón número ciento setenta y seis, comuna de Concepción, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de agencias. Razón social: “SOCIEDAD GASTRONÓMICA CHACABUCO LIMITADA”. Sociedad podrá funcionar y actuar nombre de fantasía “CHACABUCO LTDA.”, la palabra limitada, en ambos casos podrá abreviarse por Ltda. Objeto: la compraventa y distribución de toda clase de alimentos preparados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, y la explotación de restaurantes, fuentes de soda, salones de té, delivery, y cualquier otro tipo de establecimientos de venta y expendio de comida y alimentos preparados directamente al público; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos y percibir sus frutos o rentas; la realización de eventos, fiestas, festivales, exposiciones para la promoción de sus productos; servicios de consultoría y capacitación en dichas áreas dirigida a personas naturales o jurídicas y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración y uso razón social: al socio CRISTIAN LUIS ZÁRATE MELLADO; amplias facultades expresadas en escritura. Capital: $10.000.000, aportado: UNO) Don CRISTIAN LUIS ZARATE MELLADO, aporta la cantidad de $3.500.000, equivalente al 35% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; DOS) SOCIEDAD MEDICA MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA aporta la cantidad de $2.500.000, equivalente al 25% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; TRES) doña MARÍA JOSÉ SEGOVIA PEREIRA aporta la cantidad de $1.500.000, equivalente al 15% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; CUATRO) SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES GUICHARD Y GUICHARD LIMITADA aporta la cantidad de $2.000.000, equivalente al 20% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; QUINTO) don JOAQUÍN TRONCOSO PEREIRA aporta la cantidad de $500.000, equivalente al 5% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo cualquier socio manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, con 180 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, a 19 de Junio de 2020.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-04-23Ver PDF (CVE 1753871)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo cualquier socio manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, con 180 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo.
Administração: Al socio CRISTIAN LUIS ZÁRATE MELLADO; amplias facultades expresadas en escritura.

Objeto social

La compraventa y distribución de toda clase de alimentos preparados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, y la explotación de restaurantes, fuentes de soda, salones de té, delivery, y cualquier otro tipo de establecimientos de venta y expendio de comida y alimentos preparados directamente al público; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos y percibir sus frutos o rentas; la realización de eventos, fiestas, festivales, exposiciones para la promoción de sus productos; servicios de consultoría y capacitación en dichas áreas dirigida a personas naturales o jurídicas y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Administradores (1)

Representação legal (2)

SERGIO RODRIGO ZULOAGA SAN MARTIN

Em representação de SOCIEDAD MEDICA E INVERSIONES MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA

CRISTIAN RICARDO GUICHARD TOUZERY

Texto oficial do extrato

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de Marzo de 2020, ante mí, Repertorio Nº 2333/2020, señores CRISTIAN LUIS ZARATE MELLADO, domiciliado en calle Barros Arana número mil trescientos treinta y cuatro, Concepción; SERGIO RODRIGO ZULOAGA SAN MARTIN, en representación de SOCIEDAD MEDICA E INVERSIONES MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, ambos domiciliados en O’Higgins número seiscientos ochenta, oficina quinientos seis, Concepción; MARÍA JOSÉ SEGOVIA PEREIRA, domiciliada en William Ward número tres mil treinta y seis, El Venado, comuna de San Pedro de La Paz; CRISTIAN RICARDO GUICHARD TOUZERY, en representación de SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES GUICHARD Y GUICHARD LIMITADA, ambos domiciliados en Antilhue número doscientos seis, departamento ciento treinta y nueve, Lonco Parque, comuna de Chiguayante; y JOAQUÍN IGNACIO TRONCOSO PEREIRA, domiciliado en Castellón número ciento setenta y seis, comuna de Concepción, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de agencias. Razón social: “SOCIEDAD GASTRONÓMICA CHACABUCO LIMITADA”. Sociedad podrá funcionar y actuar nombre de fantasía “CHACABUCO LTDA.”, la palabra limitada, en ambos casos podrá abreviarse por Ltda. Objeto: La compraventa y distribución de toda clase de alimentos preparados y bebidas alcohólicas y analcohólicas, y la explotación de restaurantes, fuentes de soda, salones de té, delivery, y cualquier otro tipo de establecimientos de venta y expendio de comida y alimentos preparados directamente al público; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos y percibir sus frutos o rentas; la realización de eventos, fiestas, festivales, exposiciones para la promoción de sus productos; servicios de consultoría y capacitación en dichas áreas dirigida a personas naturales o jurídicas y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración y uso razón social: al socio CRISTIAN LUIS ZÁRATE MELLADO; amplias facultades expresadas en escritura. Capital: $10.000.000, aportado: UNO) Don CRISTIAN LUIS ZARATE MELLADO, aporta la cantidad de $3.500.000, equivalente al 35% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; DOS) SOCIEDAD MEDICA MORALES ZULOAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA aporta la cantidad de $2.500.000, equivalente al 25% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; TRES) doña MARÍA JOSÉ SEGOVIA PEREIRA aporta la cantidad de $1.500.000, equivalente al 15% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; CUATRO) SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES GUICHARD Y GUICHARD LIMITADA aporta la cantidad de $2.000.000, equivalente al 20% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; QUINTO) don JOAQUÍN TRONCOSO PEREIRA aporta la cantidad de $500.000, equivalente al 5% del capital social, que se pagan en este acto, de contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente plazos de 5 años, salvo cualquier socio manifieste voluntad ponerle término por escritura pública inscrita margen inscripción este extracto en Registro Comercio, con 180 días anticipación a expiración plazo de vigencia que estuviere corriendo. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, a 21 de ABRIL de 2020.

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